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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 149 del 9 de diciembre de 2021, por la cual se adoptan los Centros de Excelencia como una estrategia para facilitar el comercio exterior.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, se emitió la resolución 145 del 03 de diciembre de 2021 a través de la cual se establecen dos medidas importantes.

La primera consiste en permitir en cualquier modo de transporte uno o varios informes de descargue e inconsistencias siempre que todos queden presentados antes del vencimiento de los plazos establecidos en el decreto 1165 de 2019 y por otro lado se consagró que hasta el 31 de marzo de 2022 los comerciantes de la zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure con establecimiento abierto al público y que acrediten como mínimo tres años de permanencia en la zona podrán importar las mercancías por puertos diferentes a los habilitados en la zona.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 2429 del 22 de marzo de 2018, por medio de la cual se dictan las disposiciones para la implementación de los dispositivos electrónicos de seguridad utilizados en el seguimiento y control de las operaciones de comercio exterior.

 

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El Gobierno nacional continúa trabajando por la reactivación segura del país y expidió, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Decreto 645 de 2021, mediante el cual se busca evitar mayores afectaciones a las operaciones de comercio exterior que se han visto impactadas debido a algunos hechos de violencia y de bloqueos ilegales en distintas vías del país.

Se trata de tres decisiones esenciales. Una de ellas impactará los niveles de ocupación en el Puerto de Buenaventura, facilitando las operaciones de comercio exterior. Las otras dos buscan evitar sanciones por incumplimiento de las obligaciones y términos estipulados en las normas del sector.

La primera de ellas está relacionada con la ampliación, por seis meses, del plazo para presentar el Estudio de Demostración en los Sistemas Especiales de Importación y Exportación (SEIEX), más conocidos como Plan Vallejo, y que evidencian el cumplimiento en la exportación. Esto permitirá a los beneficiarios del programa realizar ventas externas de mercancías en un plazo adicional al que estaba previsto sin estar sujetos a sanciones.

La segunda medida suspende en seis meses el plazo que tienen la Sociedades de Comercialización Internacional para exportar los productos, luego de expedido el certificado al proveedor. Esto facilita a las comercializadoras internacionales no perder el beneficio que consiste en comprar bienes en el mercado nacional, exentos del pago de IVA, y exportar mercancías en un plazo adicional al que estaba previsto. Con esta decisión tampoco se está sujeto a sanciones.

Finalmente, la tercera medida decreta que los Agentes de Carga Internacional que intervengan en la operación y deban informar a la DIAN los datos relacionados con la carga efectivamente descargada, podrán, para cargas del 28 de abril al 16 de junio, presentar el informe de descargue dentro de los 10 días siguientes a la entrada en vigencia del Decreto 645 de 2021.

Si existen inconsistencias deberán reportarse previo a la salida de la carga y si hay sobrantes aplicará la legalización, sin pago de rescate. Por otra parte, las mercancías que lleguen de forma posterior a la entrada en vigencia del Decreto, deben presentar el informe de descargue en los cinco días siguientes a la finalización del mismo, tal como está la norma general. Es importante resaltar que el trámite será documental.

El pasado 25 de mayo, en su visita al puerto de Buenaventura, el presidente de la República, Iván Duque, dijo que el terminal tiene que mantenerse competitivo, dinámico y en la posición estratégica que lo ha caracterizado.

“Que esta sea una oportunidad para que salgamos de Buenaventura con el compromiso de tener una ciudad funcionando, operando y abriendo oportunidades a todos los sectores, así como a los más afectados por la pandemia y la pobreza. Agradezco a esta comunidad que nos haya acompañado. Aquí estaremos haciendo presencia constante para la reactivación económica y para que este Plan de Desarrollo Integral de Buenaventura se haga realidad”, expresó el Presidente en su más reciente visita a la ciudad vallecaucana.

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El próximo 30 de julio, como quedó establecido en el Decreto 1089 del 28 de junio de 2018, Colombia y Costa Rica pondrán en vigencia la profundización del Acuerdo Comercial, negociación que adelantaron a finales del año pasado.

 

El objetivo es aprovechar más y de la mejor manera las ventajas que ofrece el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre los dos países, que entró en vigor en agosto de 2016. Esta profundización lo que busca es mejorar las condiciones de acceso arancelario para cerca de 20 productos colombianos que hoy se exportan a Costa Rica.

