WhatsApp » +57 3006519641

Noticias

Noticias (3129)

El Ministerio de Minas y Energía firmó la resolución 90341 del 27 de marzo de 2014 por la cual se establecen los requerimientos técnicos y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales.

 “Este ha sido el resultado de un trabajo coordinado entre las distintas instancias del Gobierno Nacional donde se partió de la base del conocimiento más avanzado para lograr un reglamento técnico que incentive a la industria, exija los mayores estándares de calidad, estimule las buenas prácticas  y proteja el medio ambiente”, afirmó el Ministro Amylkar Acosta Medina.

Esta resolución propende por que las actividades que desarrollen las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en este campo, garanticen el desarrollo sostenible de la actividad industrial. Además, tiene un componente importante que busca proteger el agua, resguardando los acuíferos aptos para consumo humano y garantizando el uso más adecuado de este recurso.

“El país está preparado para tener una actividad en yacimientos no convencionales de forma sostenible y responsable. Esto permitirá un progreso en la industria y un mayor aporte del sector al desarrollo económico y social del país”, reiteró el jefe de la cartera minero energética.

Sobre el proceso de gestión del conocimiento que realizó el Gobierno Nacional, para elaborar el reglamento técnico, el Viceministro de Energía Orlando Cabrales explicó que Colombia se convirtió en un referente mundial al surtir un proceso sin precedentes que se nutrió de experiencias internacionales, recomendaciones de expertos académicos, y que se consolidó con un trabajo conjunto entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Minas y Energía, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, el Servicio Geológico Colombiano y la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

“Con los yacimientos no convencionales Colombia podrá aumentar la seguridad energética y con ésta la producción de gas, petróleo y su respectiva cantidad de reservas, con lo cual se podrán apalancar las diferentes inversiones en los sectores que necesite el país”, afirmó Cabrales Segovia.

Con esta resolución se cierra el proceso de normatización para el desarrollo de los yacimientos no convencionales que se inició con la expedición del Decreto 3004 del 26 de diciembre de 2013, con la resolución del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y la reglamentación expedida por la ANH.

Acerca de los yacimientos no convencionales


¿Cuál es la diferencia entre los yacimientos convencionales y los no convencionales?
La diferencia entre un yacimiento de hidrocarburos (petróleo y gas) no convencionales y  los convencionales radica en que los no convencionales contienen hidrocarburos que se encuentran en unas condiciones geológicas que no permiten el movimiento del fluido, ya sea por estar atrapado en rocas poco permeables o por tratarse de petróleos de muy alta viscosidad. 

Con el fin de incrementar el flujo del hidrocarburo en los yacimientos no convencionales se realiza un procedimiento de estimulación, que fue desarrollado en los años 40 y es comúnmente utilizado en los yacimientos convencionales en el país.

¿Tiene Colombia experiencia con la estimulación hidráulica?

El estimulación hidráulica como tecnología de estimulación de yacimientos para la producción de hidrocarburos inició en Norteamérica en el año 1947 y en Colombia se viene utilizando desde hace varias décadas, habiendo sido implementada en cerca de 16 campos petroleros por diferentes compañías operadoras, distribuidos a lo largo y ancho del país en cuencas geológicas como: El Piedemonte Llanero, Llanos, Valle Superior del Magdalena, Putumayo, Valle Medio del Magdalena, Catatumbo, Guajira y Cordillera.

El número de pozos que han usado la tecnología de estimulación hidráulica en Colombia puede llegar a un número cercano a los 400 sumando una cifra mayor a las 800 fracturadas en los pozos intervenidos.

¿Existe riesgo de contaminación de aguas subterráneas?
Las aguas subterráneas  que puedan prestar un servicio ecosistémico de agua fresca, se encuentran entre el nivel freático (sub- superficial) y los acuíferos que pueden llegar a encontrarse entre los 300-500 m de profundidad. 

