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El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 0175 del 14 de febrero de 2025, "Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

Para conocer el Decreto 0175, haga clic aquí.

El Gobierno Nacional emitió una nueva serie de decretos en el marco de la Conmoción Interior este 5 de febrero:

Decreto 0137 del 5 de febrero de 2025

"Por medio del cual se adoptan medidas extraordinarias e integrales de protección para personas, grupos y comunidades afectadas por las graves violaciones a los derechos humanos y DIH, ocasionados por los grupos armados organizados y otros actores violentos, que originó la declaración del estado de conmoción interior en el área de influencia geográfica definida en el Decreto 0062 de 2025".

Para conocer el Decreto 137, haga clic aquí.

Decreto 0136 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se establecen medidas relacionadas con el Sistema General de Participaciones, para impedir la extensión de los efectos derivados de la situación de orden público en el marco del Estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar'.

Para conocer el Decreto 136, haga clic aquí.

Decreto 0135 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se adoptan medidas en materia presupuestal y fiscal para las entidades territoriales, para impedir la extensión de los efectos derivados de la situación de orden público en el marco del estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

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Decreto 0134 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se adoptan medidas para límitar el uso de sustancias y productos químicos controlados, en el marco del Estado de conmoción interior declarado en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

Para conocer el Decreto 134, haga clic aquí.

Decreto 0133 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se adoptan medidas en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el marco del estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar'.

Para conocer el Decreto 133, haga clic aquí.

Decreto 0132 del 5 de febrero de 2025

Por el cual se adoptan medidas de orden público sobre combustibles en el marco del Estado de Conmoción Interior declarado mediante el Decreto 0062 del 24 de enero de 2025.

Para conocer el Decreto 132, haga clic aquí.

Decreto 0131 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se establecen medidas relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos de la Asignación para la Inversión Regional del 40% en cabeza de las regiones, de la Asignación para la Paz y de la Asignación Ambiental del Sistema General de Regalías, en el marco del estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

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El Gobierno emitió este 29 y 30 de enero, una serie de decretos en el marco de la conmoción interior decretada para atender la situación en el Catatumbo, los cuales incluyen alivios tributarios, financiación, restricciones a la adquisición de tierras, descuento en el valor de los servicios públicos y medidas de seguridad, entre otros temas.

Estos son los últimos decretos presentados:

DECRETO 0121 DEL 30 DE ENERO DE 2025
"Por el cual se adoptan medidas en materia de agua, saneamiento básico y vivienda en el marco del estado de conmoción interior declarado en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta del Departamento de Norte de Santander y los municipios de Río de Oro y González del Departamento del Cesar".

DECRETO 0120 DEL 30 DE ENERO DE 2025
Por el cual se dictan medidas extraordinarias para el sector transporte en el marco del Estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del Departamento del Cesar.

DECRETO 0119 DEL 30 DE ENERO DE 2025
Por el cual se adoptan medidas de protección en el trabajo en el marco del Estado de Conmoción Interior declarado por el Decreto 0062 de 2025 en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.

DECRETO 0118 DEL 30 DE ENERO DE 2025
Por el cual se adoptan medidas extraordinarias en materia de control operacional de la Fuerza Pública, en el marco del estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.

DECRETO 0117 DEL 30 DE ENERO DE 2025
"Por el cual se adoptan medidas transitorías en materia de turismo en el marco de la declaratoria de conmoción interior para mitigar sus efectos en el sector, necesarios para conjurar las causas de la perturbación que dieron lugar a la declaración del estado de conmoción interior en la región del Catatumbo e impedir la extensión de sus efectos".

DECRETO 0116 DEL 30 DE ENERO DE 2025
"Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado conmoción interior en el en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

DECRETO 0108 DEL 29 DE ENERO DE 2025
"Por el cual se adoptan medidas de protección de tierras, territorios y activos, y prevención de la acumulación y acaparamiento en el sector agropecuario para atenuar los efectos derivados de la situación de orden público en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios del Río de Oro y González del departamento del Cesar, para las y los campesinos, pequeños y medianos productores agropecuarios, y sus formas organizativas en el marco del Estado de Conmoción Interior".

DECRETO 0107 DEL 29 DE ENERO DE 2025
"Por el cual se adoptan medidas de protección de zonas agrícolas, cadenas productivas y de suministro, sistemas agroalimentarios, y generación de condiciones de estabilidad y restablecimiento del abastecimiento y la garantía del derecho humano a la alimentación, en el marco de la situación de orden público en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios del Río de Oro y González del departamento del Cesar, para las y los campesinos, pequeños y medianos productores y sus formas organizativas, en el marco del Estado de Conmoción Interior".

DECRETO 0106 DEL 29 DE ENERO DE 2025
"Por el cual se adoptan medidas para garantizar medios de vida y producción de alimentos con financiamiento, crédito y alivio de pasivos en el sector agropecuario para impedir la extensión de los efectos de la situación de orden público en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios del Rio de Oro y González del departamento del Cesar, las y los campesinos, pequeños y medianos productores agropecuarios, y sus formas organizativas, en el marco del Estado de Conmoción Interior".

