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Sobre la pena de cárcel para evasores en la reforma tributaria, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público; la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN; y los senadores y representantes de la Cámara coordinadores y ponentes del proyecto de Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, hicieron las siguientes aclaraciones:

- El proyecto de Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social avanza cumpliendo con un diálogo abierto con el Congreso de la República, el sector privado, la sociedad civil, el gobierno y los medios de comunicación.

- Han sido más de 300 horas de debate, reuniones con empresarios, ciudadanos, ponentes y coordinadores del proyecto de Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social. Todos estos actores han expresado su interés por mejorar el contenido del articulado para que se adelante la ponencia y la votación en primer debate. Lo propio han hecho los integrantes de las bancadas de gobierno y de la oposición, trabajando para tener un articulado cada vez mejor.

- Con relación a la discusión sobre los artículos que tienen que ver con castigos penales por incumplir con las normas tributarias, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público; la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN; los senadores y representantes de la Cámara coordinadores y ponentes del proyecto de Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, no consideran correcto que se señale a senadores y representantes que han contribuido con sus proposiciones y reflexiones, para que la Reforma alcance sus objetivos. Las discusiones se han dado en un espacio amplio donde todos los integrantes del legislativo han expresado sus comentarios y opiniones sin restricciones.

- En próximas semanas se radicará la ponencia del proyecto de Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, luego de incorporar muchas de las modificaciones propuestas por los congresistas. Y así la iniciativa continuará su trámite democrático de aprobación ante el Legislativo.

Por medio del Concepto 411 del 13 de septiembre de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre las reservas con destinación especifica - prima en colocación de acciones.

La consulta a la entidad fue la siguiente: ¿Puedo usar una prima en colocación de acciones en una reserva con destinación específica? ¿y al realizar el uso de dicha reserva, como sería la contabilización de su uso?

Para conocer la respuesta de la entidad y el Concepto 411, haga clic aquí.

El Ministerio del Trabajo emitió el Concepto 42111 del 26 de agosto de 2022, por medio de la cual responde a una consulta referente a la obligación de cotización aportes al Sistema de Seguridad Social por factores no salariales Ley 1393 de 2010, artículo 30, en atención a Sentencia de Unificación del Consejo de Estado.

Para conocer el Concepto 42111, descargue el archivo adjunto a esta nota.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, informó que una vez cerrado el proceso de discusión pública del Documento para Proyecto de Ley por Medio del Cual se regula la Revisoría Fiscal, se recibieron 68 comentarios de diferentes remitentes entre personas naturales y jurídicas.

El plazo para la recepción de comentarios venció el jueves 15 de septiembre de 2022 luego de que el CTCP accediera a la solicitud de algunos peticionarios respecto de la ampliación de la fecha límite inicial definida (que era del 31 de agosto de 2022).

Ahora el CTCP se encuentra en la etapa de organización y consolidación de la retroalimentación recibida por parte de la comunidad para empezar el análisis integral de la propuesta original y los comentarios remitidos. Tal ejercicio derivará en la entrega de una propuesta final por parte del CTCP a las direcciones de Regulación de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público, para su estudio y probable radicación como proyecto de ley ante el Congreso de la República.

La propuesta original, entregada por el Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal al Consejo Técnico en julio de 2022, es el resultado del trabajo conjunto de los profesionales de la contaduría pública que atendieron la convocatoria pública en las regiones del país y que autónoma y democráticamente eligieron sus representantes y metodología de trabajo.

El documento objeto de discusión pública está disponible haciendo clic aquí.

Alrededor de 7.500 contribuyentes de las actividades económicas de comercio de calzado, prendas de vestir, bares y restaurantes fueron identificados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, al tener obligaciones tributarias pendientes de pago con la entidad. La cartera adeudada por estos contribuyentes es cercana a los $1,1 billones.

De esta forma, la DIAN enfocará este mes esfuerzos y acciones del Plan de Cobro y Fiscalización, en el marco de las jornadas “Al día con la DIAN le cumplo al país" a dichas actividades económicas, que, a propósito de la celebración del día del amor y la amistad, verán fortalecidas sus operaciones de comercio.

En los análisis de datos y mediciones adelantados por la entidad, se evidenció que, de acuerdo con la actividad económica desarrollada, cerca del 88% de la cartera de estos deudores se concentran en el comercio al por mayor de calzado y prendas de vestir. El restante, en las actividades económicas de expendio de comidas preparadas y licores.