Durante la perforación de las capas más superficiales, al igual que en los yacimientos convencionales, un revestimiento de acero y cemento proporciona la principal barrera de aislamiento de los lodos de perforación y fluidos de estimulación para prevenir escapes hacia capas más superficiales del subsuelo o hacia los acuíferos.

Sea que se trate de un pozo exploratorio o para desarrollo de yacimientos convencionales o no convencionales, los operadores actualmente deben presentar al ministerio de Minas y Energía los estudios técnicos que soportan el diseño del pozo en cuestión.

En el diseño del pozo se especifican los diferentes revestimientos que serán instalados con el propósito de aislar el interior del mismo con posibles acuíferos existentes en el área donde se pretende hacer la perforación.  A diferencia de los desarrollos convencionales el diseño debe tener en cuenta la resistencia y el monitoreo a las altas presiones a las que se va a inyectar los fluidos de estimulación

La estimulación hidráulica típicamente ocurre a más de 1000 m por debajo del nivel freático, el cual está separado por capas de roca de la zona a ser fracturada, por lo tanto el riesgo de contaminación por esta actividad es mínimo.

¿Por qué el gobierno de los estados unidos le ha dado tanta importancia a los yacimientos no convencionales?

Luego de evaluar los beneficios de la exploración y explotación de los yacimientos no convencionales, el Presidente Barack Obama decidió respaldar estas operaciones debido a las altas oportunidades energéticas que representa. Por ejemplo, en el último discurso del Estado de la Unión, el Presidente de los Estados Unidos resaltó que uno de los factores principales para crear empleos es el compromiso con la energía e hizo énfasis en el las virtudes del gas natural al ser menos contaminante. Estados Unidos le ha apostado a un desarrollo energético como puente para lograr un crecimiento económico y una seguridad energética a través del impulso a los yacimientos no convencionales.

 

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dijo que Colombia continúa con excelentes resultados en materia de empleo, tras conocer que la tasa de desocupación en febrero de 2014 alcanzó un nivel de 10,7%, ubicándose por debajo del 11,8% observado el mismo mes del año anterior.

“La tasa de desempleo siguió batiendo récords históricos para un mes de febrero desde que existen cifras mensuales”, destacó el funcionario.

Esta dinámica del empleo resultó en la creación de 328 mil puestos de trabajo en todo el territorio nacional, cifra muy superior a la registrada en febrero de 2013, cuando se crearon 106 mil empleos.

“Las 13 principales ciudades del país también reportaron cifras muy favorables de creación de puestos de trabajo con 296 mil unidades en febrero de 2014”, dijo el Jefe de la cartera.

Y agregó: “la construcción sigue siendo un motor importante en la creación de empleo en el país. Durante febrero pasado los empleos en dicho sector se expandieron 11,5% frente al año anterior, lo que continúa mostrando el éxito de programas de impulso a la economía como el PIPE y la construcción de 100.000 viviendas gratuitas”.

Tras revisar las cifras reveladas por el Dane, el Ministro Cárdenas destacó que “el empleo en la industria también mostró un comportamiento favorable luego de varios meses de contracción, al aumentar 2,3% anual en febrero pasado, lo cual sugiere una consolidación en el crecimiento de la industria en el primer trimestre del año”.

Por otra parte, el número de subempleados se redujo en 534 mil en febrero. “Esta reducción en el subempleo, junto con el aumento sostenido en la creación de puestos de trabajo, muestra que las condiciones laborales para los colombianos continúan mejorando de manera importante”, sostuvo el titular de la cartera.

Por último, el funcionario agregó que “las mejoras en los indicadores de mercado laboral se observan en la mayoría de las ciudades colombianas. Barranquilla, Cartagena y Riohacha mostraron las tasas de desempleo más bajas, alcanzando niveles de 7,9%, 8,8% y 9%, respectivamente. Sin embargo, aún queda trabajo por hacer en ciudades como Quibdó, Cúcuta y Armenia, que continúan exhibiendo tasas de desempleo elevadas”.

