Pensionados no deben declarar renta incluyendo actividad económica 020
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, aclaró que los pensionados no deben presentar Declaración de Renta del año gravable 2020 incluyendo la actividad económica 0020 en el formulario 210 debido a que es una actividad económica nueva.
La entidad destacó que no estaba vigente para el año 2020, en ese orden de ideas, la obligación de informar la actividad 0020 surge para un deber formal como el RUT, que debe contemplar información actualizada, pero cuando se habla de la Declaración de Renta es muy importante aclarar que se está frente una obligación formal de un periodo que ya finalizó, la actividad que se debe incluir en la Declaración de Renta de ese periodo ya finalizado (tiempo pasado) será la actividad que haya generado más ingresos durante ese periodo (2020) y bajo normativa vigente a 31 de diciembre de ese año gravable.
Así las cosas, la DIAN resaltó que la resolución vigente para el año 2020 era la resolución 139 de 2012, allí se contemplaba que quienes obtuvieran ingresos por pensión o conceptos similares debían informar la actividad económica 0010 Asalariados, que, reiteramos, incluía a los Pensionados, teniendo en cuenta lo anterior si una persona natural obtuvo en mayor cuantía ingresos por conceptos como pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional, la actividad económica que deben informar en su Declaración de Renta del año gravable 2020 será la 0010, no la 0020.
Lo último de Richard santa
- Abecé de las medidas tributarias por estado de conmoción interior, Decreto 0175
- Concepto 002, Renuncia de Revisor Fiscal – PH
- Resolución 192, códigos de modalidad de importación - Importación con franquicia
- Concepto 001, CTCP sobre Forma de llevar la contabilidad
- Grupo de Posicionamiento de la Profesión Contable en Colombia