Noticias

Noticias (3248)

Los contribuyentes que realicen el pago total del impuesto predial en Medellín, correspondiente a la vigencia de 2024, se beneficiarán con un descuento del 5 % por cancelar anticipadamente la factura en el primer trimestre de este año y estar al día con las anteriores vigencias. Esta deducción se aplicará hasta el 27 de marzo.

“Queremos invitar a la ciudadanía a realizar el pago anualizado de este impuesto, que es una de las principales fuentes de financiación de nuestro Distrito. En 2023, un total de 354.911 contribuyentes se acogieron a este beneficio. Este año queremos aumentar el número para que, entre todos, impulsemos la recuperación de nuestra ciudad invirtiendo en proyectos de salud, educación, infraestructura y en los diferentes programas sociales”, dijo el secretario de Hacienda, Orlando Uribe Villa.

Los ciudadanos pueden pagar a través de los canales virtuales habilitados, desde el lugar en el que se encuentren y sin necesidad de hacer filas, ingresando al portal www.medellin.gov.co/pagoimpuestos.

Quienes prefieran hacerlo de manera presencial, pueden dirigirse con su factura a las taquillas de Tesorería, en el primer piso del Centro Administrativo Distrital o a las siguientes entidades bancarias: Bancolombia, Banco de Occidente, Davivienda, Banco de Bogotá, Banco AV Villas, Banco Caja Social, BBVA, Colpatria, Coofinep, Confiar, Banco GNB Sudameris y Cooperativa Financiera de Antioquia –CFA.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría mantener inalterada la tasa de interés de política monetaria en 9,5%.

Cinco directores votaron a favor de esta decisión, uno lo hizo por una reducción de 25 pbs y otro por una reducción de 50 pbs. En su discusión de política, la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:

- La inflación anual en diciembre se ubicó en 5,2%, el mismo nivel registrado en noviembre. La inflación sin alimentos ni regulados se redujo de 5,4% a 5,2%, jalonada por una menor inflación de servicios. Esta última, sin embargo, se mantiene en 7%.
- La tasa de inflación anual se ha reducido de manera sostenida desde marzo de 2023 en 8,1 puntos porcentuales y se espera que continúe convergiendo a su meta de 3%. Este proceso enfrenta retos asociados con: (i) un mayor incremento anual del índice de precios al productor, que entre octubre y diciembre pasó de 1,6% a 5,8%; (ii) un aumento en el salario mínimo que, al incluir el subsidio de transporte, superó en cerca de 6 puntos porcentuales (pp.) la inflación observada y en 8 pp. la meta de inflación; (iii) un repunte reciente en todas las medidas de expectativas de inflación. Lo anterior en el contexto de incertidumbre en el frente fiscal y una tasa de cambio volátil.
- El mercado laboral mantiene buenos registros con aumentos de la ocupación y caídas de la tasa de desempleo. El equipo técnico estima un crecimiento del PIB de 2,3% para el cuarto trimestre de 2024, superior a los crecimientos observados en cada uno de los tres trimestres anteriores. El crecimiento económico para 2024 se estima en 1,8% y para 2025 en 2,6%.
- Las condiciones financieras externas tienden a tornarse más restrictivas ante las políticas del nuevo gobierno de los Estados Unidos en materia de comercio, política energética y migración, que pueden tener efectos inflacionarios. Las tasas de interés de largo plazo en los mercados globales han mostrado aumentos persistentes, el ritmo esperado en los recortes de la tasa de interés de la FED ha disminuido, y el dólar se ha fortalecido.

Con la decisión de mantener inalterada la tasa de interés de política se hace una pausa en el proceso de recortes iniciado en diciembre de 2023. La nueva información disponible en los próximos meses permitirá contar con mayores elementos de juicio sobre la magnitud y velocidad en que puede relajarse la política monetaria. Esta decisión mantiene el compromiso de la Junta con la convergencia de la inflación a la meta en un contexto de recuperación del crecimiento económico.

La Superintendencia Financiera de Colombia inició la publicación de algunos resultados de acciones de supervisión, en particular aquellas que tienen un impacto en el consumidor financiero.