DIAN aclara alcances sobre el CREE

Martes, 01 Abril 2014 07:12 Escrito por
Tras una consulta de un particular, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió un concepto con el fin de precisar el alcance de algunas disposiciones relativas al CREE.

Entre las claridades están el cómo entender el concepto de patrimonio, cómo se debe considerar la diferencia en cambio, cómo tener en cuenta los consorcios y uniones temporales, cómo considerar el establecimiento permanente de personas naturales.

Además, el documento hace referencia a cómo hacer el cálculo de la alícuota a partir del costo de adquisición de los activos y si son aplicables los límites para la deducción de gastos en el exterior.

Descargue concepto de la DIAN.
Entre enero de 2013 y el 28 de febrero de este año, la Superintendencia de Sociedades recibió las solicitudes de 212 empresas para acogerse a la Ley 1116 o de Reorganización.

Esta figura es la última carta que se juegan las firmas para evitar la quiebra, y aunque el total de compañías al borde del abismo no ha variado en los últimos años (en 2012 fueron 183 y en 2011, 224) sí devela cómo se está comportando el mercado.

“El proceso lo que busca es que se le dé una oportunidad a la compañía para que pueda refinanciar el pasivo con el visto bueno de los acreedores y se conserve la fuente de pago y, en consecuencia, el empleo”, explicó a LR el Superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Vélez.

La Ley 1116 se creó hace ocho años y entró en vigencia en 2007. Su objetivo es que las empresas preserven su viabilidad y estabilicen sus relaciones comerciales y de crédito, a través de un acuerdo que permita su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.

Entre externas e internas, las causas más comunes que conllevan a la intervención de la Supersociedades para administrar la insolvencia, son el elevado endeudamiento, la reducción en las ventas, los malos manejos administrativos, la alta competencia, la falta de personal idóneo, la tecnología obsoleta y, en menor medida, la elevada carga tributaria y laboral.

“El punto de partida es la viabilidad del negocio. Para ser aceptado a un proceso de reorganización, se tiene que argumentar que la empresa es viable, que tiene una situación coyuntural y no estructural, y puede salvarse”, sostuvo el abogado Alejandro Revollo, agente liquidador de empresas.

“La tasa de cambio o la revaluacion del dólar pudo tener un efecto”, aseguró el abogado Rodrigo Uribe Largacha, socio fundador de la firma Uribe Largacha Asesores.

Comercio y agro, las más afectadas

Desde 2007, los sectores con más compañías en ley de reorganización son el comercio, con 208; manufacturero, 158; servicios, 122, y agropecuario 82. A partir de enero del año anterior hasta el 28 de febrero, esa tendencia se mantuvo con variaciones mínimas: comercio, 28; servicios, 26; manufacturero, 14; y agropecuario, ocho.

Banacol fue una de las últimas productoras agrícolas cuyo requerimiento para acogerse a la Ley 1116, fue aceptado. Su proceso comenzó la semana pasada y no está incluido en la estadística suministrada por la Supersociedades a LR, que aún no incluye cifras de marzo.

Su caso coincide con los motivos que menciona Julián Domínguez, presidente de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio (Confecámaras), para entender el porqué el agro es uno de los mercados con mayor necesidad de la normativa 1116.

“Ha habido problemas de clima, problemas de disminución de precios de alimentos en el mundo por crisis en Europa y Estados Unidos, y un incremento en el precio de los insumos. Todo eso reduce los márgenes de ganancia y maniobra”, enunció el dirigente gremial.

Pequeñas y medianas acuden más
En poco más de un lustro, las empresas medianas y las pequeñas son las que más han acudido a la Superintendencia de Sociedades, para acogerse a un proceso de insolvencia. Las medianas suman 286; las pequeñas, 312 y las grandes, fueron 127.

En total, las 857 con intención de reorganizarse en los últimos siete años acumulan activos por más de $20.000 millones y pasivos por unos $13.000 millones.

En últimas, la crisis hacen parte del mercado y son por eso oportunidades para que las compañías sea más eficientes y competitivas. “No hay que tenerle ningún tipo de temor ni miedo a un proceso de insolvencia. El fracaso es normal”, puntualiza Vélez.
 
