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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 11 de marzo de 2022 hasta las 12 de la noche, el proyecto de decreto “Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el leasing, el crédito de bajo monto, el contrato de uso de red y se dictan otras disposiciones”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, continúa fortaleciendo sus servicios informáticos, por ello, recuerda hacer uso de los canales virtuales para realizar por sí mismos sus trámites.

Con la autogestión, la entidad busca desarrollar una relación más cercana, equilibrada y segura con los ciudadanos, a partir de una experiencia virtual de servicio ajustada a sus necesidades, con mayor cobertura, que evita desplazamientos y tiempos de espera, reduciendo así, los costos de cumplimiento.

Un usuario puede realizar por sí mismo lo siguientes trámites de RUT a través de los servicios digitales:

1. Inscripción de personas naturales

2. Actualización de personas naturales y jurídicas

3. Obtención de copia del RUT

4. Solicitud de cancelación del RUT

5. Solicitud de retiro de consumo a no responsable de consumo en restaurantes y bares.

6. Solicitud de retiro de IVA a no responsable.

La DIAN recuerda que todos los trámites de RUT son autogestionables a través de los servicios en línea de la DIAN.

Ahora bien, a través de la App DIAN el usuario puede:

Consultar:

Estado de devoluciones

RUT a través del código QR

Estado de obligaciones tributarias

Factura Electrónica a través del código QR

Responsabilidad como facturador electrónico

Próximos vencimientos tributarios

Información reportada por terceros

Actualizar:

Correo electrónico y teléfono inscritos en Su RUT

Conectarse con los servicios de:

Inscripción en el RUT

Generación del Instrumento de Firma Electrónica, IFE

Régimen Simple de Tributación, RST

Diligenciamiento y presentación de las declaraciones tributarias (Renta personas naturales 210, Recibo Anticipo Simple 2593 y Declaración Anual Consolidada 260)

Consulta del registro de notificaciones electrónicas

Preguntas frecuentes

Consulta de conceptos jurídicos

Comunicación con uno de nuestros agentes de servicio del Contact Center

Peticiones, Quejas, Sugerencias, Reclamos y Denuncias, PQSRD

Tenga en cuenta que podrá agendar una cita mediante videoatención, con la participación de un funcionario de la DIAN, en los siguientes casos

1. Si es persona natural o jurídica y no requiere matrícula mercantil, pero por incidente o falla técnica verificable no puede inscribirse a través del servicio en línea RUT Virtual dispuesto para tal fin.

2. Actualización de datos de identificación.

3. Retiro de responsabilidades.

4. Agregar y retirar calidades aduaneras.

5. Solicitud de Retiro de IVA a no responsable, cuando no tienes Firma Electrónica.

6. Solicitud de Retiro de consumo a no responsable de consumo en restaurantes y bares, cuando no se tiene Firma Electrónica.

7. Solicitud de cancelación de la inscripción en el RUT (Sucesión liquidada), cuando no tienes Firma Electrónica.

8. Cuando como cliente no cuente con la contraseña de ingreso a los servicios en línea y en el RUT no tiene todavía un correo electrónico registrado o no recuerda la contraseña del correo electrónico registrado.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución Por la cual se regula la contingencia especial relacionada con la factura electrónica.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 03 marzo de 2022, a través del buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

En los postes de casi todo el país, se ven avisos que ofrecen afiliaciones mensuales a EPS, ARL y pensión por costos mínimos que van desde los $50.000, lo que las personas no saben es que este tipo de afiliaciones son fraudulentas y las empresas que realizan este tipo de prácticas estarían estafando y convirtiéndose en captadoras ilegales de dinero.

Vídeos enviados por la ciudadanía al Ministerio del Trabajo, dejaron al descubierto como opera esta red de “afiliadoras” tal como las nombra la UGPP. En las imágenes se puede observar que en varios locales de un Centro Comercial en el occidente de Bogotá e incluso desde la calle y con volantes en mano, ofrecen como “pan caliente” afiliarse a Salud, Pensión y ARL por precios muy bajos, muchos trabajadores incautos caen en estas presuntas estafas.