Este primer contenido está relacionado con los seguros que son comercializados bajo el esquema de “bancaseguros”, en el que los establecimientos de crédito y las aseguradoras comparten un mismo canal. En esencia, el objetivo de este ejercicio de supervisión focalizado es el de afianzar los estándares de trato justo a quienes adquieren estos productos.

Como resultado, se identificaron 10 conductas que afectan a los consumidores de productos de seguros, entre las cuales están el cobro de primas y la vinculación o renovación de pólizas sin que el usuario lo hubiera solicitado o autorizado previamente; el inadecuado suministro de información para impedir cancelaciones tempranas por parte del comprador del seguro, así como el diligenciamiento de la solicitud de un seguro o declaración de asegurabilidad por parte de los asesores comerciales, sin haber suministrado información adecuada sobre las condiciones del seguro al consumidor financiero.

En consecuencia, desde la SFC se logró la suspensión de las prácticas abusivas consistentes en iniciar o renovar una póliza sin solicitud o autorización expresa y su consecuente cobro; condicionar el acceso a un producto con la adquisición de otro no necesario; diligenciar solicitudes de seguro por parte de la fuerza comercial y no permitir la cancelación unilateral dentro de los primeros 90 días de entrada en vigor de la póliza.

Otras acciones que se derivaron de los hallazgos efectuados fueron la verificación de las ventas realizadas por el canal telefónico y la devolución de primas cobradas por pólizas supuestamente obligatorias, así como el fortalecimiento de los controles para garantizar el suministro de información clara, completa y oportuna a los consumidores financieros por parte de los establecimientos de crédito que comercializan pólizas de seguros, entre otras.

Ficha técnica
El ejercicio de supervisión realizado entre 2022 y 2024 se centró en los productos de seguros de vida (accidentes personales, vida grupo deudor y vida individual) y seguros generales (sustracción, hogar y desempleo), mediante la obtención de pruebas de recorrido, requerimientos de información, revisión de las causas raíz generadoras de las inconformidades de los consumidores mediante muestreos aleatorios de las mismas, así como pronunciamientos de las defensorías del consumidor financiero, las juntas directivas, la Alta Gerencia y los órganos de control.

Para conocer este primer informe, haga clic aquí.

El Gobierno nacional creará tres impuestos al amparo de la declaratoria del estado de conmoción interior con los cuales aspira a recaudar un poco más de un billón de pesos durante los 90 días que está previsto el estado de excepción.

Así lo anunció este martes en la plenaria de la Cámara de Representantes la viceministra Técnica de Hacienda, Juanita Villaveces Niño, quien asistió a la sesión especial en la que el Gobierno explicó los argumentos por los cuales se decretó la conmoción.

“Se establecieron tres medidas tributarias que buscan el recaudo de $ 1 billón 63 mil millones, durante los 90 días de la conmoción, para poder atender la situación que se requiere en este momento en la región del Catatumbo”, explicó la funcionaria.

Los tres impuestos que se crearán son:

- Impuesto del IVA a los juegos de suerte y azar electrónicos, con los que se aspira a recaudar $ 519 mil millones.

- Contribución especial de 1 % a las exportaciones del sector de extracción de petróleo y carbón, con los que se busca recaudar $ 214 mil millones.

- Impuesto de timbre (1 %) para recaudar $330 mil millones.

“Los recursos que se lleguen a recaudar con estas medidas se utilizarán única y exclusivamente para la atención de la conmoción interior”, añadió la viceministra de Hacienda.

Dijo que estas nuevas medidas tributarias “se necesitan, debido a la compleja situación fiscal del Estado”.

Y agregó que “estos recursos no estaban contemplados en el Presupuesto General de la Nación de 2025, por lo que se requiere determinar unas nuevas fuentes de financiamiento”, señaló.

Por su parte, el ministro designado de Hacienda, Diego Guevara, intervino sobre ese mismo tema, pero ante la plenaria del Senado, donde argumentó la urgencia de contar con esos recursos.

