La Superintendencia Financiera advierte al público en general sobre tres propuestas de negocios con características de un típico esquema piramidal y una firma que se presenta falsamente como vigilada por esta Entidad.

 

Se reitera a la ciudadanía que las “pirámides”, es decir, en donde se recibe una remuneración por vincular a otras personas, constituyen una de las modalidades de captación o recaudo NO autorizado de recursos del público en forma masiva.

 

Es importante recordar que tanto la persona que recibe el dinero como la que se vincula haciendo el aporte e invitando a las demás para que así mismo se inscriban, incurren en una captación NO autorizada de dineros del público, lo que acarrea consecuencias en materia administrativa y penal.

 

Se advierte que en la actualidad las “pirámides” están operando mediante el uso de mecanismos que NO permiten a los afectados identificar a la persona ante la cual pueden reclamar o contra quien deben formular las denuncias, toda vez que emplean sitios virtuales para el envío de las invitaciones, así como de los datos de las personas a las cuales deben entregar su dinero y la forma como deben hacerlo.

 

La Superintendencia Financiera hace un llamado a la ciudadanía para que no caiga en negocios que prometen altos rendimientos o ingresos exorbitantes, ya que corren el riesgo de quedar incursos en una actividad ilegal y ser partícipes de esquemas piramidales.

 

Quien tenga información de este tipo de actividades ilegales puede ponerla en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación a través de sus oficinas seccionales, de la Policía Nacional por intermedio del CAI Virtual - Centro Cibernético Policial - DIJIN e INTERPOL (www.ccp.gov.co o correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), de la Oficina de Atención al Usuario – DIJIN (Av. El Dorado #75–25 en Bogotá D.C.), de la Superintendencia de Sociedades, de la Superintendencia de Economía Solidaria, de las Alcaldías o de esta Superintendencia.

 

Negocios con características de típico esquema piramidal
“PROYECCIONES E INVERSIONES DMG”
“DMG INVERSIONES”
Conviene advertir que el empleo de la sigla DMG y de las variaciones de la misma tales como: “DMG TRIPLIQUE SU DINERO”, “PROYECCIONES E INVERSIONES DMG”, “DMG”, “DMG SI PAGA” o “DMG INVERSIONES” hace referencia a una captadora ilegal de dineros del público a la cual esta Superintendencia y la Superintendencia de Sociedades le ordenaron suspender en forma inmediata tal actividad ilegal, intervinieron sus bienes y activos y está en proceso de liquidación. En consecuencia, cualquier propuesta que se reciba bajo dicho nombre ES ILEGAL. La única actividad legal con respecto a dicha denominación es la que realiza la Agente Liquidadora designada por la Superintendencia de Sociedades.

 

Cabe señalar además que las personas naturales propietarias de la sociedad en mención, así como las administradoras de tal captadora ilegal también fueron condenadas penalmente por el mismo delito.

 

La captadora ilegal de dinero denominada “DMG”, “DMG INVERSIONES” o cualquiera que sea la variación en el nombre en el cual se emplee la sigla “DMG” NO cuenta con autorización legal para operar, ni tampoco está vigilada, autorizada o avalada por esta Superintendencia ni por la Superintendencia de Sociedades o autoridad alguna a nivel nacional, departamental o municipal.

 

Esta Superintendencia tiene conocimiento que bajo las denominaciones “PROYECCIONES E INVERSIONES DMG” y “DMG INVERSIONES” se promociona actualmente un modelo de negocio a través de volantes publicitarios en los cuales se prometen ganancias del 100% y del 200% a las personas que participen en la operación y entreguen sus dineros, siempre y cuando se comprometan a referir a más personas que, a su vez, entreguen sus recursos, hecho que configuraría un típico esquema piramidal, dado que los supuestos rendimientos sólo provendrían de la vinculación de más personas y estaría sujeto al monto inicial de la inversión.

 

“CLUB MILLONARIO”
Esta firma se promociona y opera a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. desde el cual invita a entregar la suma de $100.000 y los datos de dos personas que realicen el mismo proceso, el mencionado dinero se debe depositar a la persona que el administrador informe a través de un mensaje de correo electrónico, constituyéndose un típico esquema piramidal.

 

A quien se vincula le ofrecen supuestos rendimientos que provienen únicamente de la vinculación de más personas al esquema de negocio, dado que el tiempo es de 12 días para cada nivel, según constató este organismo de Supervisión.

 

Falsos vigilados
La Superintendencia Financiera advierte al público sobre la firma “NACIONAL DE CRÉDITOS”, la cual se anuncia como “Registrada e Inspeccionada por la Superintendencia Financiera” sin que este hecho corresponda a la realidad.

