Por medio del Decreto 860 del 31 de mayo de 2022, el Ministerio de Hacienda modifica los artículos 1.6.1.13.2.22., 1.6.1.13.2.23. Y 1.6.1.13.2.24. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente a los plazos para presentar y pagar la primera y segunda cuota del impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes personas jurídicas que soliciten la vinculación del impuesto a "obras por impuestos.

Para conocer el Decreto 860, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 895 del 31 de mayo de 2022, por el cual se reglamentan los artículos 11, 12, 13 Y 14 de la Ley 1715 de 2014, modificados por los artículos 8, 9, 10 Y 11 de la Ley 2099 de 2021, los parágrafos 1 y 2 del artículo 21 y el artículo 43 de la Ley 2099 de 2021, se sustituyen los artículos 1.2.1.18.70. al 1.2.1.18.79. del Capítulo 18 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y se adicionan los artículos 1.2.1.18.91. y 1.2.1.18.92. al Capítulo 18 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y se renumeran y modifican los artículos 1.3.1.12.21. (sic) y 1.3.1.12.22. (sic) del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente a los incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales (FNCE) y a la gestión eficiente de la energía.

Para conocer el Decreto 895, haga clic aquí.

A partir de la fecha, los colombianos y colombianas podrán descargar de manera fácil y rápida el Registro Único Tributario (RUT), desde la Carpeta Ciudadana Digital.

Esta integración se concretó luego de que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) firmaran en abril un memorando de entendimiento de cooperación interinstitucional digital, para incluir este documento en la Carpeta Ciudadana Digital.

Gracias a ese trabajo conjunto, los colombianos y colombianas tendrán a su alcance, y de manera instantánea, un documento fundamental para diferentes trámites administrativos y contables con entidades públicas y privadas, como contrataciones por prestación de servicios, presentación de declaración de renta, trámites financieros, solicitud de inmuebles en arriendo, entre muchos otros.

"Contar con el RUT en la Carpeta Ciudadana Digital es el resultado de ese trabajo conjunto entre dos entidades que sienten el compromiso de consolidar un Estado más ágil, eficiente y cercano a la ciudadanía. Este es un hecho que refleja el propósito de MinTIC de brindar herramientas tecnológicas a los colombianos para que ahorren tiempo, dinero y traslados a la hora de realizar sus trámites", explicó Carmen Ligia Valderrama Rojas, ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Por su parte, el director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, dijo que "indudablemente la innovación va de la mano de nuestro pilar de cercanía al ciudadano y de la facilitación en los servicios. Reconocemos la importancia de la Carpeta Ciudadana porque también aporta al plan de transformación de la DIAN. Estamos convencidos que, solo trabajando de manera coordinada como equipo, lograremos mantener la hoja de ruta para un Estado ágil y eficiente".

Para acceder al documento, los ciudadanos deben registrarse en la Carpeta Ciudadana Digital, a través del portal único del Estado, www.gov.co, ingresar a 'Mis Categorías', buscar Categoría: 'Identidad, Registros', y seleccionar 'Copia Registro Único Tributario (RUT)'.

Con esta vinculación, seguimos ampliando la oferta de servicios dispuestos por las entidades públicas para beneficio de la ciudadanía, con el fin de mejorar su calidad de vida a la hora de realizar trámites con el Estado.

Es con hechos que ponemos la tecnología al servicio de la ciudadanía y avanzamos hacia la transformación digital del país.