“Hoy necesitamos impuestos de recaudo inmediato con una destinación específica, que es el Catatumbo. Estos impuestos no son una reforma tributaria por la puerta de atrás, sino que aplican únicamente para este año; son impuestos tipo IVA que podemos captar de manera inmediata con destinación específica”, sostuvo el ministro.

Agregó que “el tema del Catatumbo no da espera”, y que por ello estas medidas fiscales “son el corazón de este decreto de conmoción interior que hemos visto analizando en las últimas semanas para que cumplan con todos los principios legales y constitucionales”.

Concluyó el ministro que el Ejecutivo “no ha sido intransigente” ha abordado el tema con los actores de los actores de cada sector. “No pensamos tampoco saltarnos al Legislativo, pero esta vez necesitamos medidas efectivas y de corto plazo”.

De acuerdo con el Decreto 0062 del 24 de enero de 2025, el Gobierno nacional declaró “el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar”.

La norma de excepción cobija a 16 municipios del departamento de Norte de Santander, entre ellos los 11 del Catatumbo afectados por los enfrentamientos entre el Eln y disidencias de las Farc; a Cúcuta, capital departamental, y a dos del departamento del Cesar (Río de Oro y González), que están recibiendo desplazados.

El Gobierno considera que “se presenta una perturbación extraordinaria del orden público en la región del Catatumbo, derivada de enfrentamientos armados, amenazas, desplazamientos forzados masivos, afectaciones al ejercicio de los derechos fundamentales de la población civil, alteración de la seguridad y daños a bienes protegidos y al ambiente”.

De hecho, los enfrentamientos entre las guerrillas del ELN y las disidencias del frente 33 de las antiguas Farc han dejado más de 42 mil desplazados, más de 80 muertos en su mayoría civiles ajenas al conflicto incluidos 14 firmantes de paz y 17 de sus familiares, y más de 7 mil personas que permanecen confinadas en zonas rurales de Tibú, Teorama y San Calixto.

Por su parte, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, aseguró ante la plenaria de la Cámara que la declaratoria de conmoción interior cumple con los tres presupuestos legales y constitucionales:

“Primero, el presupuesto fáctico, porque se trata de hechos concretos y verificables. Segundo, el presupuesto valorativo, porque es muy grave la intensidad de la violencia en El Catatumbo, pocas veces vista en la historia del conflicto armado en Colombia. Y, tercero, la necesidad imperiosa de decretar el estado de conmoción interior, porque con las facultades ordinarias no es posible atender las dificultades que se viven en esa región”, explicó el ministro Cristo.

La Corte Constitucional declaró el incumplimiento general frente al componente de suficiencia de la UPC y declaró la insuficiencia de la UPC fijada en el año 2024. Mediante el Auto 007 de 23 de enero de 2025, se ordenó al Ministerio de Salud la creación de un mecanismo de reajuste que deberá aplicar a la UPC de 2024 y 2025, dentro de los 10 días siguientes a la notificación de esta decisión.

Esta decisión fue adoptada por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 en el marco del seguimiento de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda, al estudiar la suficiencia de la UPC (Unidad de Pago por Capitación) que constituye una de las fuentes de financiación del PBS (Plan de Beneficios en Salud). Entre otras consideraciones, cabe resaltar:

El Ministerio de Salud no ha avanzado en la superación de las fallas identificadas en el sistema de información al interior del sistema de salud detectadas desde el Auto 411 de 2016, las cuales impiden calcular una UPC suficiente. Entre otras cosas, porque i) no existe un mecanismo para contrastar los datos reportados por las EPS con los que se calcula la UPC, ii) las frecuencias de uso de los servicios en salud registradas no son confiables, y iii) la información empleada para efectuar el cálculo en ambos regímenes no es suficiente ni de calidad.

