La Superintendencia de Sociedades publicó los conceptos jurídicos emitidos por la oficina jurídica de la entidad durante el mes de agosto, en respuesta a las consultas realizadas por los usuarios.

 

Para conocer la recopilación completa, haga clic aquí.

Este viernes 13 de septiembre vence el plazo para pagar la tercera cuota del Predial. La Administración espera recaudar $11.000 millones por este concepto.

 

El beneficio del pago por cuotas en la ciudad alcanza a la fecha un recaudo de 31.000 millones de pesos, de los 64.000 millones fijados como meta para 2019, cifra que equivale al 48 % del total esperado para el año completo.

 

Este viernes, cuando se cumple el plazo para hacer el pago de la tercera cuota, la Administración espera recaudar alrededor de 11.000 millones de pesos, provenientes los más de 38.000 predios que se acogieron al beneficio.

 

La Secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez agradece a los contribuyentes que han sido cumplidos con la ciudad y llama la atención a los dueños de 6.700 predios que permanecen en mora, de los cuales 4.000 no han pagado ni siquiera la primera cuota.

 

“La ciudad ha dejado de recaudar por estos contribuyentes morosos una cifra cercana a los 4.600 millones de pesos, que serían de gran utilidad para continuar avanzando en el desarrollo de importantes obras que necesita Bogotá”, afirma la Secretaria de Hacienda, quien reitera que los intereses moratorios son diarios, con lo cual se pierde el beneficio que ofrece este sistema.

 

Los recibos para el pago del predial por cuotas están disponibles en la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, ingresando al portal web haciendabogota.gov.co, con los datos del usuario y la clave. El sistema le indica los pasos a seguir para imprimir la factura o pagarla en línea con tarjeta débito o crédito, a través del botón ‘Pague Aquí’. También, se puede pagar desde celulares y otros dispositivos móviles, descargando el aplicativo HaciendaBogotá de las tiendas Apple y Android.

 

El vencimiento de la cuarta cuota es el viernes 8 de noviembre.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 21 de septiembre 2019 "Por el cual se reglamentan los artículos 800-1 del Estatuto Tributario y 285 de la Ley 1955 de 2019 y se adiciona el título 6 a la parte 6 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a obras por impuestos.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Hasta el 24 de septiembre el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto "Por medio del cual se modifican y adicionan las disposiciones relacionadas con la administración de los bienes del FRISCO de las que trata el Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público – Reglamenta artículos 45, 72 y 73, de la Ley 1955 de 2019.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el pago de sus obligaciones tributarias, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reguló el pago de los impuestos nacionales, a través de otros medios como las tarjetas de crédito de las diferentes franquicias y otros productos crediticios.

 

Entre las entidades que ya ofrecen esta nueva opción se encuentran: Itaú, Bancolombia, GNB Sudameris y Davivienda, quienes han dispuesto este servicio.

 

Los clientes de estas entidades, podrán pagar de forma inmediata y en línea sus obligaciones con la DIAN, obtener financiación del pago a través de su tarjeta de crédito y evitar la mora en el pago de sus impuestos.

 

Próximamente este servicio estará dispuesto para las demás entidades que hacen parte del grupo de Entidades Autorizadas para Recaudar (EAR).

 

La DIAN invita a la ciudadanía a consultar con sus entidades bancarias el protocolo a seguir para utilizar este nuevo servicio.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de resolución por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución 057 del 13 de abril de 2015, referente a las importaciones desde zonas francas.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 24 de septiembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Consulte el Proyecto de Resolución aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa 020 de 2019, mediante la cual impartió instrucciones para la implementación del nuevo régimen de solvencia de los establecimientos de crédito, en concordancia con las últimas recomendaciones internacionales.

 

Con este nuevo marco de capital se completa la convergencia a los mejores estándares prudenciales aplicables a los establecimientos de crédito del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (Basilea III), el cual se suma a los avances en materia de liquidez.

 

Esta normativa da cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1477 de 2018 y sus decretos modificatorios, los cuales introdujeron cambios en los requerimientos de patrimonio adecuado de los establecimientos de crédito, con el fin de elevar sus niveles a los estándares internacionales.

 

La adopción de estos lineamientos mejora la capacidad de respuesta del sistema financiero colombiano ante perturbaciones económicas y financieras y, a su vez, facilita la comparabilidad a nivel internacional.

 

Así mismo, estos ajustes mejoran la discriminación del riesgo crediticio de los activos y reconocen las garantías como técnica de mitigación e incorporan medidas complementarias al análisis de riesgos, como por ejemplo la relación de apalancamiento, contribuyendo al fortalecimiento de la estabilidad del sistema financiero.

