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La Superintendencia de Sociedades de Colombia y el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación del Perú suscribieron un Memorándum de Entendimiento que implementa un mecanismo de asistencia mutua e intercambio de información para prevenir y combatir casos de soborno transnacional.

 

La suscripción de este instrumento da cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos en el marco del Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional Perú - Colombia, que tuvo lugar en Arequipa el pasado 27 de enero. Se deriva de la firme postura que comparten ambos países respecto a la lucha contra la corrupción y la impunidad, y refleja el compromiso de afrontar conjuntamente los desafíos que atentan contra la institucionalidad y el desarrollo económico de ambas naciones.

 

Como en otras dimensiones de esta positiva relación bilateral, Colombia y Perú son también socios estratégicos en la lucha contra la corrupción. En coherencia con una prioridad de ambos gobiernos, se continuará profundizando sus esfuerzos de cooperación para prevenir y reprimir actos de corrupción transnacional y, por esta vía, promover la integridad, la transparencia y la cultura de la legalidad a favor del desarrollo productivo.

 

Así, el objetivo del instrumento es facilitar la investigación y sanción de cualquier persona jurídica con domicilio en Colombia o en Perú que haya participado en actos de corrupción. El Memorándum permite el intercambio formal de pruebas que podrán ser utilizadas en investigaciones administrativas o procesos penales en ambos países.

 

“Este acuerdo es una herramienta más para nuestra lucha en contra del soborno transnacional y aumenta nuestra capacidad de vigilar que las firmas colombianas tengan un comportamiento ético en el extranjero”, dijo el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

 

Al respecto la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República explicó que el acuerdo es un importante paso para prevenir la corrupción transnacional y que “la voluntad y los esfuerzos conjuntos de los países son fundamentales para elevar los estándares que cierren el paso a este flagelo”.

 

Por su parte, el Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de Perú, Raphael Anaya, señaló que el impulso a estas iniciativas de colaboración internacional son necesarias, pues cada vez más los corruptos utilizan a las personas jurídicas para cometer sus acciones delictivas, por ello “los Estados deben utilizar todos los mecanismos que permitan reducir la impunidad de los actos de soborno transnacional”.

 

Cabe recordar que ambos países no han sido ajenos a este esfuerzo. Es así, que el 2 de febrero de 2016, el Presidente de la Republica de Colombia promulgó la Ley 1778, en respuesta a diversos acuerdos internacionales que tienen como propósito combatir la corrupción y el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales.

 

De acuerdo con la Ley 1778 de 2016, los responsables de soborno a servidores públicos en el extranjero podrán ser sancionados con cárcel hasta por 15 años, inhabilitación para contratar con el Estado hasta por 20 años y multas de hasta 50.000 salarios mínimos.

 

En el caso de las personas jurídicas que incurran en este delito, la Superintendencia de Sociedades podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando estas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público. Asimismo, la ley establece un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que participen en la conducta de soborno transnacional, encargando la competencia a la Superintendencia de Sociedades si el responsable está en Colombia.

 

En el caso peruano, la Ley 30424 promulgada el 21 de abril de 2016 y su ampliatoria mediante Decreto Legislativo 1352 del 07 de enero del presente año, establecen la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por cohecho activo transnacional y otras actividades ilícitas, señalando la necesidad que estas implementen programas o modelos de prevención en sus organizaciones que permita un análisis para la atenuación o exoneración de su responsabilidad en el hecho delictivo.

 

La Ley peruana también impone a la persona jurídica que incurra en responsabilidad administrativa un conjunto de medidas, entre las que figuran la multa, inhabilitación, cancelación de licencias, concesiones o derechos, clausura temporal o definitiva de sus locales o establecimientos e incluso la disolución.