Valoradas las pruebas recibidas y lo expuesto en la sesión técnica de 5 de abril de 2024, la Corte concluyó que el Ministerio no ha demostrado la suficiencia de la UPC. La Sala encontró que el mecanismo para fijar la UPC requiere ser actualizado e incluir nuevas variables. Así mismo, es necesario revaluar la forma en que se incluyen algunos factores en el cálculo como a) la siniestralidad, b) la inflación, c) las destinaciones específicas y d) las inclusiones y el rezago existente en su valor. Adicionalmente, la Sala consideró que esta insuficiencia puede afectar los montos mínimos que exige la ley que las EPS tengan en sus cuentas, y aunque el Ministerio alega uso indebido de la UPC no entrega las pruebas de esto para que se inicien las investigaciones correspondientes.

Se mantiene el retroceso en la orden de equiparar el valor de la UPC del régimen subsidiado en un 95 % al valor de la UPC del régimen contributivo, pues desde 2022 las primas para ambos regímenes cuentan con una diferencia de 13,02 %. Con ello se incumple lo ordenado en el Auto 411 de 2016, en razón a que el Ministerio debía realizar dicha equiparación, hasta que no demostrara la suficiencia de la UPC.

Por lo anterior, la Sala Especial declaró el incumplimiento general del componente de suficiencia de la UPC y le ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social, entre otras:

Crear una mesa de trabajo con participación de diferentes entidades y actores del sector salud cuyo objetivo principal es revisar la UPC de 2024, conforme a unos parámetros mínimos que deberá establecer el MSPS con apoyo de los integrantes de la mesa. Allí se deberá analizar el rezago existente en el valor de la UPC a partir del 2021 para efectuar el reajuste de la prima por cada vigencia desde ese periodo, a saber, 2021, 2022 y 2023. Además, se deberá establecer la forma cómo se reconocerá a las EPS el reajuste de la UPC de 2024, e indicar los porcentajes y fechas máximas de pago.

Reajustar la metodología de cálculo de la UPC de las próximas vigencias, incluida la de 2025.

También le ordenó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público garantizar los recursos necesarios para que el Ministerio de Salud cumpla con los mandatos vigésimo primero y vigésimo segundo de la Sentencia T-760 de 2008.

El magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó voto parcialmente en esta decisión.

Para conocer el Auto 007 de 2025, haga clic aquí.

Como parte de sus estrategias para impactar el recaudo fiscal y promover el cumplimiento de obligaciones tributarias en los contribuyentes en 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) visitó más de 16 mil establecimientos de comercio en todo el país para verificar el cumplimiento de la facturación electrónica.

En paralelo, la entidad llegará a 8.160 contribuyentes morosos, con deudas que ascienden a los $1.2 billones.

En la primera jornada de facturación electrónica del año, 3.853 funcionarios de las diferentes direcciones seccionales visitaron instituciones educativas y establecimientos que ofrecen productos y servicios relacionados con la temporada escolar como papelería, útiles escolares, uniformes, calzado. Además de verificar del cumplimiento de la obligación de expedir la facturación electrónica, resolverán las dudas que puedan tener facturadores y compradores.

En cuanto a las acciones de cobro, en el marco de la estrategia “Al día con la DIAN, le cumplo al país", 1.447 servidores públicos realizaron embargos a 4.710 cuentas bancarias y gestionarán más de 3.730 insumos para instaurar denuncias penales ante las autoridades competentes.

Cifras de gestión en factura electrónica y cobro durante 2024
Durante 2024 la DIAN realizó más de 183 mil visitas de facturación electrónica a comercios y más de 76 mil entrevistas a compradores, capacitándolos sobre la importancia de este mecanismo.

Durante estas visitas se identificó que el 12% de los establecimientos visitados no facturaban electrónicamente o lo hacían sin el cumplimiento de los requisitos. Igualmente, del total de visitas, 53 mil fueron realizadas en establecimientos que presentaron baja rotación de facturas electrónicas.

En cuanto a cobro, en 2024 la DIAN recuperó una cartera cercana a los $22,5 billones, de los cuales $12 billones fueron producto de las jornadas de cobro que se realizan mes a mes.

La Secretaría de Hacienda Distrital presentó un balance positivo de la gestión financiera de la ciudad, donde se destacan importantes logros en materia de recaudo, cartera y ejecución presupuestal durante el 2024.

