Balance positivo deja la renovación de registros en las Cámaras de Comercio
Con una masiva afluencia de público a las sedes de las Cámaras de Comercio de todo el país y un elevado uso de sus plataformas tecnológicas terminó el plazo que concede la ley para que los empresarios realicen la renovación de su Matrícula Mercantil en las 57 Cámaras de Comercio de Colombia. Este año se registró un aumento del 2.17% de matrículas renovadas y actualizadas en comparación con 2015.
“Con la renovación a tiempo de su matrícula mercantil los empresarios formales ratificaron su condición de personas comprometidas con la competitividad de sus negocios y del país, ya que este es un paso fundamental para la eficiencia empresarial y el diseño de políticas de comercio y control por parte del Estado”, afirmó Julián Domínguez, Presidente de Confecámaras.
Se destaca el buen comportamiento de las regiones suroccidental, central y atlántica, con variaciones positivas del 14,30%, 4,79% y 2,43%, respectivamente.
DIAN inaugura primer núcleo de apoyo contable y fiscal, NAF
Como parte del desarrollo de estrategias y programas en materia de educación y cultura tributaria, la Universidad Santo Tomás y la DIAN en cabeza de su Director General, Santiago Rojas Arroyo, junto con la Directora de Gestión de Ingresos, Cecilia Rico Torres, inauguraron el primer Núcleo de Apoyo Contable y Fiscal – NAF- en Colombia, proyecto que tiene como principal propósito acercar la DIAN con los contribuyentes y la ciudadanía, a través de la promoción del mejoramiento en la prestación del servicio.
Este acercamiento involucra desde el comienzo al sector académico en la creación de espacios de atención permanente donde los estudiantes y maestros (previamente capacitados), ofrezcan de manera gratuita asesoría tributaria en el ámbito normativo o técnico según se parametrice el alcance de la asistencia ofrecida por cada institución. Además de generar confianza con la ciudadanía y mejorar la imagen institucional, se busca generar centros aliados de investigación y producción de conocimiento a partir del ensamble Estado-Academia.
La iniciativa surge como producto de la asistencia brindada por el Programa para la Cohesión Social en América Latina- EUROsociAL, por medio de la metodología de cooperación sur-sur. De esta forma la DIAN busco experiencias exitosas y buenas prácticas en el ámbito internacional que pudieran ser aplicadas en Colombia para fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por medio de estrategias de educación fiscal.
Los NAF
Los Núcleos de Asistencia Fiscal –NAF- son una iniciativa de responsabilidad social diseñada e implementada por la Receita Federal, administración tributaria de Brasil. Actualmente se encuentran en operación más de un centenar de NAF en Universidades de Brasil, El Salvador, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Guatemala, México y Chile.
El objetivo de los NAF es aprovechar la infraestructura existente de los consultorios jurídicos de las universidades, como parte de sus principios de responsabilidad social, con el fin de prestar asistencia o asesoría fiscal a contribuyentes de baja renta. Además se pueden generar espacios para que los estudiantes interesados en temas tributarios, adquieran experiencia por medio de la práctica.
En el evento, organizado por el grupo de Cultura de la Contribución de la Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente en conjunto con la Universidad Santo Tomás se contó con la presencia del rector de la Universidad, Fray Juan Ubaldo López; los vicerrectores académico y administrativo, el Director del Consultorio Jurídico y un equipo de 12 estudiantes que harán la labor social en el NAF.
Resultados del plan de choque contra la evasión año 2015
Fueron presentados ante la Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera los resultados del Plan Anual Antievasión correspondiente a la vigencia 2015. La sesión fue presidida por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público y contó con la participación del Director General y Directores de Gestión de la DIAN, la Defensora del Contribuyente y Usuario Aduanero y representantes de los gremios ANDI, Asobancaria, Fitac, Analdex y Camacol.
Para el año 2015 se fijó en el Plan de Choque contra la Evasión una meta efectiva por fiscalización de $3.5 billones de pesos, la gestión lograda de enero a diciembre de 2015 fue de $ 3.763.865 millones con un cumplimiento del 107,54% frente a la meta anual asignada.
Durante el año 2015 se realizaron los siguientes programas y acciones de control integral (involucran más de un tipo de obligación y/o impuesto), logrando un cumplimiento del 100%:
• Acción decontrolperceptiva RENTA yCREE.
• Acción decontrolaimportadoresdeproductosagrícolas.
• Acción de control a empresas transportadorasde encomiendas y giros.