“Luego de conocer las denuncias de los ciudadanos, realizamos un trabajo juicioso con nuestros inspectores y fuimos a estos lugares para hacer una revisión a fondo, increíblemente encontramos que estas oficinas que serían captadoras de dinero, como se observa en los vídeos, cobran hasta $ 200.000 mensuales por afiliar a los trabajadores a EPS, ARL y Pensión, pero realmente los afilian sólo 1 o máximo 8 días, esto significa que, si el trabajador tiene un accidente y requiere servicios de salud, nadie le va a responder, porque las afiliaciones son por periodos inferiores al mes apenas por unos días” aseguró, Ángel Custodio Cabrera, Ministro del Trabajo.

La Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, le recuerda a la ciudadanía que, para ejercer la función de intermediación en la afiliación y pago de aportes en la seguridad social, se debe contar con la autorización previa del Ministerio de Salud y Protección Social, para lo cual pueden consultar el listado de entidades autorizadas para la afiliación colectiva de trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social.

Durante 2021 la UGPP recibió y gestionó alrededor de 400 denuncias relacionadas con 286 empresas que presuntamente realizaban la intermediación de la afiliación y pago de aportes al Sistema de la Protección Social de aproximadamente 60.000 trabajadores independientes, sin autorización del Ministerio de Salud y cometiendo irregularidades en el uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA.

“Al existir un contrato de trabajo verbal o escrito, quien debe afiliar y cotizar a la seguridad social del trabajador dependiente es la empresa, junto con el trabajador, por eso también insistimos a los trabajadores independientes que no se dejen engañar por estas afiliadoras de poste, porque en caso de accidente laboral o enfermedad quedarían totalmente desamparados”, puntualizó el jefe de la cartera laboral.

¿Qué sucede, si el trabajador no está afiliado por la empresa contratante?, su afiliación no es válida, la empresa contratante asume todas las prestaciones económicas y asistenciales por accidentes de trabajo, enfermedad laboral o muerte del trabajador, en una cuantía que puede superar los quinientos millones de pesos ($ 500.000.000).

Las “afiliadoras” de poste, no cotizan por los treinta (30) días del mes, sólo reportan y pagan la seguridad social (Pensiones, Salud y Riesgos Laborales) por el valor correspondiente a un (1) día de cotización, máximo (8), reportando el retiro del trabajador o independiente y se quedan con el dinero de los otros días, en tal sentido quedan descubiertos en salud, pensiones y riesgos laborales, ya que se apropian indebidamente de los dineros que de buena fe les depositan, o no transfieren la totalidad de los recursos a cada una de las entidades del sistema; o proceden a su afiliación bajo una condición muy distinta a la que realmente tienen.

El ciudadano puede hacer los pagos sin ningún costo a través de los operadores de recaudo certificados, que se llaman operadores pila y seguir el estado de aportes a la seguridad social en la página https://miseguridadsocial.gov.co/, y, si se da cuenta de que fue víctima de algún robo, o fraude, denuncie ante la Unidad de Gestión de Parafiscales (UGPP), por el no pago correcto de aportes, a la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo por la afiliación irregular y a la Fiscalía General de la Nación por posible falsedad, estafa entre otros delitos.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las normas para la identificación y gestión de las grandes exposiciones y concentraciones de riesgos de los establecimientos de crédito y se dictan otras disposiciones”.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 23 de marzo de 2022.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Como resultado del Incentivo a la Generación de Nuevo Empleo, incluido el que se dio con la estrategia ‘Sacúdete’, se generaron en todo el país 274 mil 142 puestos de trabajo.

