A partir del 13 de agosto de 2020 se encuentra disponible en el sistema informático de origen el certificado establecido bajo el marco del Acuerdo Comercial entre Colombia e Israel y (código 296) y la nueva versión del certificado de origen para terceros países (código 260) con firma y sellos digitalizados del funcionario autorizado para aprobar dichos documentos.

Los dos certificados de origen se deberán tramitar de la misma forma que se vienen diligenciado los siguientes certificados, en razón a la crisis provocada por el COVID 19: 1. Acuerdo de Alcance Parcial No 28 Colombia - Venezuela Código 254 2. Comunidad Andina (Perú y Bolivia) Código 255 3. ALADI Preferencia Regional PAR 4 Código 255. 4. Cuba AAP-049 Código 259 5. Mercosur ACE 72 Código 294 6. TLC Colombia -Costa Rica Código 293 7. TLC Colombia – Israel Código 296 8. Terceros Países Código 260 Es decir, los exportadores al recibir el certificado de origen en formato PDF deben descargarlo, imprimirlo, firmarlo y sellarlo (si es el caso), convirtiéndose éste en el documento original del certificado de origen.

Esto se debe hacer antes de presentar el certificado a las autoridades aduaneras del país importador, para evitar el rechazo del documento por mal diligenciamiento.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 26 de agosto de 2020 “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la reglamentación de las condiciones de operación de la renta vitalicia inmobiliaria y se dictan otras disposiciones".

Para conocer el proyecto de Decreto, haga clic aquí.

Con la intención de capacitar a las empresas que avanzan en su proceso reactivación y normalización de sus actividades, Colombia Productiva, entidad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; e ICONTEC, lanzaron ‘Imparables, Empresas que avanzan con bioseguridad y productividad’.

Este proyecto desarrollará varias acciones en beneficio de los empresarios. Se ofrecerá acompañamiento y asistencia técnica especializada a 480 micro, pequeñas y medianas empresas de cualquier sector y departamento, enfocada en cuatro líneas de servicio, para atender las necesidades originadas por la contingencia por la Covid-19: bioseguridad, continuidad de negocio, gestión jurídica-laboral y gestión financiera.

“Imparables se suma a las diferentes acciones que hemos puesto en marcha para que el tejido empresarial colombiano pueda hacerles frente a los efectos que ha ocasionado la pandemia en su actividad productiva. Nuestro interés es que todos los sectores puedan acceder a estos instrumentos que han sido diseñados para avanzar en la recuperación económica”, dijo el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

Camilo Fernández de Soto, presidente de Colombia Productiva, indicó que “de acuerdo con los decretos del Gobierno Nacional y el Ministerio de Salud, con corte al 23 de julio, 74,4% del tejido empresarial del país estaba habilitado para gestionar sus autorizaciones para reiniciar actividades. Esto es más de un millón de compañías que requieren asistencia técnica y acompañamiento para la implementación de los protocolos y retomar el camino de la productividad. Por eso, en Colombia Productiva, en esta alianza con ICONTEC, le apostamos a ayudar a los negocios a normalizar sus operaciones”.

Adicionalmente, esta iniciativa realizará talleres que permitirán el fortalecimiento técnico para el recurso humano de las empresas inscritas y habilitadas. En esta etapa del proyecto se llegará a más de 500 colaboradores de las empresas participantes.

Las firmas podrán postularse a través de la plataforma en línea de la página web www.colombiaproductiva.com/imparables, donde deben adjuntar información de la organización, técnica y económica, que le permitirá al proyecto identificar el estado inicial de cada compañía.

Beneficios de ‘Imparables’ para las empresas
Con este proyecto, Colombia Productiva e ICONTEC apoyará en los procesos de reactivación empresarial, con un enfoque especial en las siguientes cuatro líneas de acción:
1. Continuidad del negocio: esta línea permitirá la intervención en los procesos que le permitan a cada compañía continuar entregando sus productos y servicios a una capacidad predefinida, teniendo en cuenta las restricciones y limitaciones vigentes para atender la emergencia sanitaria.

2. Bioseguridad: brindar acompañamiento a las organizaciones en la implementación de los protocolos de Bioseguridad necesarios en su operación, de acuerdos con las normas expedidas por el Gobierno Nacional y las reglamentaciones para cada sector.

3. Gestión jurídica y laboral: adaptar las operaciones de las compañías al marco legal que permita dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas y laborales colombianas y que posibiliten su sostenibilidad hacia el futuro.

4. Gestión financiera: ajustar los procesos financieros de las empresas y avanzar en la toma de decisiones económicas y financieras necesarias para sortear la coyuntura y garantizar su sostenibilidad.

Requisitos para participar en Imparables
Para formar parte de ‘Imparables, Empresas que avanzan con bioseguridad y productividad’, las compañías deberán estar inscritas la plataforma Compra Lo Nuestro (www.compralonuestro.co), el directorio y red social empresarial, creada en alianza con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que cuenta con 13.500 empresas registradas, que hoy acceden a servicios gratuitos para encontrar nuevos clientes, además de herramientas para acelerar la transformación digital y el comercio electrónico.