• Programadeindiciosdeinexactitud RentayCREE.
• Programa control a responsables de la contribución de espectáculos públicos de las artes escénicas y del impuesto sobre la renta.
Principales resultados en materia de otras acciones propuestas
• Se enviaron 119.305 oficios, aprovechando la vigencia del beneficio tributario establecido en el parágrafo 4 del artículo 56 de la Ley 1739 de 2014.
• Se efectuaron 5 procesos de actualización masiva del RUT, sin presencia del contribuyente en Puntos de Contacto, actualizando de oficio el registro a 324.855 clientes a quienes se les habían detectado responsabilidades de acuerdo con la Ley 1739 de 2014.
• Parael casodelas campañas de omisos e inexactos, las acciones se orientaron en dos aspectos:
- Los contribuyentes beneficiarios del Parágrafo 4° del Artículo 56 de la Ley 1739 de 2014: Se identificaron quienes diligenciaron las declaraciones, pero no habían realizado la presentación de las mismas ante las entidades financieras, se enviaron 19.397 correos de invitación a los cuales se presentaron 7.230 declaraciones para una efectividad del 37.3%.
- Se enviaron 62.263 cartas por correo electrónico y medio físico, invitando al cumplimiento de esta obligación a contribuyentes potenciales del impuesto de renta y complementarios de personas naturales, presentándose 5.343 declaraciones para una efectividad del 8.6%
Para conocer el informe completo, haga clic aquí.
Resolución 029, modifica formularios para obligaciones tributarias 2016
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 029 del 29 de marzo de 2016, por la cual se modifica la Resolución 000004 de enero 8 de 2016, “por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el año 2016”.
Para conocer la Resolución 029 completa, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
Circular 014, información para cálculo de reserva matemática para seguros de vida individual
La Superintendencia Financiera presentó la Circular Externa 014 del 30 de marzo de 2016, la cual tiene como referencia: Información mínima para el cálculo de la reserva matemática para los seguros de vida individual.
El texto completo de la Circular 014 es el siguiente:
Apreciados señores:
De acuerdo con lo establecido en el Título 4, Libro 31, Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, a las entidades aseguradoras les corresponde calcular, constituir y ajustar las reservas técnicas, de conformidad con las reglas establecidas en dicha norma y las instrucciones que para tal efecto imparta esta Superintendencia.
En este sentido, en ejercicio de las facultades establecidas en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y en especial de las facultades específicas otorgadas en el parágrafo del artículo 2.31.4.3.2 del Decreto 2555 de 2010 y en el artículo 97 y literal a. del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; esta Superintendencia imparte las siguientes instrucciones relacionadas con el cálculo de la reserva matemática del ramo vida individual:
PRIMERA: Adicionar el numeral 3.6.1.2 al Capítulo II, Título IV, Parte II de la Circular Básica Jurídica (CBJ), relacionado con la información mínima para el cálculo de la reserva matemática para los productos del ramo vida individual.
SEGUNDA: Crear el Anexo 10 “Cálculo de la reserva matemática para los productos de seguros del ramo de vida individual” del Capítulo II, Título IV, Parte II de la CBJ.
TERCERA: La presente circular rige a partir del 1 de septiembre de 2016.
Se anexan las páginas de la CBJ modificadas y el anexo correspondiente.
Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia
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Circular 013, unifica medio de envío de información a Superfinanciera
A través de la Circular Externa 013 del 30 de marzo de 2016, la Superintendencia Financiera unificó el medio de envío de la información transmitida a la Superintendencia Financiera de Colombia.
El texto completo de la Circular 013 es el siguiente:
Apreciados señores:
Teniendo en cuenta que las entidades sujetas a inspección, vigilancia y control de esta Superintendencia actualmente tienen habilitados tres canales de comunicación, a saber, (i) el Sistema Red Digital de Servicios Integrados (RDSI), (ii) el Sistema de Trámites en Línea por Internet y (iii) el Sistema de Canales Dedicados, esta Superintendencia con el objetivo de realizar una actualización tecnológica y unificar los canales de envío de información, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las consagradas en el numeral 5° del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Expedir el documento técnico A-DT-GTI-001 “Transmisión de Información a la SFC”, el cual establece el canal de comunicación a través del cual se envíe toda la información objeto de reporte por parte de las entidades sujetas a la inspección, vigilancia y control de la SFC y las siguientes opciones del Sistema de Trámites en Línea por Internet: 6 =Envío de Informes Financieros; 11=Fondos de Capital Extranjero; 14=Portafolios Financieros; 15=Envío de Información de Operaciones de Intermediación; 18=Transmisión de Informes Especiales y 22=Pruebas.