Según reporte de la Unidad Especial de Gestión Pensional y Parafiscales, UGPP, quien realiza la verificación del cumplimiento de los requisitos de los empleadores que se postulan para recibir el apoyo estatal, se crearon 217 mil 644 puestos de trabajo para jóvenes de 18 a 28 años; 31 mil 978 para mujeres y 24 mil 520 para hombres mayores de 28 años.

Los incentivos del Gobierno Nacional para apoyar las nóminas, estimular la reactivación económica y la protección del empleo formal, beneficiaron por nóminas del 2021 a 14 mil 96 empleadores, quienes reciben el estímulo por cada uno de los trabajadores adicionales vinculados después de marzo del año anterior.

Señaló el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, “hoy estamos reconociendo los incentivos por las nóminas de noviembre y diciembre de 2021. Solo en ese periodo se crearon 79 mil 764 empleos, por lo que vamos a girar $ 45 mil 732 millones a 6 mil empleadores, que verán allí un gran apoyo para financiar los costos laborales”.

Agregó: “Con esto hemos entregado un total de $ 111 mil 862 millones a los empleadores, que están haciendo el esfuerzo de ampliar sus nóminas y apoyar la recuperación del empleo. Queremos que todas las empresas y cooperativas se postulen”.

La directora General (e) de la UGPP, Ana María Cadena Ruíz, anotó: “Las cifras muestran que apostarle a la formalidad paga, ampliar las nóminas con trabajadores a quienes se les cotice al sistema de la protección social en este momento tiene apoyo del Gobierno Nacional y permite que los sectores dinamicen la economía. En los cuatro meses del Incentivo a la Generación de nuevo Empleo vemos como el ingreso de jóvenes aumentó, creando para ellos una oportunidad de fortalecer su perfil profesional y extender su horizonte laboral en el tiempo”.

Se reitera que pueden beneficiarse de este incentivo las personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas, que demuestren su calidad de empleador en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA.

Datos
La próxima postulación será del 17 al 24 de marzo, sobre las nóminas de enero y febrero del presente año y el incentivo será calculado sobre el salario mínimo de 2022 equivalente a un millón de pesos.
El empleador recibirá un reconocimiento mensual de $250 mil por cada joven entre 18 y 28 años vinculado.
$150 mil por cada mujer mayor de 28 años.
$100 mil por cada hombre mayor de 28 años, por cada empleo generado después de marzo de 2021, que mantenga en sus nóminas.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se reglamenta el artículo 257-1 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 190 de la Ley 1955 de 2019 y se adicionan los artículos 1.6.2.5.5., 1.6.2.5.6., 1.6.2.5.7., 1.6.2.5.8., 1.6.2.5.9., 1.6.2.5.10., 1.6.2.5.11. y 1.6.2.5.12. al Capítulo 5 del Título 2 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria y la Parte 14 del Libro 2 al Decreto 1085 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte”, sobre becas por impuestos.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 3 de marzo de 2022.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Comité de Asuntos Arancelarios, Aduaneros y de Comercio Exterior (Triple A), en su sesión extraordinaria del 14 de febrero, recomendó al Gobierno nacional reducir a cero, y por seis meses, el arancel para 176 subpartidas arancelarias que se importan al país y que no tienen registro de producción nacional. Se trata de bienes que hoy tienen arancel de 5, 10 y en algunos casos de 15 %.

Así mismo, recomendó reducir por seis meses el arancel a 5% para otros tres productos que registran producción nacional y que tienen hoy un arancel del 5, 10 y 15%.

Esta recomendación busca aliviar el impacto inflacionario en el bolsillo de los colombianos y hace parte del Plan Técnico anunciado por el Gobierno nacional al término de su reunión en pleno del pasado 6 de febrero. Con un arancel del 0% se nivela el poder adquisitivo y el acceso a insumos para la producción, y con el 5% sumado a la tasa representativa del mercado, se da acceso a productos extranjeros, pero, a su vez, se incentiva la competitividad de la producción local.

