Mostrando artículos por etiqueta: Servicios informáticos
Resolución 039, modifica Resolución 046 sobre sistemas informáticos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 039 del 10 de 2021, por la cual se modifica la Resolución 000046 de 2019, sobre el restablecimiento de los sistemas informáticos y el requisito de los usuarios de actualizar la información manual.
DIAN reestablece servicios informáticos para declaración de renta
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, de acuerdo con la certificación de la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, el día 26 de septiembre de 2023 se terminaron los ajustes al sistema para la presentación de las declaraciones de renta del año gravable 2022.
En consecuencia, las personas naturales cuyos dígitos terminados en 63, 64, 65, 66, 67 y 68 podrán declarar hasta el 27 de septiembre —sin liquidar la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 del Estatuto Tributario—, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 579-2 del Estatuto Tributario.
DIAN incentiva el uso de los servicios informáticos para autogestionar trámites
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, continúa fortaleciendo sus servicios informáticos, por ello, recuerda hacer uso de los canales virtuales para realizar por sí mismos sus trámites.
Con la autogestión, la entidad busca desarrollar una relación más cercana, equilibrada y segura con los ciudadanos, a partir de una experiencia virtual de servicio ajustada a sus necesidades, con mayor cobertura, que evita desplazamientos y tiempos de espera, reduciendo así, los costos de cumplimiento.
Un usuario puede realizar por sí mismo lo siguientes trámites de RUT a través de los servicios digitales:
1. Inscripción de personas naturales
2. Actualización de personas naturales y jurídicas
3. Obtención de copia del RUT
4. Solicitud de cancelación del RUT
5. Solicitud de retiro de consumo a no responsable de consumo en restaurantes y bares.
6. Solicitud de retiro de IVA a no responsable.
La DIAN recuerda que todos los trámites de RUT son autogestionables a través de los servicios en línea de la DIAN.
Ahora bien, a través de la App DIAN el usuario puede:
Consultar:
Estado de devoluciones
RUT a través del código QR
Estado de obligaciones tributarias
Factura Electrónica a través del código QR
Responsabilidad como facturador electrónico
Próximos vencimientos tributarios
Información reportada por terceros
Actualizar:
Correo electrónico y teléfono inscritos en Su RUT
Conectarse con los servicios de:
Inscripción en el RUT
Generación del Instrumento de Firma Electrónica, IFE
Régimen Simple de Tributación, RST
Diligenciamiento y presentación de las declaraciones tributarias (Renta personas naturales 210, Recibo Anticipo Simple 2593 y Declaración Anual Consolidada 260)
Consulta del registro de notificaciones electrónicas
Preguntas frecuentes
Consulta de conceptos jurídicos
Comunicación con uno de nuestros agentes de servicio del Contact Center
Peticiones, Quejas, Sugerencias, Reclamos y Denuncias, PQSRD
Tenga en cuenta que podrá agendar una cita mediante videoatención, con la participación de un funcionario de la DIAN, en los siguientes casos
1. Si es persona natural o jurídica y no requiere matrícula mercantil, pero por incidente o falla técnica verificable no puede inscribirse a través del servicio en línea RUT Virtual dispuesto para tal fin.
2. Actualización de datos de identificación.
3. Retiro de responsabilidades.
4. Agregar y retirar calidades aduaneras.
5. Solicitud de Retiro de IVA a no responsable, cuando no tienes Firma Electrónica.
6. Solicitud de Retiro de consumo a no responsable de consumo en restaurantes y bares, cuando no se tiene Firma Electrónica.
7. Solicitud de cancelación de la inscripción en el RUT (Sucesión liquidada), cuando no tienes Firma Electrónica.
8. Cuando como cliente no cuente con la contraseña de ingreso a los servicios en línea y en el RUT no tiene todavía un correo electrónico registrado o no recuerda la contraseña del correo electrónico registrado.
DIAN declara estabilidad de los servicios informáticos electrónicos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que la Plataforma Tecnológica y los Servicios Informáticos Electrónicos de la entidad se encuentran estables y funcionando con total normalidad.
Por lo tanto, se levanta la contingencia establecida el día 13 de enero de 2020 para los contribuyentes que no habían podido presentar la declaración y pago por inconvenientes generados con la renovación o emisión de la firma electrónica.
DIAN amplía plazo para ImpoRenta por Servicios Informáticos Electrónicos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó la estabilidad y correcto funcionamiento de los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE) para la prestación de trámites y servicios de la Entidad.
En consecuencia, y de conformidad con la certificación emitida por la Subdirección de Gestión de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, se levanta la contingencia para los Servicios Informáticos Electrónicos.
Por ello, los contribuyentes con últimos dígitos de los NIT terminados en 95 y 96 y 93 y 94 que tenían vencimiento el pasado viernes 9 de agosto y el lunes 12 de agosto, respectivamente, tendrán plazo de presentar la declaración, sin sanción, un día después de levantada la contingencia.
Esta medida también aplicará para las declaraciones de retención en la fuente con último dígito en 0 y 9 correspondientes al viernes 9 de agosto y hoy lunes 12 de agosto, respectivamente.
La DIAN seguirá monitoreando permanentemente todos los Sistemas Informáticos Electrónicos para prestar un servicio óptimo a la ciudadanía.
DIAN declara estabilidad de los servicios informáticos electrónicos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que la Plataforma Tecnológica y los Servicios Informáticos Electrónicos de la entidad se encuentran estables y funcionando con total normalidad.
La DIAN continuará el monitoreo permanentemente de los Sistemas Informáticos Electrónicos.
Restablecidos la mayoría de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, logró que la mayoría de los SIE estén en funcionamiento.
Los sistemas informáticos de información extranjera, base clasificaciones arancelarias, publicación web de actos administrativos (notificaciones) corrección de declaraciones de renta y notificar no se encuentran disponibles, y los SIE de PQRS, devoluciones, factura (habilitación) y numeración de facturación presentan intermitencia.
La DIAN destacó que trabaja para restablecer los servicios lo antes posible.
Se restablecen parcialmente los sistemas informáticos electrónicos de la DIAN
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que de conformidad con la certificación emitida por la Subdirección de Gestión de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, los siguientes servicios se encuentran funcionando con normalidad:
Diligenciamiento (Presentación de declaraciones); gestión masiva (Inconsistencias); gestión EAR, control EAR; contabilidad (ingreso); gestión de expedientes; devoluciones; ReteSal - régimen entidades sin ánimo de lucro; factura electrónica (producción); importaciones Siglo XXI ; digiturno, certificados de origen; SIEX, PQRS, RUT; exportaciones; importaciones carga; selectividad Muisca; WS-RUT Cámaras de Comercio; emisión, renovación o revocación del mecanismo de la DIAN para certificación y firma digital; obligación financiera; usuarios no registrados; gestor (SIAT); Comer20 (SIAT) ; SIPAC (SIAT) ; profia para importadores y ADA.
En relación con los siguientes Sistemas Informáticos Electrónicos (SIES), continuamos trabajando en su restablecimiento, por lo que se mantiene la contingencia hasta hoy 3 de diciembre.
Factura electrónica – habilitación; numeración de facturación; certificados al proveedor; conciliación contable y fiscal; publicación web de actos administrativos (notificaciones) ; exógena formato 1159; corrección de declaraciones de renta, notificar, informe de recaudo que generan los bancos, Radicación de solicitudes y registro de los contratos de importación de tecnología; Presentación de conciliación fiscal a través del Formato 2516; responsabilidad de obligación a factura electrónica y Solicitud especial RUT.