Concepto 00550, los sindicatos deben pagar por las NIIF
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 00550 de 2015, mediante el cual dio respuesta a las siguientes preguntas:
1. ¿Por ser una entidad del régimen especial está obligada a llevar su contabilidad aplicando las NIF – NIIF?
2. En caso de que la respuesta anterior sea afirmativa, la aplicación de las normas internacionales ¿en qué grupo estaría clasificado el sindicato?
3. ¿Cuáles normas debería aplicar?
4. ¿A partir de qué fecha debería implementar las normas internacionales?
5. ¿En caso de no aplicarse en qué sanciones incurriría?
En su respuesta, la entidad señaló que “los sindicatos se consideran entidades sin ánimo de lucro, y las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar contabilidad... Para el caso particular de los sindicatos, estos deben inscribir sus libros de contabilidad ante la DIAN, por ende, estarían obligados a llevar contabilidad, por lo tanto, al elaborar sus informes financieros de propósito general deberán tener en cuenta los nuevos principios de contabilidad generalmente aceptados en el país”.
Para conocer el concepto de la CTCP completo, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
- Concepto sobre sindicatos y NIIF (1387 Descargas)
Lo último de Richard santa
- Resolución 1490, Superfinanciera certifica el Interés Bancario Corriente para agosto
- Banco de la República mantuvo inalterada la tasa de interés de política monetaria en 9,25%
- Decreto 858, relativo al Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo
- PD 0% a importación de materias primas para confecciones que no se producen en el país
- Ministro de Trabajo presentó Siemplea, la nueva era del empleo digital