 

En consecuencia, la firma del Memorándum de Entendimiento ratifica la firme decisión de Colombia y Perú de complementar su normativa en materia de lucha contra el soborno trasnacional, con herramientas efectivas de cooperación y asistencia internacional, que permitan a ambos países alcanzar los mejores estándares internacionales y afianzar alianzas en la lucha contra la corrupción.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de resolución “Por la cual se selecciona a unos contribuyentes para facturar electrónicamente”.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 25 de septiembre de 2017; a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

Miércoles, 20 Septiembre 2017 08:12

Medellín busca erradicar los préstamos ilegales

Como gesto de celebración de los 15 años del Banco de Los Pobres, la Alcaldía de Medellín hizo varios cambios en la entidad, entre ellos eliminó el codeudor para los productores de los cinco corregimientos que sean poseedores de tierra.

 

Además, quienes hayan sido usuarios del Banco y hayan demostrado buen comportamiento en su compromiso de pago tampoco van a necesitar codeudor.

 

Los requisitos para acceder a créditos en Bancuadra son: tener entre 18 y 70 años y pertenecer a un grupo o red de 5 a 19 personas. Los préstamos se les otorgan a personas que pertenezcan a grupos, lo que hace que el principio de la confianza predomine en esta iniciativa.

 

Las redes ciudadanas a las que se les otorgarán créditos son por ejemplo, grupos juveniles, grupos de la tercer edad, clubes deportivos, juntas de acción comunal, entre otros.

 

El programa ofrecerá beneficios en el orden social, económico, en la cultura ciudadana y en la seguridad.

 

Impacto social: Se medirá básicamente por el número de personas que accedan al servicio, ya que se incluye a los usuarios en el sistema financiero y se les proporciona acceso a créditos de consumo sin procedimientos complejos.

 

Impacto económico: Bancuadra pretende que aumente la capacidad adquisitiva de los usuarios y que estos puedan tener acceso a créditos legales para cubrir sus necesidades básicas o eventualidades que surjan en su día a día.

 

Impacto en la Cultura Ciudadana: Este es un programa de economía colaborativa y son los mismos usuarios quienes son responsables por el buen comportamiento de su red y por ende del cupo asignado y del número de puntos que se puedan lograr en el fondo de confianza. Además, la misma red es la que decide qué usuarios ingresan a su grupo, lo que genera cultura y responsabilidad conjunta del servicio.

 

Impacto en la seguridad: Dado que los usuarios de las redes financieras que accedan a créditos de Bancuadra son los responsables del pago de las cuotas, no se verán en riesgo por cobros ilegales o que representen violación a los derechos humanos de las personas, retención de bienes o trabajo forzado.

 

Otros beneficios
El 66% de la población, que vive con menos de un millón de pesos y que no tiene acceso al sistema financiero formal, encontrará la opción de acceder a créditos de consumo a través de Bancuadra. Estos créditos de libre inversión podrán ser utilizados para suplir las necesidades más inmediatas como el pago de los servicios públicos, alimentos, útiles escolares, medicinas, entre otros.

 

Se proporcionará a los usuarios alternativas a través de los aliados estratégicos por medio de las cuales pueden obtener, en vez de dinero, productos de la canasta familiar, tiquetes de transporte público e insumos y productos para sus negocios, entre otros.

 

Se fomentará la confianza entre los miembros de las comunidades o grupos y la creación de nuevas redes ciudadanas.

 

Mayores informes en el Banco de Los Pobres: 385 55 55 extensiones 5071 - 7349 – 4046 o a la página web www.bancuadra.com.

La Superintendencia de Sociedades anuncia el inicio del proyecto de desmaterialización de los títulos de depósito judicial bajo su custodia. Es decir, desaparecerán gradualmente los títulos en papel y solo se utilizarán los títulos electrónicos. 


Los trámites de conversión, fraccionamiento, endoso y pago de los títulos judiciales serán más ágiles y no será necesario el desplazamiento de usuarios hasta las instalaciones de la entidad. Por ejemplo, podrán hacer efectivo el pago sólo con presentar su documento de identificación o certificado de representación legal, en el Banco Agrario de Colombia.