Causas internas y externas inciden por igual
Con base en la información de 121 empresas que solicitaron la reorganización, la Supersociedades estableció relaciones entre las causas externas e internas: las altas tasas de interés inciden en el alto endeudamiento, la disminución de la demanda genera una reducción en la oferta de los bienes y servicios, la dificultad de acceso al crédito incide en la falta de capital de trabajo y la disminución en las ventas conlleva una pérdida de mercado.
En días pasados, el GLENIF (Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas) remitió al IASB una comunicación sobre su posición respecto al Proyecto de Norma PN/2013/11, “Mejoras Anuales a las NIIF Ciclo 2012–2014”.

Dicho comunicado recoge los diferentes puntos de vista de los integrantes del Grupo de Técnico de Trabajo (GTT 27) conformado, para el efecto, sobre la base de las respuestas de consenso y el criterio técnico de sus miembros. Este documento, en cumplimiento del debido proceso de GLENIF, fue discutido y aprobado por el directorio.

Es de recordar que Daniel Sarmiento es el representante del CTCP en el GLENIF y su directorio.

Descargue documento.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales , DIAN, puso a disposición de los contribuyentes en su portal web, el formulario 110 para  personas jurídicas, asimiladas y naturales obligadas a llevar contabilidad. 

Así mismo, ya está disponible el formato 1732 exigido por la DIAN a algunos  declarantes de renta con la presentación de la información de relevancia tributaria  correspondiente a año gravable 2013.
Deberán presentar este formato:
  • Quienes a 31 de enero de 2014, estuvieren calificados como grandes contribuyentes.
  • Quienes a 31 de enero de 2014, tuvieren la calidad de agencias de aduanas .
  • Los importadores que durante el año 2013 hayan presentado una o más declaraciones de importación y que en la declaración de renta del año gravable         2012, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a        $1.250.000.000.
  • Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2012 que      hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a     $1.250.000.000.
LA DIAN recordó a los contribuyentes que el período de vencimientos para presentar, declarar y pagar este impuesto será entre el 08 y 24 de abril de 2014 (los  mismo para el impuesto sobre la renta para equidad – CREE). Los contribuyentes deberán tener en cuenta el número de su NIT para declarar y pagar a tiempo.
Desde la puesta en marcha del Registro de Garantías Mobiliarias, el pasado cuatro de marzo, decenas de empresas y personas naturales colombianas han adquirido créditos por más de $86 mil millones.
 
Estos créditos, según los registros públicos que pueden ser consultados en la página de Confecámaras, han sido garantizados con máquinas de coser, taladros, automotores, aportes voluntarios a pensiones y cesantías, entre otros.
 
Las anteriores cifras muestran que con la entrada en operación del Registro de Garantías Mobiliarias Colombia ingresó a una nueva era en el acceso al crédito para grandes, medianos y pequeños empresarios y para el público en general.
 
Teniendo en cuenta que el nuevo servicio empresarial permite emplear como garantía bienes que anteriormente no eran aceptados en el sistema crédito nacional, aumentando las posibilidades de financiamiento, se espera un incremento continuo en la solicitud de créditos que utilicen como garantía maquinaria y productos agrícolas, inventarios y derechos inmateriales como flujos de contratos.
 
“Esta es una buena noticia que el Gobierno Nacional le entrega al país. Con las Garantías Mobiliarias se busca dar mejores opciones de financiamiento que respalden los proyectos de crecimiento, expansión, innovación y desarrollo de las Mipymes, las cuales componen el 90% del tejido empresarial nacional”, afirmó el superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Vélez Cabrera.
 
Este nuevo sistema es posible gracias al liderazgo del Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y la Superintendencia de Sociedades, que impulsaron la aprobación de la Ley 1676 de 2013, que dio vida al Registro de Garantías Mobiliarias, y al apoyo desde el sector privado de Confecámaras y Asobancaria, con la asesoría de la IFC – Corporación Financiera Internacional–, miembro del Grupo Banco Mundial.
 
