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Mostrando artículos por etiqueta: Criptomonedas

Miércoles, 18 Septiembre 2019 10:36

Seminario Criptoactivos ¿Tabú o Realidad?

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SEMINARIO CRIPTOACTIVOS  ¿TABÚ O REALIDAD?

Los criptoactivos están democratizando los medios de producción, permitiendo a personas de todos los estratos sociales mejorar su calidad de vida; se trata de una tendencia que llego para quedarse. Sin embargo y pese a los impactos positivos que han tenido, estos aún se ven con un gran tabú social. Tabú que la ICEF y UNAULA por medio de este seminario busca mitigar.

 

Objetivo:

Informar al público en general acerca de la historia, tratamiento, legislación y aplicación de los criptoactivos en Colombia.

*Dirigido a público en general

 

INFORMACIÓN GENERAL:

 

FECHA: 17 de octubre

LUGAR: Universidad Autónoma Latinoamericana

DURACIÓN: 4 horas

HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m.

VALOR: $125.000

 

AGENDA ACADÉMICA

  • Historia del Block Chain y los Criptoactivos ¿por qué su definición?
  • Conceptos básicos de los criptoactivos
  • Los criptoactivos según el G7, el G20 y los principales actores económicos mundiales
  • Tratados internacionales que deben respetarse
  • Los criptoactivos en Colombia ¿son legales?
  • Legislación Tributaria en Colombia
  • Requisitos y usabilidad en Colombia
  • Contratos con Criptoactivos

 

EXPOSITOR:

 

JONATHAN LONDOÑO MUÑOZ

Abogado egresado de la Universidad Católica Luis Amigó, Especialista en Derecho Penal y Criminología de esta misma institución, allí realizó también un Diplomado en Conciliación Extrajudicial en Derecho a lo que le sumó un Diplomado en Docencia Universitaria realizado en la Institución Universitaria de Envigado. Su trayectoria laboral le ha otorgado la oportunidad de ser parte del INPEC, donde fue Asesor Jurídico, también ha sido Abogado Litigante en el Área Penal y Consultor en Derecho Penal Empresarial o Criminología Corporativa, Fintech y Criptomonedas, cargos que ha llevado en conjunto con la labor docente.

 

DESCUENTOS:

 

Descuentos por convenio: 20% egresados, administrativos y docentes UNAULA; 30% estudiantes de pregrado activos UNAULA; 25% estudiantes de posgrados activos UNAULA; 15% egresados de cursos de extensión ICEF UNAULA

Descuento por pronto pago: 20% pagos con 15 días de anticipación.

Descuento por grupos: 15% grupos de 10 personas o más; 7% cinco personas bajo la misma factura;

5% tres personas bajo la misma factura

Notas:

* Estos descuentos no son acumulables

*El valor incluye memorias y certificado.

 

INSCRIPCIONES:

Diligenciando el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links:ICEF o EDUCOo en el teléfono: 57 (4)4442926.

Realice su pago a través del botón pagos en línea en la página web ICEF o por el botón de pagos de UNAULA.

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280. Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045, si lo hace por transferencia envíe copia de esta al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Solicite link de pago con tarjeta de crédito al teléfono (4)4442926

 

MAYORES INFORMES

 

Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF

Teléfono: (4) 4442926

Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641

Página Web: www.icef.com.co.

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo." target="_blank">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

 

Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193

Celulares: 3015215938

Página Web: www.unaula.edu.co

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

POLÍTICAS DE VENTA ICEF

Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago.

Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP- publicó el Documento de Orientación Técnica número 20 Criptoactivos: Gestión Contable en Colombia. Esta guía, que no tiene carácter vinculante, tiene como objetivo el orientar el manejo contable en aspectos generales de los hechos económicos relacionados con este tipo de operaciones comerciales, para su reconocimiento, medición, revelación y presentación.

De la misma forma, no compromete las decisiones gubernamentales o regulatorias que puedan estarse trabajando dentro de las directrices del Gobierno Nacional y, especialmente, del Banco de la República y su alcance excluye a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

El documento es el resultado de la voluntad del CTCP de contribuir en la orientación técnica de la que considera una realidad económica y es derivada del trabajo ininterrumpido del Comité Técnico Ad honorem de Expertos en Criptoactivos -CTEC- conformado por el propio Consejo Técnico en los primeros meses de 2022.

La orientación contiene aspectos generales de la contabilización de activos virtuales criptográficos, entendidos bajo la definición dada por el Grupo de Acción Financiera Internacional – GAFI-e incluye parámetros que se mencionan en el desarrollo de la misma, con base en los estudios que se están adelantando por el International Accounting Standars Board (IASB) -tal como se indica en Concepto 0548 de 2021 de este organismo- y que se consideran aplicables a una entidad que posea y controle esta clase de activos, así como al intercambio (Exchange) de este mismo tipo de activos mediante el uso de monedas virtuales en nombre de sus usuarios y clientes.

