No especular sobre nuevos impuestos pidió MinTrabajo al sector solidario
El ministro del Trabajo, Lucho Garzón pidió al sector solidario no especular sobre una eventual creación de impuestos en la anunciada reforma tributaria.
Aclaró que el Gobierno Nacional no ha tomado ninguna decisión al respecto y que de momento lo que se conoce son las recomendaciones de la comisión de expertos que están siendo estudiadas pero que no son de obligatorio acatamiento.
El pronunciamiento lo hizo el Ministro Garzón en el marco de un foro de economía solidaria que realizó el Congreso de la República para analizar el tema de los posibles gravámenes al sector.
El jefe de la Cartera Laboral manifestó también su complacencia con los voceros de las Organizaciones Solidarias que aceptaron su propuesta de promover un censo a nivel nacional para tener claro cuántas de ellas existen en todo el territorio.
Resolución 015, DIAN reglamenta el Operador Económico Autorizado
El Ministerio de Hacienda, a través de la Resolución 015 del 17 de febrero de 2016, publicada el 17 de abril del mismo año, reglamentó el Operador Económico Autorizado, el cual fue establecido por el Decreto 3568 de 2011.
Para conocer la Resolución 015 completa, haga clic aquí.
Colombia lidera propuesta de estandarizar NIIF para entidades sin ánimo de lucro
La estandarización internacional de las prácticas contables y de información financiera de las ESASL es una preocupación mundial, expuesta en varios foros internacionales desde hace algunos años. Así lo fue en el Congreso Mundial de Contadores celebrado en 2014 en Roma, se comentó en la última reunión de los Emisores Nacionales de Normas del Mundo (WNSS por sus siglas en inglés), llevada a cabo por el IASB en Londres en septiembre pasado y últimamente en el Foro Internacional de Emisores de Normas Contables (IFASS por sus siglas en inglés).
En este último evento, celebrado en Toronto, en días pasados, hubo consenso acerca de la necesidad de insistir antes los emisores mundiales para producir un estándar internacional que recoja las particularidades de las ESAL. El Foro decidió conformar un comité de seis países para estudiar este tema y tratar de avanzar en una propuesta normativa. En este grupo quedó incluido Colombia, que estará representado por el Consejero Daniel Sarmiento P., ponente del DOT 014 sobre este asunto, emitido en octubre de 2015 por el CTCP.
Igualmente, el tema fue abordado en el pasado Directorio del GLENIF (Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera), celebrado en Medellín en abril del presente año, donde se acordó iniciar un proyecto de investigación para la región sobre esta temática, que será coordinado por el Consejero Daniel Sarmiento P. con la participación de representantes de los diferentes países de América Latina.
No cabe duda de que este tema será un asunto de trascendencia internacional en los siguientes años, y que el rol protagónico del CTCP insertará al país en las discusiones internacionales sobre la generación de los estándares internacional de información financiera, tal como es el mandato de la Ley 1314.
Inicia plan piloto del nuevo modelo de factura electrónica
Con la participación de 58 empresas voluntarias de diversos sectores de la economía, entre los que se destacan alimentos, farmacéuticos, hidrocarburos, servicios, comercio, entre otros, y distintas ciudades del país, tales como Bogotá, Medellín, Cali, Cartagena, Bucaramanga y Manizales, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, da inicio al Plan Piloto del nuevo modelo de Factura Electrónica.
La selección de estas 50 empresas se realizó considerando la manifestación de interés hecha por cada una de ellas y el propósito de integrar un grupo diversificado de compañías en representación de la mayoría de sectores de la economía colombiana, así como a la capacidad técnica y operativa de la DIAN para gestionar de manera eficiente dicho Plan.
Objetivos del plan piloto nuevo modelo factura electrónica
• Probar las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica establecida por la DIAN.
• Probar la solución tecnológica desarrollada por la DIAN para la masificación y control fiscal de la factura electrónica, realizando el máximo de procesos que hacen parte del servicio informático.
• Probar las condiciones técnicas y funcionales de interoperabilidad entre las soluciones tecnológicas de facturación electrónica, con las que cuenten los participantes del plan piloto frente al sistema técnico de control para la factura electrónica adoptado por la DIAN, en los términos del Decreto 2242 de 2015 y la resolución 0019 de 2016 y sus anexos técnicos.
• Probar los procedimientos técnicos y administrativos dispuestos por la DIAN para optimizar los niveles de servicio y soporte a las necesidades de quienes facturen electrónicamente.
• Identificar, valorar y mitigar los riesgos que puedan surgir en desarrollo de procesos establecidos para la facturación electrónica y su masificación.