"Bogotá tiene unas finanzas sólidas y se confirma que los contribuyentes de Bogotá somos responsables con nuestras obligaciones con el Distrito, la cultura tributaria sigue siendo muy alta”. Ana María Cadena, secretaria de Hacienda.

Puntos destacados:
1. Histórica reducción de cartera morosa: Es la primera vez en los últimos cinco años que el saldo total de la cartera disminuye, cambiando la tendencia de crecimiento observada en los últimos años. Para la vigencia 2024, el cumplimiento de la meta de recaudo de cartera es del 104%. Sobre una meta de $1.338 billones se recuperaron $1.394 billones.
- Más de 254 mil contribuyentes se pusieron al día con sus obligaciones.
- Disminución de la cartera total del Distrito de $12.7 a $12.2 billones
- Primera reducción de cartera registrada desde 2019.
- Recuperación de $1.394 billones de cartera morosa.

2. Cumplimiento en recaudo tributario:
- 98% de cumplimiento en la meta de recaudo.
- El recaudo pasó de 13,9 billones en 2023 a 14,7 billones en 2024.
- En predial se recaudó el 99%; en vehículos el 100%;en ICA el 97% y otros el 99%.

3. Eficiencia en la ejecución presupuestal:
- Se logró el 94.4% en compromisos presupuestales durante 2024.En 2023 fue de 90,4%
- 85.7% en giros efectivos de las entidades del Distrito, superando el 83.4% del 2023
- Reducción histórica de reservas presupuestales en las entidades del 12% al 7.6%

4. Gestión responsable de recursos:
- Buenos resultados en la implementación de política de "austeridad con propósito".
- Ahorro de $141 mil millones en gastos de funcionamiento.
- Redireccionamiento eficiente de recursos hacia sectores prioritarios: salud, seguridad.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alertó a la ciudadanía sobre un video en el que se anuncia una subasta pública dirigida a los ciudadanos con productos tecnológicos incautados en los diferentes puertos y aduanas del país.

El anuncio, que circula en la red social Facebook, afirma que dicha subasta será desarrollada en conjunto con la DIAN y otras entidades del Gobierno Nacional y promociona artículos como consolas de videojuegos, teléfonos de alta gama, computadores y televisores, asegurando que pueden adquirirse a precios especiales mediante un enlace web.

Esta información es falsa y constituye un intento de estafa. La entidad no realiza este tipo de actividades ni utiliza redes sociales para ofertar productos.

Las mercancías retenidas en procesos aduaneros son gestionadas exclusivamente según lo establecido por la normativa, mediante procedimientos oficiales como donación, subasta pública o destrucción, dependiendo de su naturaleza. Toda esta información es publicada y comunicada a través de los canales institucionales y nunca mediante terceros o publicaciones informales.

La DIAN reitera su llamado a la ciudadanía para que evite acceder a este tipo de enlaces, la autenticidad de la información que llega a nombre de la entidad puede verificarse en su página web www.dian.gov.co o en sus redes sociales.

Los Gobiernos de Colombia y Estados Unidos acordaron y firmaron una nota interpretativa del Capítulo 10 del Tratado de Libre Comercio vigente, entre los dos países, desde mayo de 2012.

Durante una reunión bilateral entre el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes Hernández, y la Representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, se formalizó la firma de la Decisión 9 de la Comisión de Libre Comercio, en la que ambos Estados suscriben la declaración interpretativa sobre algunos aspectos del capítulo de inversión.

La nota, que es una herramienta contemplada dentro del Acuerdo, aclara la interpretación correcta que debe hacerse a ese Capítulo 10, que es el que aborda lo relacionado con inversiones, específicamente en lo que tiene que ver con las disputas inversionista-Estado, y no modifica el texto original del Tratado, es decir, mantiene las mismas protecciones.

El ministro Luis Carlos Reyes Hernández explicó que “esta aclaración es importante tanto para las expectativas de los inversionistas, como para los compromisos de los Estados y para la resolución de controversias por parte de jueces y autoridades nacionales, y árbitros internacionales”.