Las compañías interesadas también deberán cumplir requisitos como tener al menos un año de constituida y contar con registro mercantil actualizado. Adicionalmente, las firmas que resulten elegidas deberán realizar una inversión al interior de la empresa que dependerá del tamaño de cada compañía y que irá entre $270.000 para micros y pequeñas empresas y de $360.000 en el caso de medianas empresas.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales informó que los usuarios aduaneros tienen a su disposición la consulta de los Objetos, Vigencias y Montos por los cuales se deben constituir las Garantías Especificas que amparan los regímenes y operaciones aduaneras, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1165 de 2019 y la Resolución 046 de 2019, y demás normas aduaneras.

La información está disponible para su consulta en el micrositio "Guía de Servicios en Línea" de la página web de la DIAN, en el numeral 17 del siguiente link

https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/autoasistencia.aspx

https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Objetos_Vigencias_y_Montos_Garantias_Especificas.pdf

Cabe recordar, que en dicha ruta igualmente se encuentran publicados los manuales de usuario del SIE Garantías, en los cuales encontrará el paso a paso para el diligenciamiento y presentación de sus solicitudes (Autorización a Agencia de Aduanas, Radicación y Solicitud Declaratoria de Cumplimiento).

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 82 del 30 de julio de 2020, Por la cual se modifica la Resolución 151 de 2012 modificada por la Resolución 57 del 19 de febrero de 2014, que establece el procedimiento para la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor generados en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios y el impuesto sobre las ventas -IVA.

Para conocer la Resolución 82, haga clic aquí.

A partir de este martes 11 de agosto, Colombia e Israel pondrán en marcha el Tratado de Libre Comercio (TLC) que los dos países firmaron en 2014, el cual abre la puerta a una nueva etapa en la relación entre estas dos naciones. Los ejes de este nuevo relacionamiento serán la innovación y las oportunidades comerciales.

Se trata del primer Acuerdo que se pacta con la región del Medio Oriente, donde no solo hay una población con alto poder adquisitivo, sino oportunidades para bienes industriales y agroindustriales.

Después de cumplir con los trámites internos en ambos lados, los Gobiernos de los dos países acordaron la hora cero para que los empresarios colombianos e israelitas aprovechen las oportunidades que ofrece este instrumento, no solo en materia comercial, de inversión y de cooperación, sino también de innovación.

Para Colombia el TLC se presenta como la oportunidad de impulsar la innovación de la mano de uno de los países que se ha transformado a partir de ella, así como del emprendimiento, estrategias que hacen parte fundamental de la política de desarrollo del actual Gobierno.

De manera virtual, el presidente de Colombia, Iván Duque Márquez, y el primer Ministro de Israel, Benjamín Netanyahu, acompañados de la vicepresidenta Martha Lucía Ramírez, y los ministros de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, y de Relaciones Exteriores, Claudia Blum, y sus pares israelíes, dieron inicio a este periodo que sin duda representa una enorme oportunidad para los emprendedores.

“Pensando en nuestros emprendedores, hemos tomado la decisión de hacer una alianza con este país que es referente mundial para el crecimiento de las denominadas start ups. Israel es reconocido en el mundo por sus políticas y prácticas innovadoras que lo posicionan entre los rankings globales de innovación (puesto 10) y competitividad (puestos 20)”, precisó Restrepo.

Justamente, Colombia hará presencia en Israel a través de una oficina que establecerá iNNpulsa antes que termine el año.

El presidente de este organismo, Ignacio Gaitán, explicó que el propósito de esa oficina es conectar los ecosistemas de innovación y emprendimiento de ambos países, de tal forma que puedan acceder a nuevos mercados, transferir conocimiento y tecnología de punta y acercar a fondos de capital de inversión para los emprendedores colombianos.

“El objetivo es fortalecer sectores y tecnologías tales como agrotech, ciberseguridad, healthtech, edutech y fintech, entre otros, así como generar conexiones de valor que permitan potenciar los emprendimientos colombianos de alto impacto. Queremos apropiar buenas prácticas entre Gobiernos, academia y sector empresarial”, señaló Gaitán.

El acuerdo comercial

Desde este martes, y gracias a la puesta en marcha de este TLC, productos como cosméticos, utensilios de aseo, textiles, confecciones, autopartes, joyería, neumáticos, confites, chocolates, galletas, arequipe, preparaciones de frutas, mermeladas, palmitos preparados, yuca y uchuvas, entre otros, podrán ingresar a Israel con preferencia arancelaria.

“Se trata de un acuerdo de última generación que no se limita solo al comercio de bienes, sino que abre oportunidades en servicios, inversión, compras públicas y cuenta ya con un instrumento complementario sobre cooperación bilateral en investigación y desarrollo industrial. Nos facilitará la puesta en marcha de proyectos de cooperación en áreas como el desarrollo tecnificado de la agricultura, telecomunicaciones, salud pública, innovación, biotecnología y desarrollo de tecnologías ambientales”, destacó el Ministro.