SEGUNDA: Establecer el cronograma para la realización de transmisiones en modo de pruebas y oficiales (“Cronograma de Pruebas y Transmisiones Oficiales”) que determinará la forma en que empezará a utilizarse el Documento Técnico A-DT-GTI-001, el cual se anexa.
Las entidades deben realizar pruebas obligatorias con el informe que se indica en el cronograma, sin anexos, con corte a 31 de diciembre de 2015.
TERCERA: Dejar sin efectos los Documentos Técnicos SB-DS-016 y SB-DS-015 (relativos a la transmisión de información a través del Sistema Red Digital de Servicios Integrados (RDSI)), conforme se ponga en marcha el cronograma del que trata la instrucción segunda de esta Circular.
CUARTA: La presente Circular rige a partir de su publicación.
Se adjunta: (i) Documento Técnico A-DT-GTI-001 “Transmisión de Información a la SFC” y (ii) Documento “Cronograma de pruebas y transmisiones oficiales”.
Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero
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Circular 012, modificación del instructivo del formato 523
La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 012 del 29 de marzo de 2016, la cual tiene como referencia: Modificación del instructivo del formato 523 (Proforma F.0000-155) “Informe Rentabilidades Fondos de Inversión Colectiva - FICs”.
El texto completo de la Circular 012 es el siguiente:
Apreciados señores:
Este Despacho, en uso de sus facultades legales y en particular de las previstas en el numeral 9º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y con el fin de contar con información oportuna y actualizada respecto de la rentabilidad de los fondos de inversión colectiva - FICs, imparte las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Modificar el instructivo del Formato 523 (Proforma F.0000-155), “Informe Rentabilidades Fondos de Inversión Colectiva - FICs”.
SEGUNDA: Para asegurar la correcta transmisión de la información del Formato 523, con las modificaciones realizadas a través de la presente circular, las entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias del 11 al 15 de abril de 2016 con base en la información con corte al 28 y 29 de febrero de 2016.
Para la validación de la información que las entidades remitirán durante el período de pruebas, esta Superintendencia tendrá en cuenta el reporte oficial del Informe 19 “Catálogo Único de Información Financiera con fines de Supervisión de los FICs” transmitida por las entidades.
TERCERA: Entre el 25 de abril y 13 de mayo de 2016 las entidades destinatarias deben realizar la retransmisión de la información del período comprendido entre el 1 de enero y el 13 de mayo de 2016, utilizando el instructivo definido en la instrucción primera de la presente circular.
CUARTA: La transmisión oficial del Formato 523 se debe realizar a partir del 14 de mayo de 2016, de acuerdo con el instructivo correspondiente.
QUINTA: Para asegurar la consistencia de la información, el Formato 523 debe enviarse con posterioridad a la transmisión del Informe 19 correspondiente al Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión de los FICs.
SEXTA: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Se anexan las páginas del instructivo objeto de modificación.
Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia
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DIAN continúa plan nacional de cobro
Continuando con la misión de recaudar $130 billones, la DIAN viene ejecutando el Plan de Cobro 2016, que pretende recaudar $5.4 billones por concepto de gestión de cobro y $ 2.1 billones de gestión efectiva de fiscalización. Hoy, se realizó el balance de las acciones masivas de cobro ejecutadas durante esta semana en las ciudades de Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Popayán y Pasto.
La ejecución del Plan de Cobro 2016 incluye una estrategia integrada y sistemática. En la parte persuasiva, el pasado 4 de marzo empezó a operar el Centro Nacional de Cobro de la DIAN, en el que se contacta al moroso invitándolo a que pague sus obligaciones y, o se le orienta para que normalice su situación previamente al inicio del cobro coactivo y disposición legal de los bienes de los deudores.
No pagar las obligaciones con la DIAN tiene un alto costo, tanto para el país, como para el moroso por tres (3) razones:
1. Se priva al país de recursos para la obtención de bienes públicos que demandan todos los ciudadanos, incluido el moroso.
2. Tiene un alto costo financiero por la tasa de interés aplicable, que está contemplada en el Estatuto Tributario y corresponde a la más alta permitida legalmente (del 1 de abril al 30 de junio) rige una tasa del 30.81%.