A la fecha contamos en Carpeta Ciudadana Digital con los siguientes 27 trámites de 20 entidades públicas:

1. Registro Único Tributario (RUT) - DIAN
2. Certificado Catastral Nacional - Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
3. Consulta del histórico de licencia de conducción - Ministerio de Transporte.
4. Consulta de Licencia de conducción - Ministerio de Transporte.
5. Consulta de Licencia de Tripulante Férreo - Ministerio de Transporte.
6. Vigencia del SOAT y de revisión técnico-mecánica - Ministerio de Transporte.
7. Certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal - Contraloría General de la República.
8. Consulta de entidades públicas y hoja de vida de contratistas del Estado - Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).
9. Certificado de legalización de documentos de educación superior - Ministerio de Educación.
10. Consulta de antecedentes de trabajadores sociales - Consejo Nacional de Trabajo Social.
11. Certificado de inscripción y registro de tarjeta profesional - Consejo Nacional de Trabajo Social.
12. Estado de cuentas de aportes parafiscales - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
13. Información de identificación de los pacientes de Bogotá Salud Digital - Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
14. Consulta de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones para funcionarios - Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
15. Certificado laboral de funcionarios - Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
16. Certificados y Constancias académicas - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
17. Certificados de Competencia Laboral - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
18. Resolución de nombramiento para funcionarios - Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
19. Certificados de participación e inscripción a los programas del sector cultura gestionados por el sistema de convocatorias - SICON de la Secretaría Distrital de Cultura.
20. Ingreso Solidario - Departamento Administrativo de Prosperidad Social.
21. Descarga de certificados del programa Ciencia de Datos (2019) - Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
22. Consulta del historial de Paz y Salvo del Impuesto Predial - Alcaldía de Medellín.
23. Certificación de víctimas - Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
24. Certificado de antecedentes disciplinarios - Procuraduría General de la Nación.
25. Consulta de la tarjeta militar - Ejército Nacional de Colombia.
26. Consulta de Certificado de tradición y libertad de inmuebles Superintendencia de Notariado y Registro.
27. Certificado de residencia - Secretaría Distrital de Gobierno.

Paso a paso para acceder a la Carpeta Ciudadana Digital
1. Ingresar a www.gov.co
2. Hacer clic en 'Carpeta Ciudadana'.
3. Ir a 'Regístrate aquí'.
4. Completar la información y validar la cuenta en el correo electrónico.
5. Consultar los documentos en las diferentes categorías.

A partir de junio del presente año, la DIAN gestionará los trámites de corrección de inconsistencias en declaraciones privadas y/o recibos de pago que no correspondan a arrastres de saldos a favor o desacumulación de saldos a favor de los contribuyentes, a través del agendamiento de cita para recibir la atención de manera presencial, en el siguiente Punto de Contacto, dirección: Medellín - Carrera. 52 42-43 Sótano del Edificio en sede Alpujarra únicamente

En caso de requerir arrastres de saldos a favor o desacumulación de saldos a favor de los contribuyentes, deberá solicitar el trámite por medio de PQRS.

Para el agendamiento de una cita para los trámites de inconsistencias de forma presencial, funcionará a través de agendamiento en la página de la DIAN www.dian.gov.co, por la opción "Asignación de Citas". Luego elegir en la opción "punto de contacto" en "trámite": seleccionar la opción "Corrección de errores e inconsistencias en declaraciones y recibos de pago".

El Gobierno Nacional recordó a los gobernadores y alcaldes del país la obligación de trabajar por la eliminación de cobros no autorizados, para facilitar a la ciudadanía el cumplimiento de los deberes y el acceso a los servicios e información de las entidades del Estado.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) expidieron la Circular Conjunta 100 003 de 2022, donde destacan que implementar estos y otros beneficios creados para empresarios y emprendedores requiere la colaboración armónica entre la Nación y los territorios.

Concretamente, la circular menciona la optimización de trámites y servicios relacionados con el impuesto departamental de registro y el registro de industria y comercio.

El impuesto departamental de registro corresponde al que se paga al inscribir actos, contratos o negocios jurídicos en las oficinas de registro de instrumentos públicos o en las cámaras de comercio.

El registro de industria y comercio, que depende de las alcaldías, funciona como mecanismo de identificación, ubicación y clasificación de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio.

Mincomercio y Función Pública solicitan aplicar las disposiciones del Decreto Ley 2106 de 2019 (antitrámites) en materia de interoperabilidad, desmaterialización y gratuidad, que se suman a lo señalado en la Ley Estatutaria 1712 de 2014 en el propósito de eliminar cobros no autorizados.