La Presidencia de la República publicó el Decreto 0062 del 24 de enero de 2025, Por el cual se decreta el estado de conmoción interior en la región del Cata tumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.

Para conocer el Decreto 062, haga clic aquí.

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El Ministerio de Hacienda publicó un documento que contiene el Abecé de las medidas tributarias por estado de conmoción interior, consignadas en el Decreto 0175.

Algunas de las medidas son:
a. Gravar con el impuesto al valor agregado (IVA), a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior.

b. Crear un impuesto especial para el Catatumbo, que grava la extracción de hidrocarburos y carbón de las partidas arancelarias descritas en el decreto, al momento de su primera venta o de su exportación.

c. Modifica la tarifa del impuesto de timbre al 1%. Esto no modifica las condiciones actuales para la enajenación de bienes inmuebles

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

El Gobierno nacional creará tres impuestos al amparo de la declaratoria del estado de conmoción interior con los cuales aspira a recaudar un poco más de un billón de pesos durante los 90 días que está previsto el estado de excepción.

Así lo anunció este martes en la plenaria de la Cámara de Representantes la viceministra Técnica de Hacienda, Juanita Villaveces Niño, quien asistió a la sesión especial en la que el Gobierno explicó los argumentos por los cuales se decretó la conmoción.

“Se establecieron tres medidas tributarias que buscan el recaudo de $ 1 billón 63 mil millones, durante los 90 días de la conmoción, para poder atender la situación que se requiere en este momento en la región del Catatumbo”, explicó la funcionaria.

Los tres impuestos que se crearán son:

- Impuesto del IVA a los juegos de suerte y azar electrónicos, con los que se aspira a recaudar $ 519 mil millones.

- Contribución especial de 1 % a las exportaciones del sector de extracción de petróleo y carbón, con los que se busca recaudar $ 214 mil millones.

- Impuesto de timbre (1 %) para recaudar $330 mil millones.

“Los recursos que se lleguen a recaudar con estas medidas se utilizarán única y exclusivamente para la atención de la conmoción interior”, añadió la viceministra de Hacienda.

Dijo que estas nuevas medidas tributarias “se necesitan, debido a la compleja situación fiscal del Estado”.

Y agregó que “estos recursos no estaban contemplados en el Presupuesto General de la Nación de 2025, por lo que se requiere determinar unas nuevas fuentes de financiamiento”, señaló.

Por su parte, el ministro designado de Hacienda, Diego Guevara, intervino sobre ese mismo tema, pero ante la plenaria del Senado, donde argumentó la urgencia de contar con esos recursos.

“Hoy necesitamos impuestos de recaudo inmediato con una destinación específica, que es el Catatumbo. Estos impuestos no son una reforma tributaria por la puerta de atrás, sino que aplican únicamente para este año; son impuestos tipo IVA que podemos captar de manera inmediata con destinación específica”, sostuvo el ministro.

Agregó que “el tema del Catatumbo no da espera”, y que por ello estas medidas fiscales “son el corazón de este decreto de conmoción interior que hemos visto analizando en las últimas semanas para que cumplan con todos los principios legales y constitucionales”.

Concluyó el ministro que el Ejecutivo “no ha sido intransigente” ha abordado el tema con los actores de los actores de cada sector. “No pensamos tampoco saltarnos al Legislativo, pero esta vez necesitamos medidas efectivas y de corto plazo”.

De acuerdo con el Decreto 0062 del 24 de enero de 2025, el Gobierno nacional declaró “el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar”.

La norma de excepción cobija a 16 municipios del departamento de Norte de Santander, entre ellos los 11 del Catatumbo afectados por los enfrentamientos entre el Eln y disidencias de las Farc; a Cúcuta, capital departamental, y a dos del departamento del Cesar (Río de Oro y González), que están recibiendo desplazados.

El Gobierno considera que “se presenta una perturbación extraordinaria del orden público en la región del Catatumbo, derivada de enfrentamientos armados, amenazas, desplazamientos forzados masivos, afectaciones al ejercicio de los derechos fundamentales de la población civil, alteración de la seguridad y daños a bienes protegidos y al ambiente”.

De hecho, los enfrentamientos entre las guerrillas del ELN y las disidencias del frente 33 de las antiguas Farc han dejado más de 42 mil desplazados, más de 80 muertos en su mayoría civiles ajenas al conflicto incluidos 14 firmantes de paz y 17 de sus familiares, y más de 7 mil personas que permanecen confinadas en zonas rurales de Tibú, Teorama y San Calixto.

Por su parte, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, aseguró ante la plenaria de la Cámara que la declaratoria de conmoción interior cumple con los tres presupuestos legales y constitucionales:

“Primero, el presupuesto fáctico, porque se trata de hechos concretos y verificables. Segundo, el presupuesto valorativo, porque es muy grave la intensidad de la violencia en El Catatumbo, pocas veces vista en la historia del conflicto armado en Colombia. Y, tercero, la necesidad imperiosa de decretar el estado de conmoción interior, porque con las facultades ordinarias no es posible atender las dificultades que se viven en esa región”, explicó el ministro Cristo.

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