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Tras la puesta en discusión pública, la recepción y análisis de los comentarios recibidos a la Propuesta de Norma de Información Financiera para Entidades que no Cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha, y luego de surtir el debido proceso señalado en la Ley 1314 de 2009, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, aprobó remitir a las autoridades de regulación la propuesta de norma definitiva.

 

El Consejo recomendó, mediante el referido documento, la expedición de un Decreto Reglamentario que ponga en vigencia la propuesta de Norma de Información Financiera para Entidades que no Cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha. Adicionalmente, recomendó que la fecha de aplicación de esta norma sea a partir del 1° de enero de 2018, permitiendo su aplicación anticipada.

 

Para acceder a la referida propuesta, sus fundamentos de conclusiones y otros documentos, haga clic aquí.

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El IASB, organismo encargado de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera (NIIF), está llevando a cabo el proceso de discusión pública sobre sobre el proyecto de norma: Transferencias de Propiedades de Inversión (Modificación propuesta a la NIC 40). Por su parte, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 49 (GTT 49) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.

 

De acuerdo con lo anterior, el CTCP pone a disposición del público el documento en español acerca de la modificación propuesta a la NIC 40, el cual contiene dos (2) preguntas, acompañado además de una presentación para su mejor comprensión y entendimiento. Sobre dichas inquietudes, las cuales fueron planteadas por el IASB, el CTCP recibirá comentarios a la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; antes del 12 de febrero de 2016.

 

El CTCP, consolidará los comentarios recibidos y preparará y presentará la postura colombiana en las reuniones del grupo de trabajo del GLENIF. También evaluará si es viable remitir directamente al IASB las conclusiones y comentarios recibidos en el proceso de consulta pública.

 

Los documentos relacionados con el aludido proyecto de interpretación pueden ser consultados haciendo clic aquí. 

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El IASB, Organismo encargado de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera (NIIF), está llevando a cabo el proceso de discusión pública sobre el proyecto de norma: Documento de Práctica de las NIIF -Aplicación de la Materialidad o Importancia Relativa a los Estados Financieros-, para lo cual el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 48 (GTT 48) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.

 

De acuerdo con lo anterior, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, puso a disposición del público el referido documento de práctica de las NIIF el cual contiene cinco (5) preguntas, acompañado además de una presentación para su mejor comprensión y entendimiento. Puede enviar sus comentarios a las direcciones electrónicas: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 31 de diciembre de 2015, con el fin de consolidarlos y remitirlos al Glenif.

 

Los documentos relacionados con el aludido proyecto de norma pueden ser consultados haciendo click aquí. 

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El Consejo Técnico de la contaduría Pública, CTCP, en cumplimiento del debido proceso señalado en la Ley 1314 de 2009, puso a consideración de la ciudadanía el “Documento para discusión pública: la “Enmienda a la NIIF para las PYMES”, el cual se acompaña de la traducción al español de dicha enmienda titulada “Modificaciones de 2015 a la Norma Internacional de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES)”, realizada por IASB.

 

El CTCP invita a las partes interesadas a que envíen sus comentarios sobre los puntos contenidos en este documento, en particular respecto a las tres (3) preguntas formuladas a los correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. en formato Word o PDF re-escribible, hasta el 30 de septiembre de 2015.

 

El documento para discusión pública y la enmienda pueden ser consultados haciendo clic aquí.

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Tras la puesta en discusión pública, la recepción y análisis de los comentarios recibidos de las enmiendas efectuadas por el IASB a las Normas Internacionales de Información Financiera durante el período comprendido entre el 01/07/2014 y el 31/12/2014, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, concluyó que no existen aspectos de fondo que pudieran implicar la inconveniencia en su aplicación en Colombia.

 

De acuerdo con lo anterior, el consejo recomienda la expedición de un Decreto Reglamentario que ponga en vigencia las enmiendas a las NIC 27 y 28, la NIIF 10, así como a las del Ciclo 2012-2014 emitidas por el IASB, las cuales actualizaran los marcos técnicos normativos vigentes.

 

 

La propuesta puede ser consultada haciendo clic aquí. 

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El IASB, organismo encargado de la emisión de Normas Internaciones de Información Financiera (NIIF), está llevando a cabo el proceso de discusión pública del proyecto de norma del Marco Conceptual para la Información Financiera. Por su parte, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el CTCP, ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 40 (GTT 40) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.

 

De acuerdo con lo anterior, el CTCP pone a disposición del público el mencionado proyecto de norma, el cual contiene 18 preguntas, y el documento de actualización de sus referencias con 3 preguntas adicionales. Sobre dichas inquietudes, las cuales fueron planteadas por el IASB, atentamente pedimos el envío de comentarios a las direcciones electrónicas: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 10 de agosto de 2015, con el fin de consolidarlos y remitirlos al Glenif.

 

Es de mencionar que los referidos documentos se acompañan además de los Fundamentos de las Conclusiones que resumen las consideraciones del IASB para alcanzar las conclusiones descritas en el proyecto de norma.

 

Se advierte que una vez el IASB emita la modificación correspondiente, el CTCP la pondrá en discusión pública para que surta el debido proceso previsto en la Ley 1314 del 2009.

 

Los documentos relacionados con el aludido proyecto de norma pueden ser consultados haciendo clic aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió el Concepto 0268, mediante el cual dio respuesta a la siguiente consulta: “Con las NIIF, la normatividad colombiana establece que las péridas fiscales se pueden compensar con resultados futuros (Art. 147 E.T.), de acuerdo a la NIC 12, estas podrían tratar como impuesto diferido?”

 

En su respuesta, el CTCP resaltó que “Las diferencias temporarias son las que existen entre el importe en lobros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal”.

 

Para conocer el Concepto CTCP 0268 completo, haga clic aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, en calidad de organismo integrante del GLENIF, presentó el resumen de comentarios y conclusiones en Colombia sobre la propuesta del IASB de modificar la NIC 1 para aclarar que la clasificación de los pasivos como corrientes o no corrientes debe basarse en los derechos de la entidad al final del periodo de presentación.

 

Este resumen se remitirá al Glenif -Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera- para que lo consolide, discuta y envíe posteriormente la respectiva carta comentario al IASB con la opinión del grupo.

 

La posición del consejo, después de preguntar a los distintos grupos de interés y analizar los comentarios, es la modificar los párrafos 69d y 73 de la NIC 1 en los términos de la propuesta del IASB, Así mismo, indicó la necesidad de encontrar una definición para la palabra derecho que ayude a comprender los distintos contextos legales en que la norma será aplicada.

 

Para consultar el documento puede hacer click aquí.

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