 

Por otro lado, con este nuevo régimen se incorporan además el colchón de conservación y el colchón para entidades con importancia sistémica con el fin de que las vigiladas puedan contar con recursos adicionales para amortiguar las pérdidas derivadas de periodos de tensión.

 

De acuerdo con la Circular Externa 020 de 2019, las entidades deben implementar estas instrucciones a más tardar el primero de enero de 2021. En el caso de la relación de Solvencia Básica Adicional (SBA) y los colchones, se permite una implementación gradual hasta llegar a la aplicación plena en un término de cuatro años.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de Resolución por el cual se reglamenta el Decreto 1370 del 01 de agosto de 2019 y se dictan otras disposiciones.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 06 al 12 de septiembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades presentó el mapa de insolvencia con corte a 30 de junio de 2019, el cual contiene la base de datos y el mapa completo de cifras por Jurisdicción, Bogotá y sus 6 intendencias regionales.

 

Para la Superintendencia es de vital importancia y prioritario prestar los servicios de una manera rápida y eficaz y por ello han venido haciendo ajustes administrativos. En Bogotá adoptaron varias medidas, las cuales incluyeron la reestructuración de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia, bajo premisas simples: contar con más jueces, contar con un grupo dedicado exclusivamente a admisiones y contar con jueces dedicados a procedimientos especiales, intervenciones y otros asuntos de interés público. Con estas medidas, pasaron de tener seis (6) jueces, a once (11) jueces.

 

La entidad ha recibido, en el primer semestre del año 2019, 656 solicitudes de insolvencia, 443 en Bogotá y 213 en sus 6 intendencias regionales. Esto contrasta con el total de las solicitudes del año 2018, que fueron 973 en todo el país, 301 en Bogotá y 672 en las 6 intendencias regionales.

 

De estas, ya se han resuelto 327, 158 fueron admitidas y 169 se inadmitieron por no cumplir con los requisitos legales, es decir aún teníamos 322 por resolver al cierre del primer semestre. Vale mencionar que 7 solicitantes retiraron sus solicitudes.

 

Las admisiones en Bogotá del primer semestre, teniendo en cuenta admisiones de solicitudes anteriores a 31 de diciembre de 2018, ascienden a un total de 172, en comparación con las solicitudes admitidas en el 2018 que fueron 233.   

 

El incremento de las solicitudes admitidas se traduce en un aumento del número de procesos en inventario.

 

A 31 de diciembre de 2018, tenían un inventario en todo el país de 2.331 procesos, 1.803 de reorganización y 528 de liquidación.

 

A 30 de junio de 2019, tenían un inventario en todo el país de 2.535 procesos, 1.970 de reorganización y 565 de liquidación.

 

Es decir, aumentó el inventario en 204 procesos en un semestre. De estos procesos, 1.094 cuentan con acuerdos firmados y en ejecución.

 

De otra parte, todos los procesos gestionados por la Superintendencia representan $32.8 billones en activos y $29.5 billones en pasivos que, o bien se encuentran en sociedades en reorganización, en ejecución o en trámite o son activos pendientes de liquidación que retornarán al torrente de la economía.

 

De esto, el 80% de los activos y el 87.5% de los pasivos se encuentran dentro de procesos asignados a la Delegatura en Bogotá.

 

Los procesos de reorganización en ejecución, es decir 1.094, representan en todo el país $13.4 billones en activos y $11 billones en pasivos.

 

Desde el punto de vista de labor misional, lo que hacemos en la Superintendencia, en asuntos de insolvencia, no solamente es tramitar procesos judiciales, sino que es la gestión de una actividad que impacta directamente el orden público económico, para la preservación de la empresa, el crédito, la inversión, el trabajo, entre otros.

 

Para conocer el informe completo sobre insolvencia en Colombia, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades publicó los principales resultados financieros de las 9.000 siguientes empresas más grandes (excluyendo las 1.000 primeras) del sector real no financiero, con corte al 31 de diciembre de 2018.

 

En esta base de datos se encuentran el ranking por ingresos operacionales obtenidos durante el año 2018, con información reportada a la Superintendencia de Sociedades, Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Superintendencia de Salud y Superintendencia de Servicios Públicos. Contiene, además, las cuentas principales activos totales, pasivos totales, patrimonio y ganancias/pérdidas para este año con su comparativo para 2017.

 

Para conocer el informe completo de la Supersociedades, haga clic aquí.

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