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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0101 del 12 de abril de 2023, en el cual responde a una consulta referente a los Estados Financieros consolidados, separados e individuales.

Para conocer el Concepto 0101, haga clic aquí.

La Dirección de Gestión de Fiscalización a través de la Coordinación de Sistemas de Información y Procedimiento de Fiscalización Tributaria de la DIAN, informa que se encuentra publicado en el portal institucional el Prevalidador Reporte Conciliación Fiscal F2516V6_AG2022_v1.0.0-2023 Anexo Formulario 110, (Año gravable 2022).

Este archivo podrá descargarlo a través del portal institucional https://www.dian.gov.co ayuda para los contribuyentes que deben presentar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el Formulario 110, cuyos ingresos brutos obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT, el cual debe presentarse a través de los sistemas digitales de la DIAN.

El Artículo 3° de la Resolución No. 000071 del 28-10-2019, establece que el “Reporte de Conciliación fiscal" deberá ser presentado previo a la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario a la cual corresponda la conciliación fiscal, de acuerdo con los plazos fijados por el gobierno nacional.

Descargue el prevalidador haciendo clic aquí.

Por medio de la Resolución 056 del 3 de abril de 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, modifica el instructivo del Formulario No. 210 “Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes”.

Para conocer la Resolución 056, haga clic aquí.

El Ministerio de Vivienda emitió el Decreto 490 del 4 de abril de 2023, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015, en lo relacionado con las condiciones del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social "Mi Casa Ya" y se dictan otras disposiciones.

Para conocer el Decreto 490, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 455 del 29 de marzo de 2023, el Ministerio de Hacienda modifica los artículos 11.2.5.1.1. y 11.2.5.1.2. Y se adiciona el artículo 11.2.5.1.5. al Decreto 2555 de 2010 para determinar las modalidades de crédito cuyas tasas de interés deben ser certificadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, y se dictan otras disposiciones.

Para conocer el Decreto 455, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 444 de 2023 que establece el Plan de Austeridad para las entidades que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional y que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, fijando medidas concretas en contratación de personal, viáticos, eventos, esquemas de seguridad, suscripciones, así como papelería y telefonía.

La norma determina que la modificación de la planta de personal y la estructura organizacional en las entidades se podrá realizar solo cuando su costo sea cero o genere ahorro, sumado, además, al concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE).

Sin embargo, las transformaciones que representen gasto y que sean “consideradas como prioritarias para el cumplimiento de las metas y políticas del Gobierno Nacional en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo”, también deberán contar previamente con la aprobación del DAPRE.

A su vez, precisa que, en la contratación de personal para la prestación de servicios profesionales, “solo se celebrarán los contratos que sean estrictamente necesarios para coadyuvar al cumplimiento de las funciones y fines de cada entidad, cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados”.

En cuanto a las sedes e inmuebles usados para su funcionamiento, las entidades deberán implementar planes para reducir gastos de arrendamiento, adelantar el mantenimiento de las mismas cuando se realice de manera preventiva y no represente un riesgo para trabajadores. Esto se complementa con el artículo 6 del decreto, que pone en consideración la prelación del trabajo virtual.

En lo que respecta a viajes aéreos nacionales e internacionales, todos los servidores, salvo casos determinados, deberán transportarse en clase económica o una tarifa que no supere su costo. Así mismo, fija estrictos requisitos para el reconocimiento de viáticos.

Sobre los esquemas de seguridad, la Unidad Nacional de Protección (UNP) y la Dirección de Protección de la Policía Nacional, “deberán en lo posible realizar una revisión a los esquemas de seguridad de los servidores públicos de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y procurar reducir su conformación”. La norma es clara y señala que “estas actuaciones deberán ser enmarcadas en el respeto a la vida e integridad personal de los servidores”.

En el marco de la vigilancia, las entidades evaluarán la viabilidad de implementar dispositivos tecnológicos, con el fin de reducir el gasto en este tipo de contratos.

También, a partir de la fecha, deberán abstenerse de celebrar contratos de publicidad y/o propaganda personalizada como almanaques, agendas, pocillos, etc.

“Todo gasto de publicidad estatal deberá enmarcarse en el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos destinados a la contratación, con el fin de evitar el uso excesivo, controlar el gasto público y garantizar la austeridad”, indica el Decreto 444.

De manera enfática, está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación, exceptuando gastos del DAPRE y aquellas reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior).

Para la racionalización en la contratación de estudios y/o diseños, la norma estipula que antes de celebrar dichos contratos, cada entidad deberá verificar si ya se tienen documentos con el mismo o similar objeto, evaluando si es posible utilizar total o parcialmente lo allí contenido para el fin que se propone o si es necesario actualizar o completar. De ser necesario, se aplicarán los principios de contratación pública y sólo se contratarán los trabajos adicionales.