Con respecto a la zona de influencia geográfica y las cifras de cartera vencida, el 85% de los deudores se encuentran en la jurisdicción de las seccionales de Bogotá (44%), Cali (11%), Barranquilla (10%), Medellín (8%) y la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes (12%). Adicionalmente, se pudo identificar que, el 75% de los deudores son personas jurídicas, el 11% personas naturales y el 14% restante están catalogados como gran contribuyente.

La DIAN hace un llamado a estos grupos de contribuyentes para que se pongan al día en sus obligaciones, y les ofrece disposición del personal para entregar la información que facilite el pago de dichas obligaciones. En los próximos días se establecerá contacto con estos contribuyentes en mora y con quienes se esté adelantando el proceso de cobro para orientarles en el proceso a llevar a cabo.

En lo que tiene que ver con las acciones de Fiscalización, se adelantará una jornada de control de obligaciones formales en diferentes ciudades del país a establecimientos que desarrollan actividades comerciales en almacenes generales, tiendas por departamento o de comercio al por menor, de prendas de vestir, calzado, prestación de servicios de bares y restaurantes.

Paralelamente, se verificarán las demás obligaciones formales y sustanciales de comerciantes del país.

A lo anterior se suman las acciones de control aduanero a establecimientos de comercio de mercancía de origen extranjero relacionada con la celebración del amor y la amistad.

Finalmente, como resultado del desarrollo de las acciones de control a las personas vinculadas con el comercio de calzado y de prendas de vestir, se han obtenido ingresos por pago de sanciones de $48.579.670.

Resultados lucha contra la evasión

Entre enero y agosto, como resultado de las acciones de lucha contra la evasión y el contrabando, la entidad alcanzó un valor de $20,94 billones, el cual está representado en $16,39 billones de ingresos efectivos y $4,56 billones por gestión de fiscalización.

Estas cifras evidencian un crecimiento porcentual acumulado de 41,6 % con corte a 31 de agosto de 2022, comparado con el mismo periodo del año anterior.

Miércoles, 28 Septiembre 2022 08:46

Concepto 360, CTCP sobre venta neta

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 360 del 13 de septiembre de 2022, por medio del cual responde a una consulta sobre la venta neta en plataformas de streaming.

La consulta a la entidad fue la siguiente:

“Por medio de la presente me dirijo a ustedes para solicitarles por favor emitir un concepto legal de Venta Neta en el territorio Colombiano. La presente para aclarar qué tipo de descuentos se pueden deducir de la venta neta de un producto audiovisual a una plataforma de streaming”.

Para conocer la respuesta de la entidad en el Concepto 360, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 285 del 19 de septiembre de 2022, referente al Reconocimiento de Producto agrícola. La consulta hecha a la entidad fue la siguiente:

“(…) Para una empresa ganadería que se dedica a la venta de leche me podría indicar ¿cuál es la orientación para el manejo del inventario, y como seria el tratamiento del reconocimiento del valor razonable cuando se lleva al inventario con una cuenta del ingreso y su proceso tributario?”.

Para conocer la respuesta de la entidad y el Concepto 285 completo, haga clic aquí.

La conciliación en equidad es un Método de Resolución Conflictos -MRC-, gratuito, en el que un tercero, denominado conciliador/a en equidad, facilita a las partes en conflicto para llegar a una solución. El/la conciliador/a en equidad es un/a líder comunitario/a, no abogado, quien está habilitado por ley para ayudar a resolver conflictos.

Objetivo: Promover la resolución pacífica de conflictos de arrendamientos, por entrega de inmuebles, pago de cánones de arriendo y servicios pendientes, convivencia arrendatario y arrendador, entre otros, por cuantías inferiores a $5.000.000 (cinco millones de pesos).

Dirigido a: Ciudadanía de estratos 1 y 2 de Bogotá y municipios jurisdicción de la CCB.

Metodología: Las personas interesadas en acceder al servicio pueden agendar su cita a continuación.

La realización de las audiencias de conciliación en equidad será vía remota y presencial, en las siguientes sedes:

Sede y Centro Empresarial Kennedy - Avenida 68 No. 30-15 Sur, segundo piso
Sede Soacha, Carrera 7 No. 11 – 83, tercer piso 3.
Los horarios para agendar su caso en el enlace son: martes, miércoles y jueves de 9:00 a .m. a 3:00 p. m.