 

Vale la pena mencionar que como resultado de la campaña ¡No se deje engañar! De eso tan bueno no dan tanto… que ha venido realizando la Superintendencia Financiera en diferentes ciudades del país, la ciudadanía ha hecho un mayor uso de los canales que tiene a disposición la Entidad para verificar previamente la veracidad de la información que suministran firmas que aseguran ser establecimientos financieros:

 

• Ventanilla única virtual en nuestro portal web
www.superfinanciera.gov.co
• Sede principal: Calle 7 No. 4-49 en Bogotá
• Conmutador: (571) 594 02 00 – (571) 594 02 01 Ext. 1651
• Línea gratuita nacional: 018000 120100
• Centro de Contacto (571) 307 8042
• Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Se REITERA NUEVAMENTE que las únicas entidades sometidas a inspección, vigilancia y control de este organismo de supervisión son las que se encuentran en la Lista general de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que está disponible en nuestro sitio web www.superfinanciera.gov.co y a la que también se puede acceder a través del siguiente vínculo en internet: https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/61694.

La Secretaría de Hacienda de Bogotá habilitó el servicio de agenda de citas, solo para aquellos contribuyentes que requieran pagar con premura sus impuestos predial o de vehículos por venta o transferencia de dominio y que no hayan podido obtener su liquidación en el portal web. A los demás, les recomienda esperar los formularios que enviará a sus direcciones de notificación.


Los interesados pueden llamar a la Línea 195 con el fin de solicitar una cita para ser atendidos directamente en cualquiera de los SuperCADE o en la sede de la Dirección Distrital de Impuestos (Avenida Calle 17 Nº 65B-95). La Entidad hizo este llamado tras aclarar que los formularios de los impuestos predial y de vehículos serán enviados a las direcciones informadas por los contribuyentes, con un mes de anticipación a los primeros vencimientos programados para el 15 de abril, en el caso de predial, y para el 13 de mayo, en el caso de vehículos.

Asimismo, aclaró que para garantizar la efectiva prestación del servicio en todos los puntos de atención, todos los contribuyentes que pretendan realizar trámites de devoluciones y liquidación de los impuestos de años anteriores también deben agendarse previamente a través de la Línea 195.

Finalmente, a los demás ciudadanos se les recomienda esperar los formularios que enviará a sus direcciones de notificación y consultar el portal web, cuando se disponga la información total por parte del Ministerio de Transporte (para el caso de vehículos).

A través del Decreto 2242 de 2015, el Gobierno Nacional reglamentó las condiciones de expedición de la factura electrónica en Colombia, una solución digital que reducirá los costos de transacción relacionados con la emisión y recepción de facturas para los empresarios del país.

 

La factura electrónica es un documento que soporta las transacciones de compra de bienes o servicios, que por sus características facilita la interoperabilidad entre los compradores y vendedores que utiliza internet como medio de distribución.

 

El nuevo modelo de factura electrónica permitirá mayor interoperabilidad entre los sistemas de información de vendedores y compradores, haciendo más eficientes sus procesos relacionados con facturación. Esto se traduce en una mejora en la competitividad del país al disminuir los costos de transacción en la economía y un aumento de la eficiencia en los procesos logísticos.

 

De acuerdo con el Decreto 2242, a partir del año 2017 a la DIAN dispondrá de manera gratuita los servicios informáticos de facturación electrónica para las micro y pequeñas empresas. Por su parte las grandes empresas adquirirán a través de operadores habilitados los servicios informáticos de facturación electrónica a un costo que determine el mercado.

 

Se espera que para finales de febrero esté disponible el formato electrónico de generación estándar de la factura electrónica.

 

¿Qué requisitos deberán seguir los Proveedores Tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica?

  • Estar habilitado como facturador electrónico
  • Tener vigente y actualizado el RUT
  • Ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común
  • Acreditación ISO 27001 o hacerlo dentro de los dos años siguientes a la 
autorización
  • Patrimonio líquido igual o superior a veinte mil (20.000) UVT y 50% de activos fijos correspondan al patrimonio líquido. (29.753 = $ 595.060.000)
  • Condiciones de operatividad tecnológica que señale la DIAN
  • Los Proveedores Tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica, previa solicitud, deberán ser autorizados por la DIAN por periodos de 5 años.