En el momento, esta recomendación pasa a evaluación del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) del Ministerio de Hacienda, el cual evaluará el impacto fiscal que tendría la medida en las finanzas públicas.

Luego de esto, si el Gobierno acoge la recomendación, se expedirá un decreto adoptando la medida.

Dentro de las subpartidas que tendrán este nuevo tratamiento arancelario se encuentran, entre otros, alimentos, bebidas, harinas, cereales, semillas para productos agrícolas, aceites esenciales, diferentes tipos de papel, extracto de malta, hidrolizados de proteínas, autolizados de levadura, mejoradores de panificación, complementos alimenticios y algunas herramientas.

El ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo Abondano, expresó que se evaluará la “viabilidad de la propuesta desde el Confis. Es algo que se ha venido trabajando desde hace un tiempo y confiamos en que estas medidas empiecen a traducirse en unos menores precios en los próximos meses, para que haya un impacto positivo en los bolsillos de los hogares”.

Luego de varios años de negociaciones entre las delegaciones del Ministerio de Finanzas de los Países Bajos y de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, de Colombia, se firmó en la ciudad de La Haya el Convenio para eliminar la doble tributación en materia de impuestos sobre la renta y para prevenir la evasión y elusión fiscales.

El Convenio fue suscrito por el Presidente de Colombia, Iván Duque Márquez, y por el Primer Ministro de los Países Bajos, Mark Rutte, en el marco de la visita del primer mandatario a Europa.

La suscripción de este Convenio permitirá a ambos países dinamizar aún más sus relaciones comerciales e impulsar la inversión entre las dos naciones mediante mecanismos para aliviar la doble tributación. Del mismo modo, el Convenio permitirá el fortalecimiento de las relaciones de cooperación tributaria entre ambos países.

El Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera -GLENIF- remitió comunicación al International Accounting Standards Board (IASB, por sus siglas en inglés), la comunicación oficial en la que se consolidan los comentarios de los integrantes regionales a la propuesta normativa Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas: información a Revelar.

En la misiva GLENIF suscribe observaciones a las propuestas contempladas a partir del cuestionario publicado por el propio IASB para facilitar el proceso de consulta y discusión pública.

De acuerdo con la entidad las discusiones en relación con el proyecto se celebraron dentro de un Grupo Técnico de Trabajo (GTT) específico creado en noviembre de 2021. Todos los países miembros del GLENIF tuvieron la oportunidad de designar al menos un integrante en este GTT. Cada emisor de normas representado en el GTT llevó a cabo diferentes tareas en sus respectivos países (por ejemplo, encuestas o grupos de trabajo internos).

Se resumieron todos los resultados y este resumen sirvió como la plataforma para el proceso de discusión del GTT. El GTT discutió los diferentes puntos de vista incluidos en el resumen durante reuniones por internet. En dichas reuniones, el GTT desarrolló un documento final con base en las respuestas consensuadas y los puntos de vista técnicos de todos sus miembros. Finalmente, el documento del GTT se presentó al y se aprobó por el Directorio del GLENIF.

En conclusión, las autoridades regionales están de acuerdo en general con que el objetivo del Proyecto de Norma es permitir que las subsidiarias que cumplan las condiciones establecidas apliquen los requerimientos de información a revelar del Proyecto de Norma y los requerimientos de reconocimiento, medición y presentación de las Normas NIIF.

Sin embargo, reciben con preocupación el hecho de que la creación de nuevas opciones pudiera afectar la comparabilidad de la información entre entidades que son similares. Pese a la preocupación señalada, el GLENIF opina que, en el caso de que este Proyecto resultare en una NIIF, la opción de preparar notas simplificadas debería estar disponible para cualquier entidad sin obligación pública de rendir cuentas que aplique Normas NIIF, y no sólo para las subsidiarias de grupos que preparan sus estados financieros consolidados de conformidad con Normas NIIF.

Para ver el documento del GLENIF, haga clic aquí.

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