Finalmente, añade que las suscripciones a bases de datos electrónicas, periódicos o revistas especializadas, se realicen cuando sea necesario; pide utilizar medios digitales y evitar impresiones, reducir el consumo, reutilizar y reciclar implementos de oficina, al igual que adoptar las acciones para garantizar la sostenibilidad ambiental como: sistemas de reciclaje de aguas, cultura de ahorro de energía y agua y promover el uso de transportes sostenibles.

Para conocer el Decreto 444, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 442 del 29 de marzo de 2023, por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 511, 615, 616-1 modificado por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021,617,618 Y771-2 del Estatuto Tributario, y se modifican los numerales 3, 5, 8 Y 11 del artículo 1.6.1.4.1., el parágrafo 1 del artículo 1.6.1.4.3., el inciso 1 y el numeral 13 del artículo 1.6.1.4.6., el numeral 2 del artículo 1.6.1.4.12., los artículos 1.6.1.4.16.,1.6.1.4.23. Y 1.6.1.4.26.; se adicionan los numerales 13 y 14 al artículo 1.6.1.4.1., el numeral 9 al artículo 1.6.1.4.3., los incisos 3 y 4 al artículo 1.6.1.4.5. y se sustituyen los artículos 1.6.1.4.4., 1.6.1.4.7., 1.6.1.4.8., 1.6.1.4.15., 1.6.1.4.19. Y 1.6.1.4.27. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionado con los sistemas de facturación.

Para conocer el Decreto 442, haga clic aquí.

Durante la asamblea de la Asociación Colombiana de las Micro, pequeñas y Medianas empresas, Acopi, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, entregó un panorama favorable sobre las iniciativas que el Gobierno del Cambio adelanta con el plan de desarrollo para apoyar la generación de nuevos empleos.

“El empleo es una política de Estado y de esta manera lo debemos garantizar, por eso no solo mantenemos el programa para el fomento a los nuevos empleos, sino que además lo mejoramos, para que incluso llegue a las madres cabeza de hogar. Con esta iniciativa ya se han beneficiado más de 25 mil empleadores, el 95% son pequeños y medianos empresarios que tienen todo el apoyo del Gobierno Nacional”, afirmó la ministra del Trbajo, Gloria Inés Ramírez.

El programa de fomento al empleo le entrega un 25% de un salario mínimo al empleador por cada joven de 18 a 28 años, vinculado formalmente, así mismo un 15% por madre cabeza de hogar y un 10% por hombre o mujer mayor de 28 años. A la fecha se han creado cerca de 760 mil nuevos empleos.

La jefa de la cartera laboral fue enfática al recordar que la reforma laboral que hace su trámite en el congreso de la República, busca proteger los derechos de los y las trabajadores y además garantizar el tránsito de la informalidad hacia la formalidad.

“En Colombia se han hecho reformas laborales que han disminuido los costos del trabajo, sin embargo, no se ha producido ni el empleo, ni se ha tocado la informalidad, la informalidad en este país tiene una sostenibilidad desde los años 90 y se ha mantenido casi que estática en el tiempo, por lo tanto lo que tenemos que hacer es cambiar el modelo de desarrollo”, subrayó, la ministra.

Por otro lado, la alta funcionaria reveló que a diciembre del 2022 la plataforma de domicilios Rappi contaba con 1.850 trabajadores y trabajadoras formales, frente a los 150 mil que sus directivas anunciaron tener en su nómina.

“Es una empresa que tiene su acción internacional, hoy opera en Chile, México, en varios países, pero en Colombia tiene que cumplir la ley como todos los demás”, puntualizó.

Finalmente, la ministra anunció que en los próximos días adelantará reuniones con varias plataformas digitales de reparto para revisar el camino hacia la formalización que plantea el proyecto de reforma laboral.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 051 del 29 de marzo de 2023, por la cual se modifica y adiciona parcialmente el Anexo No. 1 “Formato 2516 versión 4, Reporte de conciliación fiscal anexo formulario 110” y el Anexo No. 3. “Anexo 3: Guía de diligenciamiento del formato 2516 v4.

Para conocer la Resolución 051, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto por el Decreto 455 del 29 de marzo de 2023 que modifica el Decreto 2555 de 2010 y crea nuevas modalidades de certificación del Interés Bancario Corriente (IBC), expidió el 31 de marzo de 2023 la Resolución No. 0475 con las certificaciones del Interés Bancario Corriente para las siguientes modalidades:

- Crédito productivo de mayor monto
- Crédito productivo rural
- Crédito productivo urbano
- Crédito popular productivo rural
- Crédito popular productivo urbano

Estas certificaciones expedidas por la Supefinanciera para las nuevas modalidades de crédito creadas por el Decreto 455 del 29 de marzo de 2023, estarán vigentes desde el 1 de abril hasta el 30 de septiembre de 2023 y podrán ser prorrogadas por tres meses más, en atención al período de transición previsto en la norma.

Para conocer la Resolución 475, haga clic aquí.

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