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Los contribuyentes que a 1 de enero de 2020 tuvieren activos omitidos o pasivos inexistentes en su información tributaria tienen la oportunidad, hasta el 25 de septiembre, de subsanar esta situación a través del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria.

En esta oportunidad, de acuerdo con lo determinado en el Decreto 1010 del 14 de julio de 2020, con el cual se reglamentó lo contenido en la Ley 2010 de 2019 o de Crecimiento Económico al respecto, la tarifa del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria es del 15% de la base gravable, sin embargo, los contribuyentes tienen la oportunidad de repatriar los recursos omitidos del exterior a Colombia antes del 31 de diciembre de 2020 e invertirlos con vocación de permanencia en el país, lo que les permite disminuir la base gravable de estos activos en un 50% liquidando el impuesto con una tarifa de 7.5%.

Es importante tener en cuenta que la vocación de permanencia hace referencia a la inversión y permanencia de los activos en el país por un periodo no menor de dos años.

El contribuyente que tiene el aprovechamiento económico, potencial o real, de los activos omitidos es quien tiene la responsabilidad de declarar, liquidar y pagar el Impuesto de Normalización Tributaria. Sin embargo, la repatriación de los recursos omitidos podrá ser efectuada directa o indirectamente, es decir, por el contribuyente sujeto al impuesto, o la entidad del exterior que es objeto del mismo.

Para efectos patrimoniales, los activos del contribuyente que sean objeto del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria deberán incluirse en la declaración del Impuesto sobre la Renta y complementarios del año gravable 2020 y de los años siguientes cuando haya lugar a ello.

El Decreto 797 de 2020, emitido por el gobierno en el marco de la emergencia sanitaria por la Covid 19 y que establecía que los arrendatarios podían cancelar los contratos de arrendamiento comercial de manera unilateral, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.

El Decreto, que regía hasta el 31 de agosto de 2020, señalaba que el arrendatario estaba obligado a pagar un tercio de la cláusula penal pactada en el contrato, sin mayor sanción.

La Corte aclaró que la sentencia no será retroactiva.

El Gobierno Nacional tomó la decisión de extender las líneas de crédito con respaldo del Fondo Nacional de Garantías, FNG, hasta junio de 2021.

“Este es un mensaje muy importante para el sistema financiero, pero muy importante, también, para los micro, pequeños, medianos y grandes empresarios que van a poder tener acceso a este tipo de productos”, dijo el presidente Iván Duque.

Recalcó que otra de las medidas es la flexibilización de los requisitos para acceder a estas líneas de crédito. “Muchos de los requisitos vamos a flexibilizarlos para poder llegar, también, con éxito a muchos de los empleadores independientes y, sobre todo, a las micro y pequeñas empresas”, aseveró.

A renglón seguido, afirmó que se puso en marcha un programa de garantías para “quienes están emitiendo bonos y acciones” en el mercado de capital.

“Esta operación la empezamos hace, aproximadamente, dos semanas, hoy nosotros también queremos plantearla con muchísimo vigor”, dijo.

Ayudas del Fondo Nacional de Garantías
A la fecha, el Gobierno Nacional, a través del FNG se han desembolsado cerca de $10 billones que “permiten llegar a cerca de 300 mil empresas o un poco más”, señaló el Presidente.

El comportamiento según sectores es comercio al por mayor y al por menor; industria manufacturera y construcción.

Por tamaño de empresas, el 90% de los créditos se han destinado a micros, pequeñas y medianas empresas.

Las regiones con mayores desembolsos son Bogotá, Antioquia, Valle y Atlántico.

Teniendo en cuenta la velocidad a la cual se están consumiendo las líneas, las proyecciones permiten señalar que al cierre del 2020 se puede estar movilizando $19,5 billones de pesos de la capacidad total de apalancamiento del FNG.

Como una medida para reactivar el sector de la vivienda, el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, anunció un programa de garantías, de hasta el 70%, para créditos de Vivienda de Interés Social (VIS) y No VIS.

“Esto es un mensaje donde podemos tener garantías por 7 años, del 70%, para que podamos reactivar también el sector de la vivienda y que el sector financiero permita que se irriguen los recursos de crédito con la inmensa seguridad de que tenemos una garantía, hasta del 70%, por 7 años para estos sectores de la población”, dijo el Mandatario.

A su turno, el Presidente del Fondo Nacional de Garantías, FNG, Raúl Buitrago, señaló que el programa tendrá recursos por $3 billones.

“Se han diseñado una línea garantía para los hogares, para el lado de la demanda, para que puedan mantener el sueño y su ilusión de tener vivienda propia tanto en el sector No VIS, como en el sector VIS. Es una línea por $3 billones”, dijo.

Y añadió que “del total de esos recursos, $2 billones han sido destinados para la línea VIS y $1 billón para la línea No VIS, y las condiciones son relativamente similares; lo que cambia es el subsidio a la comisión”.

Para el producto No VIS habrá un subsidio a la comisión, que es el ingreso que recibe el FNG.