 

De esta forma, artículos colombianos como lavaplatos, lavamanos, bidets y cisternas, neumáticos, ropa interior, ropa para bebé, fajas, tirantes y ligas, entre otros, podrán ingresar a Costa Rica con acceso preferencial, en la gran mayoría de los casos con 0% de arancel.

 

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez, explicó que dentro de la política comercial que lidera la cartera a su cargo está el aprovechamiento y profundización de los acuerdos, lo que también impacta la diversificación de la oferta exportable.

 

“Este es un mercado potencial cercano a los US$61 millones para esa clase de productos, que es lo que ese país les compra a otros mercados en el mundo. Esta profundización ayuda al crecimiento y competitividad de la industria colombiana y con eso, por supuesto, ganan los empresarios”, dijo la Ministra.

 

En la negociación de la profundización se agregó una regla alternativa de origen para los productos y preparaciones orgánicas para el lavado de la piel. Esta flexibilización permitirá, además del uso de materias primas regionales, la incorporación de insumos que no son producidos en los dos países. Este Acuerdo impulsará las exportaciones de este tipo de productos al mercado costarricense.

 

De otra parte, las exportaciones no minero energéticas de Colombia a Costa Rica en 2017 cerraron en US$233,3 millones, un aumento del 4,5% con relación a 2016. Entre enero y abril de este año, las ventas de esa clase de productos a ese mercado alcanzaron los US$77 millones, un crecimiento del 13% con relación al mismo periodo de 2017.

 

Para conocer el Decreto 1089 completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que con la Expedición del Decreto 993 de 2015, por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2685 de 1999, se equilibra la facilitación de las operaciones formales de comercio exterior y el control aduanero.

 

El mencionado Decreto considera que las actividades de control de las aduanas modernas deben estar focalizadas en prácticas que representen un riesgo potencial desde el punto de vista del fraude y evasión tributaria; es así como la DIAN racionalizará la utilización de sus recursos para fortalecer la lucha contra el contrabando, dirigiendo sus esfuerzos a la atención de los casos de más alto perfil de riesgo.

 

En el proceso de facilitación de las operaciones de comercio exterior, se requiere un cambio de la visión frente a los errores u omisiones en la descripción de la mercancía de la declaración de importación y se considera necesario modificar las definiciones de "inspección aduanera" y "reconocimiento de carga", para introducir el concepto de "inspección no intrusiva" y para establecer que el reconocimiento de la carga no es óbice para adelantar la inspección aduanera.

 

El documento establece que cuando la inspección aduanera se realiza en la información contenida en la declaración, será documental y considera también que se deben adicionar unas definiciones al Decreto 2685 de 1999, que permitan dar claridad para la aplicación de los procedimientos en relación con Inspección Aduanera, reconocimiento de la carga, acta de inspección y de hechos, análisis integral, descripción parcial o incompleta, intervención de la autoridad aduanera y mercancía diferente.

 

Para conocer el Decreto 993 de 2015 completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y los representantes del sector automotor suscribieron el convenio de cooperación interinstitucional “Centro de Excelencia del Sector Automotor", que tiene como fin agilizar y facilitar las operaciones de comercio exterior.

Esta alianza público – privada incluye a la Asociación Colombiana de Fabricantes de Autopartes (ACOLFA), la Asociación Nacional de Movilidad Sostenible (ANDEMOS), la Asociación Nacional de Comercio Exterior (ANALDEX), la Asociación del Sector Automotriz y sus Partes (ASOPARTES) y la Asociación Nacional de Industriales (ANDI).

Entre varias actividades, el convenio incluye un plan de formación para los funcionarios; la apertura de canales de comunicación e iniciativas para hacer más eficiente la gestión aduanera, así como el intercambio de conocimientos y la unificación de criterios.

Centros de excelencia
Este es el primer convenio enmarcado en la iniciativa de los Centros de Excelencia, que son una herramienta creada por la DIAN para fortalecer y especializar el saber técnico aduanero por sectores económicos. La idea es que estos centros permitan el intercambio de conocimiento con los gremios y las empresas, y que de esta forma puedan estandarizarse y simplificarse los procedimientos aduaneros en el país.

Esta herramienta nació de la Resolución 149 de 2021, que estableció el funcionamiento y propósito de esta figura de facilitación, que procura una comunicación asertiva entre la aduana y el sector privado para los procedimientos aduaneros y la formación de funcionarios en la industria con el propósito de construir herramientas y mejores prácticas.