El plan piloto tendrá una duración de 6 meses con las siguientes etapas:
Etapa 1: Socialización de documentación técnica
Etapa 2: Diseño y construcción de la solución de facturación electrónica
Etapa 3: Pruebas del ambiente de habilitación
Etapa 4: Fase de operación
Surtidas las actividades del plan piloto, la DIAN espera contar con una solución tecnológica robusta y suficiente para dar inicio a los procedimientos de recepción y control de facturas electrónicas, y del mismo modo, acometer los trámites de habilitación de quienes, de manera voluntaria, desean facturar electrónicamente, y aquellos interesados en constituirse como proveedores tecnológicos mediante el procedimiento de autorización, contenidos en los artículos 10 y 12 del Decreto 2242 de 2015.
El plan piloto de factura electrónica dará los insumos y experiencias necesarias a la Entidad para la puesta en marcha de la operación del nuevo modelo y con ello su masificación.
DIAN hace recomendación para diligenciamiento del formato 1732
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recomendó a los contribuyentes que al diligenciar su solicitud de envío de archivos para el Formato 1732, se aseguren de que si su declaración del Impuesto Sobre la Renta (Formulario 110), corresponde al año gravable 2015, en el campo “año informado” debe colocar también 2015.
Recuerde que en el prevalidador debe corresponder el periodo seleccionado “año informado”, con el de la solicitud de envío de archivos.
Nuevo llamado de la DIAN a que se declaren y normalicen los activos en el exterior
Para cualquier colombiano que tenga activos ocultos en el exterior, es un buen negocio declararlos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y evitar así el pago de millonarias sanciones al ser detectado a través de los acuerdos de intercambio de información que tiene Colombia y que son prioridad en la agenda internacional, pues es un problema en el que confluyen todos los países.
El Director General de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, indicó que “éste es el momento oportuno para que los ciudadanos declaren. La ley actual permite normalizar los activos pagando el 11.5% pero el próximo año aumenta la tarifa al 13% y a partir de 2018 desaparece la figura y ya no se podrán normalizar los activos ocultos”.
El funcionario reiteró que la Corte Constitucional declaró exequible el artículo sobre Impuesto a la Normalización dando seguridad jurídica a quien se acoja a esta figura. “Cada vez el cerco para esconder activos en el exterior es más estrecho.
Hoy Colombia tiene acuerdos de intercambio de información tributaría con 93 jurisdicciones que permitirán que a corto plazo la administración tributaria podrá saber dónde están los capitales de cada ciudadano”, enfatizó.
Actualmente en Colombia, la evasión tributaria no es un delito, por lo que el ciudadano que normalice sus capitales en este momento, no será investigado penalmente. Por el contrario, si el contribuyente no se normaliza ahora que tiene la oportunidad, cuando en Colombia se penalice la evasión, como lo hacen la mayoría de los países, deberá enfrentar problemas penales.
Los ciudadanos que normalicen no serán expuestos ante la opinión pública y las autoridades, pues están cobijados por la reserva tributaria y ésta es inviolable.
Los ciudadanos que no normalicen los activos, están expuestos a pagar una sanción onerosa del 200% del valor del activo, una vez sean detectados.
Por su parte, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría indicó que "no es ilegal tener recursos en el exterior; lo ilegal es no declararlos. Los contribuyentes tienen una oportunidad irrepetible de declarar ahora los activos omitidos con una penalidad baja que ha sido aprobada por la Corte Constitucional. Cometerían un error grave quienes no lo hagan".
La DIAN reitera que la tarifa del impuesto de normalización tributaria incrementa año a año, por lo que es conveniente que si desea hacer uso de esta figura, lo haga en el presente año, ya que la tarifa del próximo año será más alta.
Los vencimientos para declarar los activos en el exterior y normalizarlos van del 11 al 24 de mayo próximo, según el Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015.
DIAN aclara sección “Distribución concepto saldos” del formulario 140
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, aclaró que en el formulario 140, Declaración Impuesto sobre la Equidad CREE, en la sección “Distribución conceptos saldos”, las casillas:
59 Valor a pagar por impuesto
60 Valor a pagar por sobretasas
61 Valor a pagar por sanciones
Son de carácter informativo y no inciden en la determinación de la base gravable ni en la declaración privada efectuada por los contribuyentes.
Listo decreto para facilitar operación de Zonas Francas
Aumentar la productividad, promover los servicios turísticos y de salud, incentivar inversiones para la generación de empleo y la facilitación de las operaciones de comercio exterior, son algunas de las modificaciones que tiene el nuevo decreto del régimen franco, el cual fue expuesto por la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez-Correa, durante el X congreso de Zonas Francas.
