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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, entre enero y octubre de 2019 logró un recaudo bruto de los impuestos nacionales por un valor de $133,3 billones, que comparado frente al mismo período de 2018 representa un crecimiento de 11.5%, y un cumplimiento de la meta asignada a la entidad de 101%.

 

Este resultado se explica inicialmente por el comportamiento del recaudo por Retención en la Fuente a título de Renta, que sumó $43,46 billones, y que, en comparación con el mismo período de 2018, en el que se lograron $38,84 billones, representa una variación de 11.9% y una contribución de 3.9% a la variación.

 

En segundo lugar, se ubicó el recaudo por concepto de tributos aduaneros por un valor de $21,24 billones, lo que representa un crecimiento de 15.6% con respecto al mismo período de 2018, en el que se logró un recaudo de $18,37 billones, lo que indica una contribución a la variación de 2.4%.  

 

Sumado a lo anterior, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la suma de $112,05 billones, lo que representa una variación nominal de 10.8% frente al 2018, en el que ingresaron $101,15 billones.

 

Vale la pena recordar que el pasado 17 de octubre finalizaron los plazos para declarar y pagar el Impuesto de Renta y Complementarios para Personas Naturales, en el que más de 3.2 millones de contribuyentes presentaron su declaración a través de los diferentes medios habilitados para tal fin.

 

Se destaca el crecimiento del 11% en el número de personas naturales declarantes en relación con el año 2018, lo que se traduce en más de 311 mil nuevos declarantes

De otra parte, es importante mencionar que el recaudo obtenido mediante el pago de las obligaciones a través del uso de los Títulos de Devolución de Impuestos – TIDIS registró un valor de $7,8 billones.

 

Octubre
El recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN en octubre fue de $9,84 billones, lo que representa un crecimiento del 11.1%, en relación con el mismo período de 2018, cuando se alcanzó la cifra de $8,86 billones.

 

Este crecimiento se soporta principalmente en los ingresos obtenidos por Retención en la Fuente a título de Renta, por un valor de $4,50 billones, mostrando un incremento en relación con 2018 del 10.3% y una contribución a la variación de 4.7%. El recaudo por este concepto participó con el 45.7% del total obtenido en el período evaluado.

 

También se destaca el recaudo logrado por los tributos aduaneros, aportando la suma de $2,32 billones, que, comparado frente al mismo período de 2018, representa un aumento de 8.5% y una contribución a la variación de 2,1 puntos porcentuales.

 

Recaudo por Gestión
En octubre, en desarrollo de las acciones de gestión, se adelantaron 5.392 visitas a contribuyentes que registraban obligaciones en mora por valor de $321.346 millones, y se programaron 150 diligencias de remate de bienes de propiedad de deudores con cartera vencida por $72.054 millones.

 

La ejecución de estas jornadas nacionales y de las actividades incluidas en el Plan de Cobro de 2019, han coadyuvado para que en el período enero-octubre se haya alcanzado un recaudo por gestión de cartera de $11,3 billones, cifra que contiene los $1.13 billones de pesos que pagaron los contribuyentes que se acogieron al Impuesto de Normalización Tributaria.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se Habilita el formulario y se establece el procedimiento para la presentación de la Declaración de Renta por Cambio de Titularidad de la Inversión Extranjera – Formulario 150 correspondiente al año 2020.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 19 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las características técnicas para la consulta de información por envío de archivos WEB SERVICE a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales correspondiente a información relacionada con la llegada de la mercancía al territorio Aduanero Nacional, con el régimen de exportaciones, con el régimen de importación y con el proceso de ingreso y salida de carga de los puertos o muelles autorizados denominados ARIM y TARJA.

 

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón:

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Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas de los servicios de consulta de información por envío de archivos WEB SERVICE a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales correspondiente a Formularios relacionados con el proceso de carga, desaduanamiento, salida de mercancía y con el proceso de ingreso y salida de carga en Zonas Francas, Formulario de Movimiento de Mercancías – FMM.

 

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las características técnicas para la presentación de información por WEB SERVICES a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, correspondiente a los procedimientos relacionados con la llegada de la mercancía al territorio Aduanero Nacional.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

Las acciones de fiscalización y control contra la evasión y el fraude fiscal, entre ellas, las diligencias de registro y los hallazgos que evidencian venta de facturas para amparar costos y gastos inexistentes adelantados, durante el presente año, por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dejan como resultado el recaudo de $30.071.312.000, por este concepto.