La primera etapa del proyecto comenzará a partir del próximo 20 de septiembre de 2017 y se aplicará únicamente a los procesos de reorganización, validación de un acuerdo de reorganización extrajudicial y liquidación por adjudicación. La SuperSociedades informará oportunamente al público en general sobre el avance de implementación gradual para los demás procesos.

A partir de la puesta en marcha del proyecto no se expedirán nuevos títulos de depósito judicial en físico.

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá visitará varias localidades de la ciudad atendiendo a los contribuyentes que quieren ponerse al día con el pago de los impuestos distritales de años 2014 y anteriores.


Los ciudadanos interesados en arreglar cuentas podrán dirigirse al punto más cercano a su lugar de residencia o de trabajo y conocer los descuentos en sanciones e intereses. El plazo para acogerse a las condiciones especiales de pago vence el 30 de octubre de 2017.

Visitas mes de septiembre
Localidad de Usaquén, Éxito calle 170, Autopista Norte con calle 170, días 21, 22 y 23.
Localidad de Suba, Plazoleta SuperCADE Suba, calle 145 No. 103B-90, días 28, 29 y 30.

 

Visitas mes de octubre
Localidad de Chapinero, Parque Lourdes, 5, 6 y 7 de octubre.
Localida de Kennedy, centro comercial Plaza de las Américas, Carrera 71d No. 6-94 sur, días 12, 13 y 14.

El manejo de los bienes entregados para la prestación de un servicio que no sean reclamados por sus dueños, será reglamentado a través de un decreto que expedirá el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

 

Este tema, que desarrolla un aparte del estatuto del Consumidor, ha sido una solicitud expresa del gremio. La ministra consideró que superada la fase de las observaciones, la norma estará firmada en un mes.

 

El respectivo proyecto de normatividad se encuentra publicado en la página web del ministerio para comentarios

 

Otras acciones a favor del comercio
Bajo la coordinación del Departamento Nacional de Planeación, en el primer semestre de este año el Mincomercio inició la construcción de un documento Conpes de formalización, que busca solucionar fallas de mercado y de articulación entre las entidades que trabajan en este tema. En las próximas semanas se continuará trabajando en estas jornadas de diálogo con los gremios para definir acciones concretas, sostuvo la funcionaria.

 

Teniendo en cuenta que una de las causas de la informalidad se atribuye al desconocimiento del empresario sobre los trámites que debe cumplir, se implementarán acciones de socialización en esta línea, llegando a 14 regiones en las que se sensibilizarán más de 1.350 empresarios.

 

En línea con eso, el Mincomercio, mediante programas dirigidos al fortalecimiento de tiendas de barrio, ha logrado impactar 186 familias y 142 unidades de negocio en 11 municipios.

Lunes, 18 Septiembre 2017 08:37

Conviértase en consultor o formador de la CCB

La Cámara de Comercio de Bogotá ha abierto una convocatoria, hasta el 8 de octubre de 2017, para consolidar el Directorio de consultores/asesores y formadores/capacitadores, conformado por profesionales idóneos, interesados en ofrecer servicios la entidad pueda requerir sobre las especialidades que enumeramos a continuación.

 

La entidad invita a registrarse, diligenciando el formulario de registro con el perfil o perfiles específicos que apliquen:

 

Especialidades para asesorías y consultorías:
Legales y normatividad
Producción y calidad
Gestión de Talento Humano
Financiero y financiamiento y contabilidad
Innovación
Mercadeo y ventas nacional e internacional
Estrategia Empresarial
Tributario
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos: en el ámbito empresarial, jurídico, juvenil, educativo, comunitario y social

 

Especialidades para capacitación y formación:
Estrategia empresarial
Financiero y financiamiento, y contabilidad
Gestión de talento humano
Producción y calidad
Innovación
Mercadeo y ventas nacional e internacional
Legales y normatividad
Tributario
Administración y competencias empresariales/gerenciales
Ambiental
Informática y Tecnología
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos: en el ámbito empresarial, jurídico, juvenil, educativo, comunitario y social
Atención y Servicio al cliente
Hidrocarburos

 

Tenga en cuenta que para hacer parte del Directorio de consultores/asesores y formadores/capacitadores, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser aceptado como proveedor potencial de la Entidad.
2. Cumplir con el perfil específico al que aplique.