La Junta Directiva del Banco de la República en su sesión de enero decidió incrementar la tasa de interés de intervención en 25 puntos básicos y la situó en 6%. En esta decisión, la Junta tomó en consideración principalmente los siguientes aspectos:

 

En diciembre la inflación anual al consumidor se situó en 6,77% y el promedio de las cuatro medidas de inflación básica en 5,43%. Las medidas de expectativas de inflación se mantienen elevadas: la de los analistas a uno y dos años se sitúan en 4,5% y 3,7%, respectivamente, y las que se derivan de los papeles de deuda pública a 2,3 y 5 años superan el 4,5%.
El aumento de la inflación en 2015 se explica principalmente por la transmisión parcial de la depreciación nominal a los precios al consumidor y por el fuerte incremento en los precios de los alimentos. La magnitud de la devaluación del peso y la fortaleza del fenómeno de El Niño harán lenta la convergencia de la inflación a la meta, tanto por su impacto directo sobre los precios y las expectativas de inflación, como por la posible activación de mecanismos de indexación.
Las últimas cifras de actividad económica sugieren que el crecimiento del producto en el cuarto trimestre de 2015 habría sido similar al registrado en el tercero. El dinamismo del consumo y la inversión habría sido menor, pero las exportaciones netas habrían tenido un aporte positivo al crecimiento. Para todo 2015 se proyecta un crecimiento de 3% como cifra más probable, contenida en un rango entre 2,8% y 3,2%.
El equipo técnico del Banco proyecta un crecimiento del producto en 2016 en un rango entre 1,5% y 3,2%, con 2,7% como el resultado más probable. Esta cifra refleja una demanda interna que se seguiría ajustando al menor ingreso nacional. El mayor nivel observado de la tasa de cambio sería un estímulo para la producción de bienes y servicios exportables e induciría la sustitución de bienes importados por producción local. Lo anterior es coherente con la reducción proyectada del déficit de cuenta corriente de niveles cercanos a USD 19 mil millones en 2015 a USD 16 mil millones en 2016.
El crecimiento promedio de los principales socios comerciales del país sigue débil. Se espera que la economía de Estados Unidos en 2016 se expanda a un ritmo similar al de 2015, impulsado por la demanda interna. La zona del euro continuaría con una lenta recuperación. China crecería menos, mientras que la actividad económica de los principales países de América Latina mantendría crecimientos bajos o contracciones del producto. Con ello, es factible que en el presente año la demanda externa de productos colombianos crezca más que en 2015, pero a un ritmo menor que el proyectado un trimestre atrás.
En los Estados Unidos es probable que se den aumentos adicionales y graduales en la tasa de interés de referencia de la FED. El precio del petróleo volvió a descender y se situó en niveles inferiores a lo proyectado para 2016. Esta caída implica un deterioro adicional de los términos de intercambio, del ingreso nacional del país. En este entorno y con el inicio de un endurecimiento monetario en los Estados Unidos, la prima de riesgo país volvió a subir y el peso siguió depreciándose frente al dólar.

 

En síntesis, incrementos mayores que los esperados en los precios de los alimentos y aumentos adicionales de la tasa de cambio relacionados en buena parte con la caída del precio del petróleo, siguen ejerciendo presiones sobre la inflación.

 

Al mismo tiempo, las expectativas de inflación se mantienen altas y el riesgo de una desaceleración de la demanda interna en exceso de la compatible con la caída del ingreso nacional continúa siendo moderado. Con el fin de asegurar la convergencia de la inflación hacia el rango meta en 2017, la Junta Directiva decidió continuar con la senda de incrementos de 25 pb de la tasa de interés de referencia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los contribuyentes que el próximo martes 2 de febrero no estará disponible el Servicio informático electrónico de devoluciones.

 

Esta situación se presenta debido al mantenimiento de la plataforma, que se realizará el día señalado entre las 7 y las 11 de la mañana.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 004 de enero de 2016, por medio de la cual se prescribe y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de la obligaciones tributarias, en el año 2016.

 

Para conocer los formularios y formatos válidos en 2016, haga clic aquí.

En el año 2015 fueron creadas en el país 257.835 empresas, de las cuales 63.029 fueron sociedades y 194.806 personas naturales, lo que significó una disminución del 15 % del total de unidades productivas creadas respecto a 2014, de acuerdo con cifras del Registro Único Empresarial y Social (RUES), que es administrado por Confecámaras.

 

De las 257.835 unidades económicas creadas en el año pasado, la mayor concentración se encuentra en el sector comercio (99.811), seguido de alojamiento y servicios de comida (32.135), industria manufacturera (27.139), actividades profesionales y científicas (17.587), construcción (15.397), Actividades de servicios administrativos y de apoyo (10.617) y otras actividades de servicios (10.519). Estos siete sectores dan cuenta del 82,7 % del total de unidades creadas.