Para conocer la Circular 100 003, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera publicó la Circular Externa 011 del 20 de mayo de 2022, la cual tiene como referencia: Modificación de las instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo.

El texto completo de la Circular 011 es el siguiente:

Apreciados señores:

La Superintendencia Financiera de Colombia continúa realizando esfuerzos para que el país obtenga una recalificación por parte del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT). De igual forma, evalúa de manera permanente los mecanismos para que las entidades vigiladas gestionen de forma adecuada y eficiente el riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo (LAFT) asociado al desarrollo de sus operaciones.

Bajo este contexto, esta Superintendencia imparte instrucciones para: acoger integralmente las Recomendaciones del GAFI, así como la definición legal de beneficiario final prevista en el art. 631-5 del Estatuto Tributario, modificado el art. 16 de la Ley 2155 de 2021; reconocer las particularidades propias de la gestión del riesgo LAFT en el desarrollo de la actividad aseguradora; y ajustar las periodicidades de los informes del revisor fiscal y de la auditoría interna.

En virtud de lo anterior, este Despacho, en ejercicio de sus facultades, en particular, las conferidas en el parágrafo 1. del artículo 12 de la Ley 2195 de 2022, en el literal a) del numeral 3. del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en los numerales 4. y 5. del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA: Modificar el Capítulo IV del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica «Instrucciones relativas a la Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo», con el fin de: (i) incluir el concepto de alta gerencia en los procedimientos de conocimiento de las personas expuestas políticamente, (ii) reconocer el reporte de operaciones sospechosas previsto en la Recomendación 10 del GAFI; (iii) acoger la definición de beneficiario final prevista en el art. 631-5 del Estatuto Tributario y la de estructuras sin personería jurídica prevista en el numeral 6. del art. 1 de la Resolución 000164 del 2021 expedida por la DIAN; (iv) incorporar el concepto de vehículos de inversión; (v) excluir a los corredores de seguros del ámbito de aplicación; (vi) dictar disposiciones especiales para los procedimientos de conocimiento del cliente en los contratos de seguros y de capitalización; (vii) modificar las periodicidades de los informes del revisor fiscal y de la auditoría interna; y (viii) definir el medio de transmisión de información a esta Superintendencia sobre la designación del funcionario responsable principal y suplente.

SEGUNDA: Modificar el subnumeral 7.1.2. del Capítulo V del Título VI de la Parte III de la Circular Básica Jurídica «Distribución de Fondos de Inversión Colectiva» para renumerar la referencia realizada a la definición de «producto» prevista en el Capítulo IV del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica «Instrucciones relativas a la Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo».

TERCERA. Régimen de transición: Las entidades destinatarias de la presente Circular tendrán hasta el 06 de enero de 2023 para ajustar su Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT conforme a las instrucciones previstas en la presente Circular.

La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación.

Se anexan las páginas objeto de modificación.

Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 269 del 18 de mayo de 2022, en la cual responde a una pregunta referente a la Vigencia NIGC 2 y NIGC 3.

La pregunta textual fue la siguiente:
“(…) quisiera que me puedan ayudar a aclarar si el anexo 4 de la NIGC 2 aún se encuentra en proceso de discusión por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP o ya es una norma? De igual manera con el anexo 1 de la NIGC 3. ¿Sigue en discusión? (…)”

Para conocer la respuesta de la entidad y el Concepto 269 completo, haga clic aquí.

El Ministerio del Interior publicó el Decreto 830 del 24 de mayo de 2022, por medio del cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones presidenciales y se dictan otras disposiciones.

Para conocer el Decreto 830, haga clic aquí.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) aprobó la Política de Internacionalización para el Desarrollo Productivo Regional, con la que se busca que a través de la internacionalización, las regiones, y de esa manera el país, impulsen su desarrollo y su crecimiento económico.