La firma con el sector automotor es una oportunidad para responder con mayor precisión técnica a las necesidades de la industria en materia de comercio exterior. La DIAN espera implementar esta herramienta con los demás sectores económicos.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en coordinación con el Servicio Nacional de Aduanas de Ecuador, SENAE, han definido las siguientes medidas para facilitar las operaciones de comercio exterior vía terrestre y el tránsito de productos y mercancías, orientadas a solventar la problemática generada por el cierre de la vía Panamericana en el sur del departamento del Cauca, así:

- Utilizar la modalidad de Tránsito Aduanero Internacional (DTAI), para movilizar mercancías desde Puerto Asís (Putumayo), hasta Ipiales (Nariño) y viceversa, atravesando territorio ecuatoriano, de acuerdo con el artículo 3, literal c, de la Decisión 617 de la CAN.

- Utilizar el mecanismo de Uso de Vías contemplado en la legislación aduanera de la República del Ecuador, para mercancías colombianas que necesiten transitar por territorio ecuatoriano, lo cual requiere constitución de garantía específica y expedición de la respectiva providencia administrativa por parte del Servicio Nacional de Aduanas de Ecuador - SENAE.

- La Aduana Colombiana procederá con la suspensión de términos y/o ampliación de plazos para el cumplimiento de las operaciones de Tránsito Aduanero Internacional, previamente autorizadas o que se encuentren en curso.

- Fortalecer la capacidad operativa de las administraciones aduaneras ubicadas en San Miguel - Colombia y Lago Agrio - Ecuador, para responder con eficiencia al incremento de las operaciones de comercio exterior (importaciones, exportaciones y tránsito aduanero) por este paso fronterizo, en el evento de que los usuarios evalúen la conveniencia de movilizar sus mercancías en esa ruta.

Estas medidas se irán complementando de acuerdo con las necesidades que se vayan identificando como resultado de su ejecución y con aquellas que determinen los gobiernos de los dos países en el ámbito de la cooperación binacional.

En aras de garantizar la prestación de los servicios, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima presenta a importadores y exportadores, agencias de aduanas y demás usuarios de comercio exterior de Puertos, Aeropuertos y Pasos de Frontera – PAPF a nivel nacional, el procedimiento transitorio que se adoptará durante la contingencia tecnológica para solicitudes ante la Dirección de Operaciones Sanitarias.

Como medida inicial, el instituto ha habilitado temporalmente la opción de pago y trámite manual de Certificados de Inspección Sanitaria – CIS de importación o exportación, a través de pago electrónico PSE del Banco Davivienda.

De modo que, los interesados en obtener un Certificado de Inspección Sanitaria deberán realizar el siguiente procedimiento:

Pago

Los importadores y exportadores realizarán el pago de tarifa correspondiente, mediante el botón PSE.

Obtención de llave y radicado

El usuario que haya realizado el pago de la tarifa correspondiente al trámite, conforme al manual tarifario vigente (únicamente por el medio habilitado con motivo de la contingencia), deberá solicitar número de llave y número de radicado, a través de la siguiente aplicación:

Enlace: https://certificadoinspeccionsanitaria.powerappsportals.com/

El Gobierno nacional junto a los gremios, con el liderazgo del Ministerio de Hacienda y la DIAN, trabajan de manera conjunta para que las operaciones de comercio exterior se fortalezcan, particularmente aquellas relacionadas con procesos productivos que incluyen mercancías extranjeras que se nacionalizan en zonas francas y que son incorporadas a los bienes finales, todo con el objetivo de dinamizar la competitividad del país.

 

La propuesta es incluir la medida en el Decreto Ley Antitrámites que será proferido por el presidente Iván Duque en noviembre, la posibilidad de un procedimiento que permitirá la devolución del IVA que generen saldo a favor, cuando la materia prima extranjera sea nacionalizada por un usuario industrial dentro de la zona franca. El cobro del IVA en las ventas a clientes en territorio colombiano, es un mandato legal que debe cumplirse.

 

En las zonas francas de Colombia, hay 970 empresas que generan cerca de 165 mil empleos. El Gobierno nacional está comprometido con el desarrollo de las zonas francas, dentro de un marco de legalidad y equidad.

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