Condiciones del servicio:
Los cupos son limitados, una vez se complete el mismo, se cerrará la campaña
Las cuantías que superen los $5.000.000 serán remitidas al servicio de conciliación en derecho
Es necesario adjuntar un recibo de servicios del predio en dónde reside el convocante
Para las audiencias de conciliación en equidad remotas, se realizarán vía WhatsApp, por lo que tanto convocante como convocado deben contar con plan de datos y acceso a la aplicación
Para la audiencia de conciliación en equidad, tanto convocante como convocado deben contar con por lo menos 3 horas de tiempo.

¿Para qué sirve la Conciliación en Equidad?
Contribuye a restablecer las relaciones sociales
Genera espacios de confianza y construcción de convivencia pacífica.
Garantiza el acceso a la administración de justicia, es ágil y sin costo
Fomenta el empoderamiento y autonomía de la comunidad.
Fortalece la identidad y la pertenencia, al incidir en la construcción de tejido social, la convivencia y la resolución pacífica de conflictos.

Mayores informes: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Ante una entidad financiera podrán postularse del 22 al 29 de septiembre aquellos empleadores que generaron nuevos empleos en el mes de agosto y acceder a los incentivos que entrega el Gobierno Nacional.

El estímulo que tiene vigencia hasta agosto de 2023 y que podrá recibir el empleador un máximo de doce pagos, beneficia a personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y las cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado por el mes completo, trabajadores adicionales al comparar con las cotizaciones del mes de marzo de 2021, respecto de sus trabajadores dependientes.

Después de recibir y verificar los documentos para la postulación del mes, por parte de las entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito, la información se traslada a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP, que realizará la respectiva validación.

El apoyo estatal se otorgará con los siguientes criterios:
Por trabajadores adicionales entre 18 y 28 años, el empleador recibirá como incentivo el equivalente al 25% de un salario mínimo legal mensual vigente
Por haber incluido en la nómina mujeres mayores de 28 años, se otorgará el 15 % de un salario mínimo
Por cada hombre mayor de 28 años vinculado adicional, se entregará el 10% de un salario mínimo
Postulación

Para la postulación del mes de septiembre el empleador debe presentar ante la entidad financiera:
Formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo a la generación de nuevos empleos
Anexar certificación de cumplimiento de requisitos
Copia del Registro Único Tributario -RUT del empleador, expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.

Datos
A la fecha se han generado más de 624 mil empleos, siendo los departamentos donde más empleadores se han beneficiado por el incentivo del Gobierno Nacional: Bogotá (8.119), Antioquia (5.112), Valle del Cauca (2.216), Santander (1.212), Cundinamarca (1.168), Atlántico (942) y Norte de Santander (627)

De los 624 mil 601 nuevos empleos, 469 mil 706 corresponden a jóvenes entre 18 y 28 años; 83 mil 615 a mujeres mayores de 28 años y 71 mil 280 a hombres mayores de 28 años, según reporte de la UGPP

Un estudio realizado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público muestra que la Tasa Efectiva de Tributación (TET) empresarial en Colombia es del 25,5%, cifra que está por debajo de la tarifa nominal del impuesto de renta (35%).

Esto como resultado, principalmente, de los beneficios tributarios a los que acceden, en mayor medida, las grandes empresas (ingresos superiores a $50 mil millones al año).

En este sentido, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo, explicó que con la reforma tributaria la TET llegaría a 29,4%, cifra muy inferior a los datos que resultan al omitir beneficios tributarios o por cuenta de otras imprecisiones. De hecho, el Proyecto de Ley busca reducir beneficios injustificados, según señala el informe de la cartera.

En el caso del impuesto a los dividendos, el proyecto de reforma tributaria reduce la carga para pequeñas y medianas empresas, y solo la incrementa para las grandes. Lo anterior es consecuencia de la implementación de un esquema marginal y progresivo sobre la tributación de los dividendos.

El estudio menciona, además, que el cálculo de tarifas efectivas de tributación que realiza la OCDE, con su propia metodología, muestra que la carga impositiva empresarial en Colombia es menor (o igual) que las tasas de Costa Rica, Chile, Argentina y México, y es cercana a las de Perú y Brasil.

Para acceder al informe del Ministerio de Hacienda y Crédito Público actualizado al 22 de septiembre de 2022, haga clic aquí.

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