A través de 38 acciones, cuyo foco de implementación parte desde los departamentos, se establecen estrategias e instrumentos para poner al servicio de las regiones y de los sectores que ellas prioricen para la internacionalización. La idea es focalizar la oferta institucional del Gobierno Nacional sobre estas apuestas departamentales, de manera que se conviertan en puntas de lanza para la internacionalización de las regiones. Todo lo anterior en la medida en que es desde los territorios desde donde se gesta la internacionalización del país.

Para ello, la política apunta a profundizar el relacionamiento región-Nación en materia de internacionalización, que se ha venido consolidando a partir de la implementación de la Estrategia de Regionalización de la Misión de Internacionalización. Ésta se trabaja con 11 departamentos piloto, pero justamente este Conpes instruye para que se extienda al resto de los 32.

Con esta política se invita a las regiones a definir estrategias que permitan atraer migrantes extranjeros cualificados que complementen el talento humano colombiano; a fomentar una interacción estratégica con los colombianos que están en el exterior; a profundizar sus esfuerzos en materia de extensión tecnológica; a insertar sus empresas en cadenas globales y regionales de valor; a complementar esfuerzos para atraer inversión extranjera directa de eficiencia; y a utilizar los instrumentos de fomento a la ciencia, la tecnología y la innovación para la internacionalización de sus empresas.

Todo lo anterior a través de planes de internacionalización departamentales que se trabajen bajo las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación y que se focalicen sobre 3 sectores que priorice cada uno de los departamentos.

Por su parte, el Gobierno, entre otras cosas, deberá implementar un plan de mejoramiento en los procesos de calidad para la industria manufacturera, enfocado en los sectores priorizados por los departamentos para la internacionalización; creará una estrategia para que las empresas de estos sectores tengan acceso verificable a nuevas tecnologías de producción; deberá identificar y hacer recomendaciones para eliminar barreras regulatorias innecesarias y de entrada que afecten la libre competencia, en especial en estos sectores; y escalará esfuerzos para fomentar encadenamientos productivos para la internacionalización entre micro pequeñas y medianas y compañías ancla en los sectores priorizados por los departamentos.

“Nos complace la aprobación de esta Política, que representa un paso más que damos en la implementación de las recomendaciones de la Misión de Internacionalización, y se suma a la Estrategia de Regionalización en la que avanzamos desde octubre del año pasado y al plan de corto plazo que incluye 166 acciones a desarrollar antes del 7 de agosto. Dejarla materializada a través del documento Conpes 4085 apunta a que se convierta en una Política de Estado que trascienda los gobiernos de turno. La internacionalización de los departamentos es palanca de crecimiento, desarrollo y más empleos”, dijo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana.

El desarrollo de esta Política involucra la articulación de ministerios y entidades, entre los que se destacan los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo; de Relaciones Exteriores; de Agricultura; de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Transporte; de Educación; de Trabajo; de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; así como el DANE, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), el SENA, el ICA, Agrosavia, Invima, ProColombia, iNNnpulsa y Colombia Productiva, entre otras entidades.

“La internacionalización es un medio para lograr el desarrollo productivo de nuestros departamentos y nuestro país, está al servicio de la industrialización, de nuevas maneras de producir y de producir mejor, todo enfocado en las regiones; en ellas están las oportunidades”, dijo el viceministro de Comercio Exterior, Andrés Cárdenas Muñoz.

Entre las 38 acciones que se ejecutarán están, además:
Mejorar el funcionamiento e incrementar el uso de instrumentos como las Zonas Francas y el Plan Vallejo, de manera que permitan una mayor inserción del país en cadenas globales y regionales de valor.
Focalizar los esfuerzos de ProColombia en materia de atracción de Inversión Extranjera Directa (IED) de eficiencia sobre los sectores priorizados por los departamentos para la internacionalización.
Diseñar e implementar un portafolio de servicios de financiación para apoyar los planes de internacionalización de las empresas.
Escalar, sofisticar y focalizar los programas de extensionismo tecnológico que ofrezca el Gobierno Nacional al aparato productivo.
Impulsar los servicios profesionales en las cadenas globales de valor, con elementos como la telemigración, trabajo remoto internacional, y plataformas digitales (marketplaces) para la prestación de servicios profesionales.
Articular con los departamentos la implementación de Planes de Admisibilidad Sanitaria para los productos que priorizados.
Formular e implementar un programa de transferencia de conocimiento en infraestructura de la calidad para los actores del Subsistema Nacional de la Calidad y relacionados, para los sectores priorizados por los departamentos para la internacionalización.
Diseñar e implementar una estrategia de cierre de brechas de capital humano en los sectores priorizados por los departamentos.