“Colombia ha avanzado significativamente en temas de inclusión financiera, llegando a cumplir antes de tiempo el objetivo de bancarización propuesto en el Plan Nacional de Desarrollo. Con todo, en el caso de las empresas, en especial las Pymes, las cifras evidencian obstáculos que limitan su financiación. Es por esto que hemos apoyado esta ley que permite un mayor acceso al crédito de las empresas para que así puedan liderar su transformación para competir”, agregó Julián Domínguez, presidente de Confecámaras, entidad responsable de la operación de este nuevo servicio.
 
Domínguez agregó que, este servicio permite que el país continúe avanzando en la medición internacional de facilidades para hacer negocios o Doing Business, ya que es un sistema universal que propende por el acceso al crédito, la simplificación de trámites y el fortalecimiento empresarial.
 
Se espera que con el servicio de Garantías Mobiliarias mejoren las condiciones de acceso al crédito. “La reglamentación en los países en donde se ha aplicado ha permitido reducir los costos de transacción y operación y dar mayor seguridad a las instituciones financieras reduciendo los riesgos, lo cual se ha reflejado en una mayor flexibilidad en los créditos, mayor capital disponible, menores intereses y mayores plazos, lo cual se espera ocurra también en Colombia”, puntualizó el Superintendente de Sociedades.
 
¿Cómo funciona?

Las personas interesadas deberán acercarse a las oficinas de las instituciones financieras para obtener toda la información y conocer cuáles son aquellos bienes y derechos susceptibles de ser entregados en garantía y cuáles no.

El acreedor deberá ingresar a la plataforma y solicitar una cuenta de usuario, diligenciar los formularios y pagar los derechos. A continuación, el registro será creado y archivado automáticamente. Una vez se inscriba la garantía se podrá consultar y solicitar certificados en cualquier momento y desde cualquier lugar a través de internet. Cualquier modificación o cambio la podrá hacer sólo el acreedor.

El servicio se encuentra plenamente en operación y se puede acceder desde cualquier dispositivo conectado a internet, vía la página web,
www.garantiasmobiliarias.com.co

Se inscribe, se modifica y se cancela instantáneamente por medio de internet. La robusta plataforma tecnológica en la que opera, hacen de este un trámite ágil, seguro y flexible.

Al inscribir la garantía queda registrado el día y la hora exacta del acto, esto conforme al principio de prelación, y así evitar inconvenientes si la persona inscribiera el mismo bien mueble como respaldo de otro prestamo. 
Así lo hizo saber el Director General de  la DIAN, Juan Ricardo Ortega López, durante su intervención en el panel El  revolcón de las NIIF, donde se analizó la implementación en Colombia de las  Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF, y con el cual se dio  claridad a todas las empresas sobre el tema.

El Director de la DIAN dijo que las NIIF están hechas para negocios  financieros y de acuerdo a lo contemplado en la Reforma Tributaria, es necesario  que su implementación tenga un periodo de transición, para medir los impactos y  las transformaciones contables, así como los soportes de prueba y para tener  responsables ante la administración tributaria.

Mencionó también que un grupo de profesionales de la entidad trabaja para  que antes de finalizar el presente año, se de claridad a los contadores y  contribuyentes de cómo llevar el soporte contable como prueba para todo el  proceso de auditoría y control de la administración tributaria y cómo va a darse la  transición. Finalmente Ortega dijo que la implementación de las NIIF, va a requerir  de reformas y revisión de temas legales.

Al panel, desarrollado en el auditorio de Microsoft, también asistieron Luis  Guillermo Vélez, Superintendente de Sociedades; Oscar Rivas de Alfa GL; Alfonso  Hincapié, gerente de Microsoft Dinamics e Iñaki Bastarrica de Iniker Software. 
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a los contribuyentes del sector agropecuario que hasta el próximo 28 de abril podrán acogerse al beneficio determinado en la Ley 1607 de 2012 (Reforma Tributaria) que permite la reducción, hasta del 80%, en los intereses en las deudas en mora de 2010 y años anteriores.

