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Circular 021, manejo de recursos públicos a través de los canales transaccionales
La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 021 del 24 de septiembre de 2019, que tiene como referencia: Medidas preventivas para manejar los recursos públicos a través de los canales transaccionales por parte de los Entes Territoriales y Empresas Sociales del Estado (ESE).
El siguiente es el texto completo de la Circular 21:
Apreciados señores:
Con el propósito de fortalecer la gestión del riesgo operativo asociado con el manejo de las cuentas de los Entes Territoriales y de las Empresas Sociales del Estado (ESE), en particular aquel derivado de los procesos de transición entre administraciones, y considerando que las próximas elecciones regionales se llevarán a cabo el 27 de octubre de 2019, esta Superintendencia considera oportuno que los Establecimientos de Crédito recomienden a las citadas entidades algunas pautas mínimas de seguridad para manejar los recursos públicos, entre otras:
• Mantener actualizado el software operativo y de seguridad de los equipos en los cuales se realizan operaciones con recursos públicos.
• No compartir las claves ni los elementos de seguridad como los tokens.
• Adoptar controles efectivos para custodiar los Tokens.
• No compartir con otros usuarios los equipos desde los cuales se realizan las operaciones. Deben ser de uso exclusivo de los administradores de las cuentas. No ingresar a los portales desde otros equipos.
• Atender oportunamente los mensajes de texto o correos electrónicos que se envían notificando las operaciones realizadas, aun cuando ellos se reciban en horarios no hábiles.
• Verificar con frecuencia el saldo de las cuentas.
• No abrir correos de dudosa procedencia, no instalar archivos que puedan contener software malicioso ni navegar por sitios desconocidos en los equipos donde se realizan las operaciones.
• La importancia de inscribir, cuando sea posible, un correo institucional para la notificación de las operaciones realizadas.
• Implementar estándares de seguridad, calidad e idoneidad, para la contratación de terceros encargados de la revisión y mantenimiento de los equipos e instalación de software o hardware que soportan la realización de operaciones.
• Adoptar las demás recomendaciones de seguridad formuladas por los establecimientos de crédito.
En adición y de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 326 del Decreto 663 de 1993 y el artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y con el propósito de impartir instrucciones relacionadas con las medidas preventivas para manejar los recursos públicos a través de los portales transaccionales, se imparten las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Adicionar el numeral 1.5. al Capítulo I, Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica (CBJ), que contiene las instrucciones relativas al acceso e información por parte del consumidor financiero.
SEGUNDA: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Se adjuntan las páginas correspondientes.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia
Resolución 092, modifica procedimiento contable para recursos entregados en administración
La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución No. 092 del 8 de mayo de 2020, por la cual se modifica el Procedimiento contable para el registro de los recursos entregados en administración y el Catálogo General de Cuentas, del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público.
Para conocer la Resolución 092, haga clic aquí.