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La Junta Central de Contadores publicó el instructivo para la etapa de votaciones para las elecciones de Miembros del Tribunal Disciplinario 2022 – 2025. Las consideraciones están contenidas en la Circular 002 de 2021 expedida por la entidad.

Entre los puntos más destacados de la circular están que la votación será electrónica a través de un aplicativo propio diseñado por la JCC y que tendrá lugar el 29 de noviembre de 2021 entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. ingresando a través del dominio www.jcc.gov.co.

El listado de candidatos visible en el aplicativo de votación se realizará por orden alfabético del primer apellido del candidato, acompañado de la foto previa verificación de la autorización de imagen proporcionada por éste.

En consecuencia, antes de proceder a emitir su voto la Entidad lo invita a consultar el listado público en el siguiente enlace https://www.jcc.gov.co/consulte-el-listadodefinitivo-de-candidatos-proceso-de-elecciones-tribunal-disciplinario-2022-2025 de la página web de la Entidad.

La etapa de votación electrónica se realizará mediante proceso de voto directo, secreto y electrónico por parte del contador público solo voto, para lo cual una vez iniciada la sesión el votante contará con el término máximo de dos (2) minutos.

Para tal efecto, a través del aplicativo diseñado por la Entidad se realizará la acreditación del votante por medio de dos (2) validaciones relacionadas con sus datos de identificación personal, profesional y de contacto reportados en la plataforma instituciona.

La información en mención permitirá identificar que el votante es Contador Público, por lo cual lo invito a validar los datos registrados a través del enlace https://www.jcc.gov.co/es/actualizacion-de-datos de la página web. En razón a ello, se informa que la validación de la información para el procedimiento de votación y elección será la última reportada ante la Entidad con corte al 24 de noviembre de 2021.

Para conocer la Circular 002, haga clic aquí.

La Junta Central de Contadores y la Contaduría General de la Nación emitieron la Circular Conjunta 001 del 29 de julio de 2018, por medio de la cual emiten los aspectos que deben tener en cuenta las entidades y organismos del Estado; entidades privadas en ejercicio de funciones públicas para la contratación de profesionales de la ciencia contable como contadores y organizaciones que presten servicios propios de la ciencia contable.

 

Para conocer la Circular Conjunta 001 completa, haga clic aquí.

La Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores expidió la Resolución 000 – 1794 de 2021 mediante la cual modifica la forma de acreditar la experiencia técnico contable para obtener el registro de contador público en Colombia.

La mencionada resolución se reglamentan las disposiciones del Gobierno Nacional, incluidas en el Decreto 691 de 2021 del Ministerio de Trabajo, que crearon una serie de reglas para que las prácticas universitarias sean validas como experiencia profesional.

La resolución estableció como válidas para acreditar el requisito de experiencia en actividades relacionadas con la ciencia contable para obtener el registro como contador público, las actividades desarrolladas en las prácticas universitarias y en los grupos de investigación.

Entre las prácticas válidas se encuentran:

- La práctica empresarial o práctica contable obtenidas a través prácticas laborales.
- Contrato de aprendizaje.
- Judicatura.
- Contrato laboral.
- Contrato de prestación de servicios o monitorias.

La docencia, debido a que esta no se encuentra contemplada dentro de las actividades de la ciencia contable establecidas de forma estricta en el artículo 2 de la Ley 43 de 1990, relacionado con el DUR 2420 de 2015 y sus modificaciones.

Solamente se tendrá en cuenta la experiencia técnico - contable adquirida en el territorio nacional.

Las modificaciones empezaron a regir desde el tres de agosto de 2021.

La Junta Central de Contadores emitió la Resolución 000-2564 del 30 de diciembre de 2020, "Por la cual se fijan los valores de los trámites y servicios de la UAE Junta Central de Contadores para la vigencia 2021"

Para conocer la Resolución 000-2564, haga clic aquí.

La Junta Central de Contadores, mediante la Resolución 2097 del 27 de diciembre de 2019, estableció las tarifas de los trámites que se realizan ante la entidad para 2020.

 

Entre otras, la tarjeta profesional de Contador público por primera vez quedó en $334.000, la tarjeta de registro profesional entidades por primera vez $4.302.000, el duplicado de la tarjeta profesional de contadores $33.000, entre otros.

 

Para conocer la Resolución 2097 completo, haga clic aquí.

Desde el 2 de enero de 2018, empezaron a regir las nuevas tarifas para los trámites y servicios ofrecidos por la Junta Central de Contadores, entre los cuales se encuentran la tarjeta profesional, certificados y actualización de registro de entidades prestadoras de servicios contables.

 

Para conocer la Resolución 003 completa, haga clic aquí.

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La UAE Junta Central de Contadores emitió la Resolución 129 de 2015, por medio de la cual estableció el reglamento para el funcionamiento interno del tribunal disciplinario de la entidad y derrogó la Resolución 464 del 30 de agosto de 2013.

 

Dicha Resolución incluye temas como la composición, funciones, periodo de los miembros, elección, cargos administrativos y especifica los temas relacionados con las ponencias, deliberaciones, resoluciones,

 

Para conocer la Resolución 129 de 2015 completa de la Junta Central de Contadores, haga clic aquí.

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La Junta Central de Contadores, mediante la Resolución 1780 del 30 de diciembre de 2014, estableció los nuevos precios de la tarjeta profesional y el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contadores públicos, entre otros trámites, para el año que inicia.

 

Las tarifas establecidas son las siguientes:

  • Tarjeta profesional: $250.000
  • Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contadores Públicos: $22.000
  • Tarjeta de registro de las entidades que prestan servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal: $3.222.000
  • Certificado de la Vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de personas jurídicas: $43.000
  • Duplicados de la tarjeta de Contador Público: $25.000
  • Duplicado de la tarjeta de registro para personas jurídicas: $322.000

Para conocer la Resolución 1780 del 30 de diciembre de 2014 completa, haga clic aquí. 

La Junta Central de Contadores, JCC, recordó que, para la solicitud de inscripción y expedición de tarjeta profesional de Contador Público, la constancia de experiencia técnico contable debe contener la firma del representante legal y revisor fiscal o contador público de la entidad que certifica la experiencia, entre otros casos, según lo indicado en el artículo 30 de la Resolución D-0035 de 2024 concordante con la Circular 000-001 de 2017.

Es importante mencionar que una firma escaneada o sobrepuesta, NO es igual a la firma electrónica o digital, en razón a que estas últimas son obtenidas por métodos tales como códigos, contraseñas, datos biométricos, claves criptográficas privadas o a través de un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos, cuyos efectos jurídicos se encuentran contemplados en la Ley 527 de 1999 concordante con el artículo 2.2.2.47.1. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.

En consecuencia, la firma escaneada es fácilmente SUPLANTABLE, puesto que podrá ser copiada y pegada virtualmente sobre cualquier documento, imposibilitando identificar la persona que emite el documento, además que se desconoce un mecanismo de autenticación que proporcione veracidad del documento.

En el caso que la constancia de experiencia técnico contable contenga firmas escaneadas o sobrepuestas, le sugerimos aportar adicionalmente los soportes correspondientes que garanticen la autenticidad y veracidad de las mismas.

La Junta Central de Contadores informó que, debido a los bloqueos en las vías que se vienen presentando en diferentes zonas del país, los envíos de la Tarjeta Profesional, tanto a direcciones como a las seccionales, estarán suspendidos temporalmente.

A los titulares de la tarjeta, o autorizados que tengan la posibilidad de reclamarla personalmente, lo invitó a dirigirse a nuestras oficinas en Bogotá, donde estaremos atendiendo en nuestro horario habitual.

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