 

Luis Carlos Quevedo Cerpa, Director de Fiscalización de la entidad precisó que luego de adelantar estas acciones, se logró que contribuyentes que incurrieron en estas conductas corrigieran sus declaraciones tributarias de forma voluntaria, pagando impuestos y sanciones por esta suma.

 

El director de fiscalización de la DIAN precisó que “aquellos contribuyentes que no atendieron la invitación a corregir sus declaraciones tributarias voluntariamente, se les profirió actuaciones administrativas determinando mayores impuestos y sanciones por un valor de $15.942'640.000".

 

La Administración Tributaria reiteró a aquellos contribuyentes que no han atendido la invitación, para que voluntariamente corrijan sus declaraciones tributarias, de no hacerlo serán objeto de liquidaciones de revisión con una sanción equivalente al 100% del mayor impuesto determinado.

 

Igualmente, la DIAN recordó la responsabilidad que recae sobre contadores o revisores fiscales que hayan firmado las declaraciones tributarias en las cuales se hayan utilizado costos o gastos inexistentes.

 

Por último, la entidad advierte que realizar operaciones con quienes han sido declarados como proveedores ficticios, (Artículo 671 del Estatuto Tributario), no podrán deducir estos gastos en el Impuesto Sobre la Renta y Complementario, ni darán lugar a impuestos descontables en el Impuesto al Valor Agregado -IVA.

 

El listado de quienes han sido declarados como proveedores ficticios, en todo el país, puede ser consultado en:

https://www.dian.gov.co/Proveedores_Ficticios/Proveedores_Ficticio_%2020062019.pdf

A partir del 12 de noviembre de 2019, los usuarios de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación, en desarrollo de los programas de materias primas bajo los artículos 172 y 173 B del Decreto – Ley 444 de 1967, deberán presentar el Cuadro Insumo Producto (CIP) a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Esto teniendo en cuenta que la plataforma de la DIAN solo estará activa para la presentación y aprobación de los CIP hasta el 8 de noviembre de 2019.  

 

Lo anterior, con ocasión de la interoperabilidad existente entre las Plataformas VUCE de MinCIT y la DIAN.

El Régimen Tributario Especial - RTE ofrece beneficios tributarios a los cuales las Entidades Sin Ánimo de Lucro – ESAL y pertenecientes al Sector Solidario pueden pertenecer, siempre y cuando, estén calificadas como tal.

 

Las ESAL constituidas durante 2019 y que estén interesadas en optar por el RTE, o aquellas que renunciaron o les fue negada la solicitud de calificación, o no presentaron oportunamente la actualización del registro web de 2019, pueden adelantar el proceso antes del 30 de noviembre, de modo que el trámite se lleve a cabo dentro de la presente vigencia.

 

Las Cooperativas que no presentaron oportunamente la actualización del registro web 2019 también podrán optar nuevamente por este régimen, adelantando la solicitud de readmisión antes del 30 de noviembre para que se pueda estudiar y resolver su solicitud oportunamente.

 

La solicitud de calificación o readmisión debe ser presentada a través del Servicio Informático Electrónico – SIE- Régimen Tributario Especial, único medio dispuesto para adelantar este tipo de solicitudes. Es importante tener en cuenta que no se reciben documentos en físico o por el SIE de PQSRD.

 

Para conocer todos los requisitos y el modo en que podrán efectuar el trámite, está dispuesto el micrositio ESAL, en el que se encuentra toda la información sobre los procesos que deben adelantar las Entidades Sin Ánimo de Lucro y del Sector Cooperativo / Solidario para pertenecer o continuar en el Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta y Complementarios.

 

Para acceder al micrositio, haga clic aquí.

Hasta el 20 de noviembre, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recibirá comentarios sobre el proyecto de resolución por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2020.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, anunció que esta semana arrancan las Zonas Económicas Especiales, una figura que forma parte de los artículos incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

 

Con este instrumento se busca diseñar un régimen especial en materia tributaria para atraer inversión nacional y extranjera en varias actividades.

 

“De la mano de los congresistas, se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo, ese artículo de las Zonas Económicas Especiales. Ya lo tenemos listo, aprobado y en proceso final de verificación para firma. La próxima semana, formalmente, arrancan estas zonas que incluyen a la ciudad de Armenia”, agregó Restrepo.

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