La Superintendencia de Sociedades notificó a 106 compañías sobre la apertura de pliegos de cargos por no reportar el programa de ética empresarial exigido en el marco de la Ley 1778 de 2016.

 

La medida administrativa afecta a grandes empresas entre las que se encuentran: 62 fábricas, 26 constructoras de obras civiles, 7 laboratorios farmacéuticos, 4 firmas del sector minero energético y 3 empresas de tecnología.

 

“Estamos comprometidos a fondo en la lucha contra la corrupción transnacional y con el cumplimiento de las nuevas normas anti soborno. En consecuencia, la Superintendencia de Sociedades adelanta una estricta vigilancia para velar por la transparencia de las sociedades colombianas en el extranjero”, dijo el superintendente de sociedades Francisco Reyes Villamizar.

 

En sus descargos las compañías deben explicar por qué no han cumplido las órdenes de la entidad en este aspecto y adjuntar las pruebas que justifiquen sus afirmaciones.

 

La Delegatura de Asuntos Económicos y Contables de la Superintendencia de Sociedades reportó que 317 sociedades (58%) cumplieron con la implementación del programa de ética empresarial, mientras que 108 empresas (22%) diseñaron el programa pero no lo han puesto en marcha. Finalmente 106 (20%) incumplieron el requerimiento.

 

“Las compañías que incumplieron con este requisito no sólo se enfrentan a posibles multas sino que están dando un mensaje muy negativo frente a su compromiso con la transparencia”, agregó Reyes.

 

Sobre el programa de ética empresarial

Un total 531 empresas están obligadas a implementar un programa de ética empresarial que incluya los principales compromisos de la organización para la prevención del soborno.

 

En general se trata de empresas con activos e ingresos superiores a los 75.000 salarios mínimos legales vigentes y una planta de al menos 1.000 empleados. Pertenecen a los sectores: industria, tecnologías de la información, infraestructura, farmacéutico y minero energético.

 

La Delegatura de Asuntos Económicos y Contables de la Superintendencia de Sociedades adelantó en el último mes jornadas conjuntas con 120 empresarios acerca del riesgo de no implementar el código de ética empresarial y de la importancia de la prevención del soborno.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, indicó, por medio de un comunicado, que no se ha proferido resolución de donación de mercancías a nombre de ninguna entidad pública del orden departamental ni municipal en el Guaviare, tampoco a particulares.

 

La aclaración se realiza a raíz de una publicación en redes sociales, en la que se hace referencia a la entrega a la comunidad de donaciones gestionadas ante la DIAN por personas naturales.

 

Vale la pena destacar que la disposición de mercancías a través de la modalidad de donación, se realiza únicamente a partir del ofrecimiento por parte de la Subdirección de Gestión Comercial, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, dirigido a las entidades del orden nacional que pertenezcan al sector administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, al Ministerio de Defensa Nacional y a la Policía Nacional, o a las entidades públicas del orden departamental o municipal y en ningún caso se realiza a personas naturales.

 

Es importante tener en cuenta que, según lo dispuesto en el artículo 637 del Decreto 390 del 07 de marzo de 2016, la DIAN podrá disponer de las mercancías decomisadas o abandonadas a favor de la Nación, mediante la venta, donación, asignación y/o destrucción de las mismas según se determine la modalidad de disposición.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de resolución “Por la cual se reglamentan unos artículos del Decreto 2147 de 2016”, referente a zonas francas y el régimen aduanero.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 26 de septiembre de 2017; a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

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