“Con este decreto vamos a unificar la normatividad de esta herramienta y a facilitar su operatividad. De esta manera aumentamos la productividad y competitividad de las ZF con el objetivo de seguir impulsando sus ventas externas de bienes no minero enérgeticos, además de promover la inversión y la generación de empleo”, afirmó la alta funcionaria durante el evento realizado en Santa Marta.
El decreto firmado por la Ministra hará tránsito en los próximos días en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para pasar posteriormente a firma presidencial.
De igual manera, Álvarez Correa destacó la normatividad especial para el sector de hidrocarburos, la cual permite, bajo la modalidad de Zona Franca costa afuera, desarrollar proyectos de explotación y exploración.
Las Zonas Francas en Colombia
Colombia cuenta con 100 Zonas Francas presentes en 20 departamentos, las cuales agrupan 814 empresas, posicionando al país como la economía con mayor número en América Latina.
“En Colombia este instrumento de desarrollo empresarial es ejemplo para el mundo. Es por eso que el año pasado, a pesar de la dinámica negativa en la economía mundial, los parques industriales lograron mantener estables sus niveles de ventas externas, e incluso registrar un aumento del 1,1% del valor de las exportaciones con relación a 2014, alcanzando USD 2.108 millones. Esto representó el 13% de la venta de bienes no minero enérgeticos al exterior”, destacó la Ministra.
Un ejemplo de esto fue el crecimiento de las exportaciones desde Zonas Francas a la Unión Europea, las cuales aumentaron en el último año 30,4%, al pasar de USD68 millones a USD89 millones, impulsadas por el aumento en las ventas a mercados como Italia, los Países Bajos, Francia, Dinamarca y Bélgica.
“Entre 2007 y 2016 se recibieron 3,9 billones de pesos por inversión extranjera directa en Zonas Francas. Debemos seguir trabajando en conjunto, con ProColombia, la ANDI, Analdex y todos los gremios para continuar enamorando a los inversionistas extranjeros de Colombia”, concluyó la Ministra, Cecilia Álvarez-Correa.
Actualmente, gracias al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se redujo el tiempo para el trámite de aprobación de la referida herramienta, pasando de 18 a 6 meses, lo cual posiciona al país al nivel de México y Uruguay.
Concepto 4718, CTCP sobre contabilización de donaciones
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 4718 de 2016, por medio del cual dio respuesta a la siguiente pregunta:
“Una cooperativa de transporte recibe del Departamento para la Prosperidad Social (DPS), una donación en dinero con destinación específica a la compra de un bus. Mi pregunta es: ¿Esta donación se registra en el ingreso cuenta 429509 donación, o como tiene destinación específica se registra directamente en la cuenta del patrimonio 340505 donación, auxilios,etc?”.
Para conocer la respuesta del CTCP, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
DIAN invita a presentar información con relevancia tributaria
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, les recuerda a los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios obligados a llevar libros de contabilidad y que utilicen el formulario 110, que deberán diligenciar y presentar a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Entidad, la Información con relevancia tributaria correspondiente al año gravable 2015 o fracción del año gravable 2016.
Previamente a la presentación de la declaración de renta, dicha información debe ser diligenciada en el formato y especificaciones para el suministro de la información con relevancia tributaria –año gravable 2015– formato 1732, siempre y cuando cumpla una de las siguientes condiciones:
- Quienes a 31 de diciembre de 2015 estuvieran calificados como Grandes Contribuyentes,
- Quienes a 31 de diciembre de 2015 tuvieren la calidad de agencia de aduanas,
- Las personas jurídicas y asimiladas, las personas naturales que a 31 de diciembre del año 2014 posean un patrimonio bruto superior a $1.280.003.935 o hayan obtenido en el año 2014 ingresos brutos, superiores a $1.280.003.935.
Los contribuyentes que aplicaron en su contabilidad las normas internacionales de información financiera - NIIF a partir del 1 de enero del 2015, deberán diligenciar en la columna "valor contable" lo que corresponda a los conceptos que a ésta le sean homologables y en la columna "valor fiscal", lo que deba hacerse de conformidad con el Estatuto Tributario. Por su parte, quienes no hayan aplicado este nuevo marco normativo, deberán registrar en la columna de "valor contable" sus hechos económicos de conformidad con los Decretos 2649 y 2650 de 1993.
Se recuerda que no presentar la información solicitada por parte de los obligados, presentarla con errores o presentar información no solicitada, puede acarrear sanciones.