“Habrá un subsidio para aquellas familias que tienen entre 0 y 2 salarios mínimos mensuales de ingreso y 2 a 4 salarios mínimos”, agregó.

“En el caso de la No VIS se habilita la garantía, pero no irá subsidiada, señor Presidente”, puntualizó.

El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 1235 del 14 de septiembre de 2020, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las reglas para la emisión en el mercado de valores, se reglamenta el artículo 2 del Decreto Legislativo 817 de 2020 y se dictan otras disposiciones.

Para conocer el Decreto 1235, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 1234 del 14 de septiembre de 2020, el Ministerio de Hacienda adiciona al Decreto 2555 de 2010, en lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera.

Para conocer el Decreto 1234, haga clic aquí.

El Gobierno sancionó la Ley 2055 del 10 de septiembre de 2020, Por medio de la cual se aprueba la «convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores», adoptada en washington, el 15 de junio de 2015.

Para conocer la Ley 2055, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 1233 del 14 de septiembre de 2020, por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la cobertura del Programa FRECH NO VIS.

Para conocer el Decreto 1233, haga clic aquí.

En agosto el recaudo bruto de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alcanzó la cifra de $8,36 billones, lo que representa un cumplimiento del 103.1% de la meta asignada para el período, generando ingresos adicionales por $253 mil millones.

Este cumplimiento obedece principalmente al comportamiento observado en el recaudo de las retenciones en la fuente a título de renta y de los tributos asociados al comercio exterior. En el primer caso, la retención en la fuente a título de renta aportó el 47.5% del recaudo del mes, al generar ingresos por $3,97 billones con un cumplimiento de la meta del 107.6% y, en el segundo caso, los tributos aduaneros representaron un recaudo de $1,82 billones con lo que se logró la meta asignada en 108.4%.

De manera agregada, por los tributos asociados a la actividad económica interna, se alcanzó un recaudo de $6,54 billones con una participación del 78.3% en los ingresos del mes, mientras que el restante 21.7%, correspondió al recaudo de los tributos asociados al comercio exterior.

De igual forma, se destaca el recaudo obtenido a partir del uso de los Títulos de Devolución de Impuestos – TIDIS, que en el mes de agosto representó la suma de $1,71 billones, mientras que en el mismo mes de 2019 fue de $0,66 billones, es decir, que se dio un crecimiento del 260%.

Es de anotar que los resultados de recaudo son positivos dado el replanteamiento de las metas ante la nueva realidad generada por la pandemia de Covid19.

Enero - agosto
En el período enero – agosto de 2020, el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN sumó $97,12 billones, reflejando un cumplimiento de la meta redefinida como resultado del Marco Fiscal de Mediano Plazo de 101,6%, lo que representa $1,56 billones más respecto de lo esperado.

El 84.5% del total recaudado correspondió a los tributos internos que aportaron la suma de $82,05 billones, mientras que el restante 15.5%, corresponde a ingresos por tributos relacionados con el comercio exterior, que, en el período observado, registraron ingresos por un valor de $15,07 billones.

El 72% del recaudo se concentró en tres conceptos: Retención en la fuente a título de renta con una participación del 34.7% y un recaudo acumulado del período de $33,74 billones; el Impuesto a las Ventas – IVA que aportó el 21.8% e ingresos de $21,16 billones y los tributos aduaneros con una participación de 15.5%.

En cuanto al Impuesto de Renta y Complementarios, se logró un recaudo $14,39 billones que, al ser comparado con la meta asignada para este impuesto en el período evaluado, indica un cumplimiento del 110.8% con un superávit de $1,4 billones.

Es importante mencionar que el pasado 11 de agosto se iniciaron los plazos para la presentación y pago de la Declaración de Renta y complementarios correspondiente al año gravable 2019 por parte de las personas naturales, por lo que a 31 de agosto se habían presentado 1.385.426 declaraciones y de éstas 665.021 contribuyentes aceptaron una o parte de las casillas dispuestas en la declaración sugerida remitida por la DIAN.

Recaudo por Gestión y Facilidades de Pago
Durante el periodo de enero a agosto de 2020, el recaudo por gestión sumó $7,26 billones y el recaudo por gestión de fiscalización $3.66 billones, para un total de $10.92 billones de recaudo en lucha contra la evasión, lo que demuestra el compromiso de los funcionarios de la DIAN a pesar de la pandemia.

Adicional a lo anterior, a 31 de agosto, se habían recibido 8.149 solicitudes de facilidad de pago por valor de $931.893 millones, de las cuales se habían resuelto 3.755 solicitudes por la suma de $553.405 millones. De igual manera, en agosto se realizaron 16.411 acciones que permitieron que los contribuyentes que presentaban mora en el pago de sus obligaciones se pusieran al día, este recaudo sumó $1,39 billones.

Tras la polémica que ha generado el Decreto 1174 de 2020 del Ministerio del Trabajo, la entidad publicó el documento Mitos y Realidades del piso de protección social, en el cual aclara que el documento no es ni una reforma pensional ni laboral.

Para conocer el documento, haga clic aquí.

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