Ejes estratégicos
Esta Política se desarrollará a través de 5 ejes estratégicos, 14 líneas de acción y 38 acciones concretas que ejecutarán distintas entidades del Gobierno, en conjunto con los departamentos y sus Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación. Los 5 ejes y las líneas acciones son:

Facilitar la interacción del aparato productivo con extranjeros y colombianos residentes en el exterior para la adopción, adaptación y creación de nuevas tecnologías.
Promover el flujo de extranjeros hacia Colombia para la adopción y adaptación de nuevas tecnologías.
Fomentar la interacción estratégica con la diáspora (colombianos en distintos países) productiva o empresarial colombiana.
Promover el cierre de la brecha tecnológica de las empresas colombianas y el aumento de su productividad, a través de esfuerzos de extensionismo tecnológico para su inserción en cadenas globales de valor y la atracción de inversión extranjera directa estratégica a nivel nacional y departamental.
Escalar y sofisticar los esfuerzos en materia de extensionismo tecnológico para la internacionalización.
Promover mayor cumplimiento de estándares de calidad en las empresas colombianas.
Mejorar la regulación que impone barreras de entrada y limita la libre competencia, lo cual implicará una mejora en el ambiente competitivo.
Mejorar el comportamiento de la participación del aparato productivo colombiano hacia atrás, en las cadenas globales y regionales de valor.
Mejorar las condiciones que permitan un mejor desempeño del comercio exterior de bienes y servicios, como medio para el cierre de la brecha tecnológica del país.
Revisar metodologías de evaluación y seguimiento de medidas arancelarias y no arancelarias.
Promover la optimización de procesos de comercio exterior de bienes.
Promover la adopción y adaptación de tecnologías digitales para la expansión de nuevos mercados y servicios de forma remota.
Fortalecer el papel del ecosistema de innovación en la adopción y adaptación de la tecnología para incrementar la productividad y el desarrollo de nuevos mercados y productos.
Incrementar los incentivos para que el sector productivo invierta en innovación.
Fortalecer los marcos institucionales para la internacionalización mediante la consolidación del diálogo región-departamento con el Gobierno Nacional, y entre las diferentes entidades del orden nacional.
Escalar la implementación de la Estrategia de Regionalización de la Misión de Internacionalización a los 32 departamentos del país.
Mejorar la articulación entre los diferentes arreglos institucionales e instituciones para la internacionalización.

La Superintendencia de Sociedades y el Ministerio del Deporte, crearon la Guía de Orientación Contable, para facilitar la aplicación de las disposiciones que rigen la información financiera para los clubes de fútbol.

El objetivo de la Guía de Orientación Contable para Clubes de Fútbol con Deportistas Profesionales, es el de orientar a las empresas que derivan su ingreso de esta práctica deportiva, velando por el cumplimiento de la normativa en temas relacionados con: transferencias de los derechos deportivos, erogaciones en la formación de jugadores, viajes, alojamiento, elementos de trabajo y seguros, entre otros aspectos alusivos a los clubes y los gastos que por reglamentación no se deben capitalizar como un activo intangible.

Para dar alcance a la normatividad vigente, la guía cuenta con el apoyo del Ministerio del Deporte, el cual expide circulares externas con instrucciones generales, dando continuidad a sus funciones misionales de vigilancia y control.

Para conocer la Guía de Orientación Contable para clubes de fútbol, haga clic aquí.

Página 96 de 446

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.