El documento toma elementos completos de la Guía de referencia para la adopción e implementación de proyectos con tecnología blockchain para el Estado colombiano, publicada por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones– MinTIC- y algunas definiciones dadas por la Unidad de Información y Análisis Financiero -UIAF-,con el fin de facilitar el entendimiento completo de cada uno de los componentes de este documento técnico como complemento explicativo y promueve un enfoque ético y de cumplimiento acorde con la realidad colombiana en articulación con la Política de Gobierno Digital y adicionalmente da las directrices de la forma en que deberán realizarse los registros contables correspondientes.

El CTCP expresa su agradecimiento a todos los participantes directos e indirectos que contribuyeron en este esfuerzo, en especial al Comité Técnico, su presidente Olson Ortiz Tovar, Juan Pablo Rodríguez, Luis Eduardo Olaya y Natalia Arrubla. Asimismo, al Banco de la República.

Para consultar el documento, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública sentó su posición sobre el tratamiento contable que debe brindársele a las criptomonedas. En reciente respuesta a la consulta número 977 de 2017, explica el CTCP que, en principio, deben ser consideradas como instrumentos financieros.

 

Destaca entre al argumentación brindada por el Consejo, que el reconocimiento, la medición y la revelación de las criptomonedas es un tema en exploración que aún no tiene normativa internacional, no hay referencias sobre estas en las Normas Internacionales de Información Financiera y no están dentro de la agenda de estudio del International Accounting Standards Board –IASB-.

 

Hechas estas consideraciones es necesario evaluar las características de este elemento para establecer el tratamiento contable más apropiado.

 

El CTCP refiere, entre otras consideraciones para emitir su respuesta, argumentos como el hecho de que el Banco de la República haya manifestado en más de una ocasión que la única moneda legal en Colombia es el peso y se constituye en el único medio legal de pago en el país. De igual forma, tampoco son reconocidas como instrumento válido en el régimen cambiario de divisas.

 

Adicionalmente, la Superintendencia Financiera de Colombia ha expresado que las entidades que vigila no están autorizadas para custodiar, invertir, intermediar ni operar con la criptomonedas y tampoco permitir el uso de sus plataformas para la realización de operaciones con estas monedas.

 

Para el CTCP, luego de un análisis pormenorizado, en primera instancia, este tipo de monedas podrían clasificarse como un activo.

La Superintendencia de Sociedades reiteró recientemente, desde su posición como ente de vigilancia y control de las sociedades en Colombia, que los criptoactivos criptomonedas, o monedas virtuales como el bitcoin, “no es posible aportarlas, como especie al capital de una sociedad comercial colombiana, dado que no está permito su uso legal en Colombia”.

Esta expresión hecha desde la Oficina Jurídica de la entidad se brinda en respuesta a una consulta elevada a la Supersociedades relacionada con el uso y riesgos asociados a los denominados criptoactivos, reunida en el Oficio 220-196196 del 30 de septiembre de 2020.

Para la Superintendencia, el concepto C20-29529 emitido por el Banco de la Republica de fecha 1 de junio de 2020, precisó los siguientes aspectos:

“(…) Recibimos (...) su consulta efectuada al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por medio de la cual consulta sobre si en Colombia está permitido la creación de monedas virtuales para la comercialización de bienes y servicios. Al respecto, nos permitimos informarle lo siguiente:

…2. De los análisis efectuados hasta el momento por el Banco de la República, la Superintendencia Financiera de Colombia, la Superintendencia de Sociedades, la Unidad de Regulación Financiera (URF), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), y en calidad de invitado, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), se ha concluido que los criptoactivos:

1. No son moneda, en tanto la única unidad monetaria y de cuenta que constituye medio de pago de curso legal con poder liberatorio ilimitado, es el peso emitido por el BR3 (billetes y monedas);
2. no son dinero para efectos legales;
3. no son una divisa, pues no ha sido reconocido como moneda por ninguna autoridad monetaria internacional ni se encuentra respaldada por bancos centrales;
4. no son efectivo ni equivalente a efectivo;
5. no existe obligación alguna para recibirlos como medio de pago;
6. no son activos financieros ni propiedad de inversión en términos contables;
7. no son un valor en los términos de la Ley 964 de 2005, por lo que se debe evitar su mención o asimilación.

Para conocer el Concepto 220-196196, haga clic aquí.

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.