WhatsApp » +57 3006519641

El Ministerio del Trabajo informó a los representantes legales y revisores fiscales de las cooperativas de y precooperativas de Trabajo Asociado que a más tardar el día 16 de enero de 2015 pueden presentar la solicitud para acceder a la exclusión de contribuciones especiales, al Sena, ICBF y Cajas de Compensación de Compensación Familiar.

 

Las solicitudes que sean radicadas o enviadas al Ministerio del Trabajo con fecha posterior al 16 de enero de 2015 serán rechazadas, por cuanto se consideraran extemporáneas.

 

Para permitir dicha exoneración la cartera laboral señala en una circular instructiva, que las precooperativas y cooperativas de Trabajo asociado deben cumplir con los requisitos que refiere la ley 1233 de 2008, artículo 10 y el decreto 3553, artículo 3 de 2008.

 

Igualmente, se debe anexar copia del certificado de existencia y representación legal, con una vigencia no mayor a tres meses; duplicado de resolución de autorización de regímenes expedida por el Ministerio del Trabajo (o del anterior Ministerio de la Protección Social); nombre del revisor fiscal y número de la tarjeta profesional si la cooperativa tiene esta obligación, la cual debe estar certificada por la Superintendencia de Economía Solidaria.

 

A la par, debe allegar certificación sobre el valor total de la facturación causada desde el primero de enero al 31 de diciembre de 2014 y certificación del número total de asociados por mes, desde enero de 2014, o inicio de las actividades, hasta diciembre de 2014.

 

Es de aclarar, que las certificaciones deben ser expedidas por el revisor fiscal según lo ordena la ley. Si la precooperativa o cooperativa no tiene obligación de tener revisor fiscal, las certificaciones las debe firmar el representante legal.

 

El Ministerio del Trabajo solicitará la documentación necesaria para cualquiera de los requisitos faltantes, caso en el cual las precooperativas y cooperativas deberán allegar los documentos s en un término de hasta 20 días hábiles. En caso de no responder los requerimientos dentro del plazo estipulado, las solicitudes se excluirán del listado de estudio para exoneración.

 

Las precooperativas y cooperativas deben brindar información completa de domicilio principal, teléfonos y correo electrónico, para su ubicación.

 

Solo se incluirán en la base de datos con destino a los operadores del PILA, solicitudes de cooperativas o precooperativas que completen el total de los requisitos de la ley y anexos solicitados. La información se corroborará con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes a la Seguridad Social – PILA. Las cooperativas y precooperativas en las cuales se encuentren inconsistencias en la información reportada con respecto a los datos de la PILA, serán retiradas del listado de exentas hasta tanto aclaren las inconsistencias.

 

Adicionalmente, los datos recibidos se contrastarán con información reportada a la DIAN y con los estados financieros reportados a la Superintendencia correspondiente.

 

Los hallazgos encontrados por el Ministerio del Trabajo, que sean contrarios a la información certificada y reportada en este procedimiento, se informarán a la entidad competente para los fines subsiguientes a que haya lugar.

 

La solicitud y respectivos anexos deben enviarse a través de los siguientes medios:
Documento físico dirigido a la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, Carrera 14 No. 99-33 piso 6 en Bogotá, o a las sedes de las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo. La información de las Direcciones Territoriales del Ministerio se encuentra en el link: http://www.mintrabajo.gov.co/ministerio-en-las-regiones.html. El correo certificado debe evidenciar haberse entregado antes de la fecha límite establecida.

 

A los correos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , indicando en el asunto: exoneracion contribuciones especiales, adjuntando solicitud y anexos requeridos únicamente en formato PDF.

 

Para conocer la Circular completa, haga clic aquí.

Los intermediarios de seguros en riesgos laborales, tendrán seis meses más para realizar su inscripción y actualización electrónica ante el Ministerio del Trabajo.

 

La fecha límite era hasta el 1 de enero de 2015, pero el Gobierno Nacional amplíará el plazo hasta el 1° de julio de 2015, con el fin de facilitar a los corredores de seguros, agencias y agentes de seguros acreditar por primera vez, ante el Ministerio del Trabajo, los requisitos de su idoneidad profesional y su infraestructura humana y operativa, exigidos por la Ley 1562 de 2012.

 

Si usted es intermediario de seguros y aún no se ha inscrito, recuerde que después de esa fecha, si no cuenta con la inscripción no podrá ejercer la labor de intermediación en el ramo de riesgos laborales.

La directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, manifestó: "hasta el momento se encuentran inscritos aproximadamente 150 intermediarios".

 

La inscripción electrónica se realiza a través de la página Web del Ministerio del Trabajo www.mintrabajo.gov.co "Formulario Único de Intermediarios de Seguros en el Ramo de Riesgos Laborales". Accediendo a través del banner "iMTegra", ubicado al lado derecho de la página; ingresarán al sistema con usuario y contraseña.

 

Para realizar este trámite hay que seguir tres pasos:

  • Registro de usuario: En este espacio se diligencian datos personales y se crea un usuario con una contraseña alfanúmeros de máximo 16 y 25 caracteres respectivamente.
  • Ingresar al aplicativo con el usuario y la clave creada.
  • Diligenciar y enviar el formulario con los documentos solicitados.

 

Cualquier inconveniente para la inscripción, marque la línea: 01 8000 410 141, opción 3, en caso que pida el ingresar el Nit. digite el código: 3424, o escriba un correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Página 453 de 453