 

Con excepción de la actividad de suministro de electricidad, gas, vapor y aire que exhibió un aumento de 10.5 %, la caída de nuevos registros durante el año pasado (45.435 unidades menos) obedece a un menor dinamismo en todos los sectores.

 

Julián Domínguez Rivera, presidente de Confecámaras, afirmó que “en Colombia existe una relación entre el ciclo económico y la constitución de nuevas empresas lo que explica en buena medida el comportamiento de la dinámica de apertura empresarial en 2015. Con todo, una cifra de 257.835 nuevas empresas creadas en un año es un hecho positivo ya que significa la generación de inversión, nuevos puestos de trabajo y esperamos que en el aumento de la productividad. De ahí que sea clave, en medio de la coyuntura actual del país, mantener un entorno estable y atractivo para hacer negocios, fortalecer los incentivos para la creación de nuevas empresas y trabajar en la consolidación de las empresas jóvenes, con miras al desarrollo de emprendimientos de alto impacto que permitan generar mayor innovación, ser más competitivos en los mercados externos y generar empleos de calidad”.

 

Cabe destacar que en el sector comercio, el cual concentra el 38,7 % de las nuevas unidades empresariales, los subsectores que exhibieron una dinámica positiva en comparación a 2014 fueron: comercio al por mayor de bebidas y tabaco, con un crecimiento del 10,6 %; seguido de comercio al por menor realizado a través de internet, con 8,9 %, y comercio al por mayor de prendas de vestir con 8,5 %.

 

Por su parte, en el sector de alojamiento y servicios de comida, que participa con el 12,5 %, los subsectores cuya variación sobresalió fueron: alojamiento rural y alojamiento en centros vacacionales, con variaciones del 29,3% y 14,9%, respectivamente.

 

Y en la industria manufacturera, que concentra el 10,5 %, el registro de nuevas empresas aumentó en los subsectores de elaboración de panela en un 43,1 %, elaboración de aceites y grasas de origen vegetal y animal con 29,0 % y elaboración de alimentos preparados para animales con 16,1 %.

 

Sociedades y Personas Naturales
En el caso particular de las sociedades, la constitución descendió 12,5 % en 2015 con respecto a 2014, al pasar de 72.069 a 63.029. Asimismo, las matrículas de personas naturales pasaron de 231.201 en 2015 a 194.806 en 2014, lo que representa una variación negativa de 15,7 %.

 

Los sectores de mayor participación en el número de sociedades nuevas en 2015 fueron: comercio al por mayor y menor (20,9 %), actividades profesionales y científicas (16,4 %), construcción (13,5 %) e industrias manufactureras (11,2 %), actividades de servicios administrativos y de apoyo (5,6 %) y actividades inmobiliarias (5,1 %). Estos seis sectores concentran el 72,7% del número de sociedades nuevas registradas.

 

En comparación con el comportamiento de las sociedades, se observa que el registro de matrículas nuevas de personas naturales está mucho más concentrado en actividades de comercio (44 %) y en actividades de alojamiento y servicios de comida (15 %) e industria manufacturera (10 %). Estos tres sectores concentran el 69 % de los nuevos registros.

 

Desempeño regional
Finalmente, los departamentos de mayor participación en el total de unidades productivas nuevas fueron: Bogotá (61.132), seguido de Antioquia (33.666), Valle del Cauca (26.266), Santander (14.805), Cundinamarca (13.785) y Atlántico (11.859).

 

Consulte el informe completo haciendo clic aquí.

A partir del 31 de enero, la tarifa del 45% de la salvaguardia por balanza de pagos que aplica Ecuador desde el mes de marzo del 2015 a los bienes que importa, bajará al 40%.

 

El Comité de Comercio Exterior (Comex) de Ecuador aprobó la reducción, con lo que inicia el cronograma de desmonte del mecanismo, compromiso que había asumido ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), instancia ante la cual Colombia y otros países presentaron el caso.

 

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez-Correa, celebró la decisión pues la salvaguardia ha impactado fuertemente las exportaciones colombianas a ese mercado. Recordó que en diciembre, luego del IV Gabinete Binacional entre los dos países, Ecuador excluyó de la aplicación de la salvaguardia a 129 líneas arancelarias de interés de Colombia, principalmente para los sectores de electrodomésticos, químicos, metalmecánica y alimentos, entre otros.

 

De acuerdo con el cronograma OMC que Ecuador comienza a aplicar, se espera una reducción adicional en abril, otra en mayo y el desmonte total de la medida en junio del 2016.