Para Cecilia Rico Torres, Directora de Gestión de Ingresos de la DIAN, esta es una gran oportunidad para que los deudores de este sector se “pongan al día con la DIAN” y obtengan el beneficio previsto en la Ley.

Jornada especial de atención
El próximo 23 de abril, la DIAN tiene previsto realizar una Feria en todas sus seccionales del país, en la cual brindará orientación a los contribuyentes de este sector sobre la totalidad de sus obligaciones, así como la correcta liquidación de los intereses de mora y el monto que deben pagar si se acogen a este beneficio. Adicionalmente, los contribuyentes de este importante sector económico del país, tendrán la oportunidad de recibir una atención integral, que incluye servicios como la actualización del Registro Único Tributario y la corrección de inconsistencias.

Así mismo, en esta Feria se atenderán a los contribuyentes de este sector que tengan deudas tributarias, aduaneras y cambiarias, correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013; las cuales, si bien no se encuentran incluidas en el citado beneficio, pueden ser objeto del otorgamiento de facilidades para el pago por parte de la Entidad o de otras alternativas de financiación.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto Número 673 del 2 de abril de 2014 por medio del cual busca reducir las primas que pagan alrededor de 800 mil deudores hipotecarios por concepto de seguros asociados a sus créditos con el sistema financiero.

Al respecto el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas, aseguró: “El Gobierno Nacional quiere beneficiar a los miles de colombianos que cuentan con un seguro sobre sus créditos hipotecarios y, para ello, definió las reglas de juego para que todas las aseguradoras que cumplan con esos niveles mínimos de calificación crediticia puedan participar y que, por ende, se obtengan unos menores costos de seguros para los deudores”.

Uno de los objetivos de la norma es regular la contratación de seguros que los establecimientos de crédito adquieren por cuenta de sus deudores, tales como los seguros obligatorios de incendio y terremoto que amparan el bien hipotecado y aquellos pactados contractualmente, como es el caso de los seguros de vida y desempleo del deudor.

El Decreto expedido promoverá la competencia en la contratación de esos seguros mediante el establecimiento de un procedimiento de licitación que facilitará la participación de las compañías aseguradoras interesadas. Dentro de la nueva normatividad se establece la obligación de poner a disposición de las aseguradoras interesadas toda la información relevante, y que el precio sea uno de los criterios más importantes de selección entre las compañías que cumplan con un requisito de calificación crediticia mínimo.

Según el Ministerio de Hacienda, el decreto determina que todas las aseguradoras que estén autorizadas para ofrecer los ramos de seguros a licitar, podrán participar en la licitación en la medida en que cumplan con los requisitos de admisibilidad sobre los criterios técnicos relacionados directamente con la prestación del servicio.

En todo caso, no podrán establecerse condiciones o requisitos que favorezcan a una entidad en particular. Por otra parte, se prohíbe el cobro por parte del establecimiento de crédito de ningún sobrecargo asociado a la venta del seguro. En esa medida, los ahorros derivados de la contratación colectiva de estos seguros serán transferidos en su totalidad a los deudores asegurados.

El Ministro Cárdenas resaltó además: “el decreto busca que los deudores del sistema financiero sean los principales beneficiarios del proceso de contratación, en la medida en que pagarían primas más bajas en la contratación de los seguros y podrían comparar más fácilmente entre los créditos ofrecidos por distintas entidades”.

De acuerdo con cálculos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se estima que la reducción en el costo de los seguros asociados a crédito hipotecario sea de alrededor de una tercera parte. Por ejemplo, para un inmueble de $200 millones, financiado con un crédito de $140 millones a un plazo de 15 años, la aplicación del mecanismo contenido en el decreto implica una reducción estimada para el deudor de $648.000 en un año en el costo de estos seguros.

Descargar decreto
 
Página 203 de 224