Esta nota interpretativa aclara para todos los interesados los compromisos de protección que asume cada Estado ante ambigüedades que se puedan presentar en el marco del Acuerdo. Precisamente, se han identificado términos que pueden llevar a malas interpretaciones de los compromisos pactados en el inicio del acuerdo, que pueden derivar en demandas frívolas o abusos por parte de inversionistas que buscan sacar partido.

Igualmente, en esta nota interpretativa se reafirma el derecho que tiene cada país de emitir nuevas regulaciones en cumplimiento legítimo del desarrollo de sus políticas públicas y en defensa del interés público, como por ejemplo la protección al medio ambiente.

En el documento se ratifica que si las inversiones no se ajustan a las normas internas del país receptor, no se beneficiarán de la protección. Esto excluye la protección de inversiones ilícitas.

También defiende la soberanía de los jueces y autoridades colombianas. Se establece explícitamente que los tribunales de inversión no son una segunda instancia de las decisiones internas de cada país, con lo cual no pueden revisar el fondo de las decisiones emitidas por los jueces y autoridades nacionales, que fue justamente lo que ocurrió en el caso de Telefónica, en el marco del Acuerdo de Inversión con España.

Además, la nota reitera que los inversionistas tienen la carga de demostrar sus reclamaciones y acreditar que estas no obedecen a meras expectativas o a posibles daños futuros o hipotéticos, como ya le ha ocurrido a Colombia, sino que se sustentan en evidencias objetivas y concretas.

Aclara las reglas de no discriminación a inversiones extranjeras y hace explícito que estas no implican que cualquier trato diferente es discriminatorio, y que los inversionistas no serán sometidos a un trato discriminatorio basado en su nacionalidad. Además, reafirma que los inversionistas tampoco pueden usar estas reglas para elegir ‘a la carta’ las protecciones que más les convienen dentro del portafolio de tratados de inversión suscritos por cada una de las partes.

“La declaración, lejos de destruir los incentivos a la llegada de inversión extranjera, los refuerza para aquellas inversiones que tienen vocación de beneficiar tanto a los inversionistas como a la sociedad colombiana que las acoge”, aclaró el ministro Reyes.

Esta nota además, va en la línea con las directrices en las que se han movido los dos últimos gobiernos de Estados Unidos, en cuanto a la solución de disputas entre inversionistas y estados, lo que ha contado históricamente con apoyo bipartidista.

De otra parte, esta Decisión va en línea con sentencias de la Corte Constitucional que estipulan que los acuerdos de inversión deben ajustarse al orden constitucional.

Igualmente, corresponde con la solicitud que, en varias ocasiones, se había hecho desde el Congreso de Estados Unidos para lograr un mayor balance en estos instrumentos, y que coinciden con los intereses y necesidades planteadas por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.

Además, la nota está en línea con las discusiones que, en el orden multilateral, se han dado en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y en las Naciones Unidas, y en las que Colombia ha participado activamente.

En conclusión, con esta Decisión, se fortalece la soberanía nacional de los países y se disminuye el riesgo de inestabilidad en las finanzas públicas, evitando reclamos temerarios y condenas basadas en interpretaciones incorrectas del TLC.

Estados Unidos es el principal país de origen de inversión extranjera. Hasta el tercer trimestre del 2024, según datos de la balanza de pagos del Banco de la República, el capital extranjero desde ese mercado en Colombia ascendía a US$4.163 millones, cerca del 42 % del total.

También es el principal socio comercial de Colombia. Representa el 29 % de las exportaciones totales del país al mundo y el 31,6 % de las de bienes no minero energéticas. Y participa con cerca del 26 % de las importaciones de bienes totales.

Los dos Gobiernos han mantenido y mantendrán una comunicación permanente y fluida, y “esperamos seguir manteniendo unas relaciones productivas, transparentes y constantes”.

La Contaduría General de la Nación publicó el Instructivo No. 001 de 2024, por el cual da instrucciones dirigidas a las entidades públicas para el cambio del periodo contable 2024-2025, para el reporte de información a la Contaduría General de la Nación (CGN) y otros asuntos relacionados con el proceso contable.

Para conocer el Instructivo 001, haga clic aquí.

Página 2 de 232

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.