 

Por otro lado, en materia de reglamentos técnicos (requisitos de calidad), y luego de los acercamientos de la Ministra y de la viceministra de Comercio Exterior, Mariana Sarasti Montoya, con el Gobierno de Ecuador, éste decidió que los productos colombianos que lleguen a ese país podrán obtener el denominado Registro de Operador (ROP), sin que se afecte el cupo al que tiene derecho el importador ecuatoriano.

 

A través del acuerdo ministerial 1606, se establece además que la certificación del cumplimiento del reglamento técnico ecuatoriano se podrá hacer mediante una declaración de primera parte o una declaración juramentada del importador.

 

Con estas medidas, el comercio bilateral se va a ver fortalecido y los exportadores colombianos tendrán mayor facilidad para llegar al mercado ecuatoriano.

La Sección Cuarta del Consejo de Estado señaló en el fallo de un Medio de control de nulidad que no procede el descuento tributario por donación de acciones cuando en el valor intrínseco de las acciones, tomado como descuento, se han incluido las valorizaciones de las acciones.

 

Extracto: Para resolver el presente asunto es importante precisar que para la época de los hechos se encontraba vigente el artículo 249 del Estatuto Tributario, que permitía a los contribuyentes descontar del impuesto sobre la renta y complementarios, el 60% de las donaciones que efectuaran durante el año gravable a las instituciones de educación superior. Para la procedencia del descuento tributario, el artículo 125-2 ibídem prescribía que cuando la donación recayera sobre títulos valores estos debían estimarse a precios de mercado de acuerdo con el procedimiento establecido por la Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera. 4.5.

 

En el año 2002, el procedimiento dispuesto por la Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera, para determinar el valor de los títulos valores, era el contemplado en la Resolución No. 1200 de 1995. El artículo 1.7.1.8. de esa normativapermitía a los contribuyentes utilizar como forma de valoración de las acciones “el valor intrínseco de acuerdo con la última información divulgada por el emisor”.

 

El valor intrínseco de la acción ha sido definido por la doctrina como “una valoración de las participaciones de capital, para lo cual se tiene en cuenta la realidad patrimonial de la sociedad”. Incluso se ha sostenido que “el valor real de una acción puede obtenerse con cierta aproximación mediante la división del capital contable entre el número total de ellas”.

 

Es por eso que cuando la Superintendencia Financiera exige que los títulos valores se determinen con el valor intrínseco, lo hace para efectos de controlar que el valor de esas inversiones reflejen la real situación económica y financiera del ente societario. De ahí que no deba incluirse en ese cálculo el valor correspondiente a las valorizaciones, puesto que las mismas no son un derecho o bien real para el contribuyente, sino una expectativa de que el titulo puede valer más de lo que se registró por el activo en los libros de contabilidad.

 

Sentencia del 12 de noviembre de 2015 Exp. 15001-23-31-000-2006-01907-01 (19.708) M.P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez. Medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho.

Un servicio ágil al usuario aduanero que facilite el comercio exterior a través del uso de las herramientas TIC, es la premisa fundamental de la Organización Mundial de Aduanas - OMA- para que las 177 administraciones aduaneras que la conforman, enfoquen sus esfuerzos en la promoción de la digitalización de los procesos aduaneros.

 

Es así como el 26 de enero, Día Internacional de la Aduana el lema es: "Aduanas digital: Progresivo compromiso", refiriéndose a la coordinación de las actividades aduaneras de manera electrónica, mejorando la capacidad de las administraciones aduaneras en términos de intercambio de información, promoción de la transparencia, coordinación de actividades fronterizas y colaboración en la aplicación de la ley entre los diferentes países.

 

En concordancia con el lema 2016, la Aduana colombiana le apunta a la sistematización de los procesos aduaneros. Con la nueva Regulación Aduanera se harán los ajustes o desarrollos informáticos que demanda esta nueva visión normativa inspirada en el Convenio de Kyoto Revisado.

 

Felicitaciones a todos los funcionarios aduaneros de esta gran familia DIAN que permiten con su compromiso y dedicación traspasar las fronteras en pro de un mejor país.

 

Origen de la celebración

El origen de la celebración se remonta al año 1952, cuando un 26 de enero fue creado en Bélgica el Consejo de Cooperación Aduanera, hoy conocido como la Organización Mundial de Aduanas ¿OMA- de la que formaron parte en un principio un total de 17 países miembros. Entre las principales funciones de la OMA se encuentran:
Desarrollo de reglas de los procedimientos aduaneros.
Prestar atención y servicios en las aduanas.
Creación de normas internacionales para el comercio internacional.
Promover la ética y la legalidad en las aduanas.
Aconsejar sobre los servicios de las aduanas.

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