3. Se expone a que observando el debido proceso, se decreten medidas cautelares (embargo de cuentas y bienes), que en casos extremos pueden llegar hasta el remate. Para los morosos de retención en la fuente e IVA, dada su condición de auxiliar de la tributación que recauda dineros de un tercero, la consecuencia del no pago puede ser aún más grave por cuanto puede cerrarse el establecimiento de comercio o lugar donde ejerza la actividad; incurrir en pena privativa de la libertad de 4 a 9 años; así como la imposición de una sanción equivalente al doble del valor no consignado, más el monto adeudado y sus intereses.
Desde el mes de enero viene ejecutándose en las diferentes Seccionales de la DIAN el Plan de Cobro Nacional 2016, que permitió recaudar en el primer mes del año la suma de $840.637 millones.
Actualmente el número de morosos es de 380.345, de los cuales 188.311 son personas jurídicas y 192.034 son personas naturales, cuya cartera suma $4.6 billones gestionables; el 65% de ésta corresponde a actos administrativos producidos por las dependencias de fiscalización, liquidación, jurídica y el 35% restante a declaraciones presentadas por contribuyentes que no pagaron el impuesto autoliquidado o lo hicieron parcialmente.
Gestión en Cali
Entre el 28 de marzo y el 1 de abril en la ciudad de Cali, se adelantaron 850 acciones de cobro que incluyeron 2 cierres de establecimientos de morosos de IVA y Retención en la Fuente; el envío de 33 comunicaciones en las que se informa al deudor que de no ponerse al día de manera inmediata se procederá a imponer sanción de clausura o cierre del establecimiento; y el envío de 76 insumos para denuncia penal por omisión del agente retenedor o recaudador.
Así mismo, producto del embargo de cuentas bancarias a morosos, se aplicaron 652 depósitos judiciales a las obligaciones en mora por valor de $2.444 millones; se tomaron en administración 55 bienes y se realizaron 32 avalúos de bienes.
Circular 011, instrucciones para implementación de Esquema de Pruebas de Resistencia
La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 011 del 29 de marzo de 2016, la cual imparte instrucciones para la implementación del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) y el reporte de información de los resultados.
El texto completo de la Circular 011 es el siguiente:
Apreciados señores:
Esta Superintendencia, en ejercicio de sus facultades y en especial de las conferidas en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y de conformidad con lo dispuesto en el párrafo tercero de la instrucción quinta de la Circular Externa 051 del 28 de diciembre de 2015, considera necesario establecer lineamientos adicionales para la realización de las pruebas de resistencia requeridas por el supervisor y el reporte de los resultados que deben ser remitidos por los establecimientos bancarios, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras.
En virtud de lo anterior, mediante la presente Circular Externa se imparten las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Modificar el Anexo 1 del Capítulo XXVIII de la Circular Básica Contable y Financiera, que establece los lineamientos mínimos para la realización de las pruebas de resistencia requeridas por el supervisor y el contenido del informe cualitativo.
SEGUNDA: Modificar el instructivo de la Proforma F.1000-138 - Formato 527 “Pruebas de Resistencia Requeridas por el Supervisor”, que define el contenido del reporte de información cuantitativo de las pruebas requeridas por el supervisor.
TERCERA: La presente circular rige a partir de la fecha de publicación, las demás instrucciones de la Circular Externa 051 del 28 de diciembre de 2015 continúan vigentes.
Se adjuntan las páginas correspondientes del anexo y del instructivo de la proforma.
Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia
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Circular 010, modifica Circular Básica Jurídica expedida en 2014
La Circular Externa 010 del 29 de marzo de 2016, emitida por la Superintendencia Financiera, modificó la Circular Básica Jurídica expedida mediante la Circular Externa 029 de 2014.
El texto completo de la Circular es el siguinte:
Apreciados señores:
En ejercicio de la facultad señalada en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, este Despacho considera necesario impartir las siguientes instrucciones con el fin de actualizar las disposiciones contenidas en la Circular Básica Jurídica, expedida mediante la Circular Externa 029 del 3 de octubre de 2014, así:
PRIMERA: Modificar el contenido de los numerales 3, 7 y 8 y ajustar el consecutivo de los numerales 4 al 6 y 9 al 13 del Capítulo II del Título IV de la Parte I, con el fin de actualizar las instrucciones impartidas por la Superintendencia Financiera de Colombia en materia de derecho de petición, de conformidad con lo establecido en la Ley Estatutaria 1755 de 2015.
SEGUNDA: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Se anexan las páginas objeto de modificación.
Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia
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