La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 21 del 7 de abril de 2017, por la cual se adiciona un Parágrafo Transitorio al artículo 1 de la Resolución 12761 de 2011, referente a la excepción de la obligación de presentar declaraciones y diligenciar recibos de pago, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario que tengan vigente un contrato de estabilidad jurídica suscrito con la Nación.
Para conocer la Resolución 21 completa, haga clic aquí.
Publicado en
Resoluciones
Etiquetado como
Lo último de Richard santa
- Abecé de las medidas tributarias por estado de conmoción interior, Decreto 0175
- Concepto 002, Renuncia de Revisor Fiscal – PH
- Resolución 192, códigos de modalidad de importación - Importación con franquicia
- Concepto 001, CTCP sobre Forma de llevar la contabilidad
- Grupo de Posicionamiento de la Profesión Contable en Colombia
Inicia sesión para enviar comentarios