Explicó que tan pronto como entre en vigor este mecanismo, el 99% de las exportaciones industriales que hace Colombia a este destino entrará libre de arancel de manera inmediata y el 1% restante lo hará gradualmente en los próximos 5 años. Así mismo, en el caso de los productos agropecuarios y agroindustriales, el 97% de las exportaciones ingresará libre de arancel inmediatamente y el 3% restante lo hará en un lapso de 5 años.

“Los productos agrícolas y pecuarios tienen potencial para incursionar en el mercado de Israel y son una de las apuestas exportadoras de nuestro país. El producto agrícola colombiano goza de buena reputación en Israel. Se valora la buena calidad y los atributos orgánicos en productos tales como el café y algunas frutas exóticas. Este acuerdo permitirá incrementar los flujos comerciales entre los dos países, en productos como flores frescas, carne de bovino, confitería, frutas exóticas, productos lácteos, alimentos procesados. Iniciamos nuestros esfuerzos, técnicos, diplomáticos y comerciales para lograr acceso sanitario y aprovechamiento comercial”.

Uno de los propósitos del Acuerdo es aumentar las exportaciones no minero energéticas con valor agregado y diversificar la oferta exportable. En 2019, Colombia exportó a Israel US$366 millones altamente concentradas en carbón, De ese total, el 8% correspondió a bienes no minero energéticos, y de este, el 81%, principalmente a café, flores, confites, galletas, y manufacturas de papel. A junio de este año las exportaciones alcanzaron US$197 millones, y de eso US$12,3 millones son bienes no mineros.

“Son más de 7.000 productos colombianos los que podrán ingresar a Israel con alguna preferencia arancelaria. Este TLC se presenta como una oportunidad para diversificar los mercados de destino, así como la oferta exportable del país, dos de los objetivos de nuestra Política de Comercio Exterior. Adicionalmente, Israel es una de las economías más innovadoras y dinámicas del Medio Oriente, lo que nos lleva a establecer programas de cooperación, teniendo en cuenta que contamos con uno de los cuatro Centros de la Cuarta Revolución Industrial que hay en el mundo”, explicó el vocero de la cartera de Comercio, Industria y Turismo.

El TLC en mención también impulsará los flujos de inversión de Israel en Colombia. Los capitales israelíes en el período entre 2002 hasta el primer trimestre de 2020 alcanzaron los US$57 millones, concentradas principalmente en los sectores transporte, agropecuario y comercio.

Los sectores agrícolas y agroindustrial ofrecen importantes oportunidades de inversión para Israel y de cooperación económica bilateral en temas como agrotech (tecnologías aplicadas a la agricultura), sistemas de irrigación y foodtech (ecosistemas de empresarios emprendedores que aplican nuevas tecnologías y desarrollan nuevos productos), dada la confluencia de intereses bilaterales en impulsar el desarrollo agrícola sostenible y la innovación. Colombia busca proyectarse como potencia agroindustrial y despensa internacional de alimentos, aprovechando su potencial productivo y tendencias favorables de mercado.

Israel es una economía de casi 9 millones de habitantes, con un Producto Interno Bruto (PIB) de US$370.000 millones y un PIB per cápita cercano a los US$42.000. El alto poder adquisitivo de los israelíes y la complementariedad de las dos economías abre interesantes oportunidades para los empresarios colombianos.

De otra parte, en las próximas semanas se iniciarán una serie de eventos virtuales que permitirán a los empresarios de los dos países, conocer y aprovechar las oportunidades que abre este tratado.

Por medio de la Resolución No. 131 del 31 de julio de 2020, la Contaduría General de la Nación prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017, 441 de diciembre 26 de 2019 y 109 de junio 17 de 2020), para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo abril – junio de 2020.

Para conocer la Resolución 131, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución 133 del 31 de julio de 2020, por la cual se inactiva el Código Institucional a unas Entidades Contables Públicas.

Para conocer la Resolución 133, haga clic aquí.

La Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria informa a la ciudadanía en general que se encuentra publicada la nueva versión del Prevalidador Reporte Conciliación Fiscal - F2517V2 AG2019 - v1.1.0-20 Anexo Formulario 210, (Año gravable 2019).

Este formulario deberá ser diligenciado y presentado a través de los Servicios Informáticos de la DIAN, por los contribuyentes obligados al Impuesto Sobre la Renta y Complementario, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevar contabilidad y que declaren en el Formulario 210, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 000052 del 30 de octubre de 2018, modificada por la Resolución 000071 del 28 de octubre de 2019, el cual podrá descargar a través del siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx

En los demás casos, el formato deberá ser diligenciado y encontrarse a disposición de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

El Decreto 1089 del 3 de agosto de 2020, emitido por el Ministerio de Hacienda, reglamenta el artículo 258-1 del Estatuto Tributario y se adiciona el Capítulo 27 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre el IVA de activos fijos reales productivos.

Para conocer el Decreto 1089, haga clic aquí.

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