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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a los importadores de mercancías a través del régimen de Tráfico Postal, que todas las operaciones de importación deben ser canalizadas a través de los Intermediarios del Mercado Cambiario o las cuentas de compensación, siendo el responsable de la obligación cambiaria el importador de la mercancía de conformidad con la normatividad establecida por la Junta Directiva del Banco de la República. 

 

Por eso la DIAN publicó un documento con el ABC de lo que deben conocer quienes estàn bajo el régimen de Tráfico Postal. Para conocer el documento de la DIAN completo, haga clic aquí.

Hasta el 29 de agosto recibirá comentarios el Ministerio de Hacienda sobre el Proyecto de Decreto, “Por medio del cual se adiciona el artículo 1.2.4.9.1. del Decreto No. 1625 de 2016 - Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a la retención en la fuente de las de la adquisición de acciones o tìtulos valores.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquì.

Hasta el 25 de agosto está disponible para comentarios en la página web del Ministerio de Hacienda, el Proyecto de Decreto para comentarios “Por medio del cual se reglamentan los artículos 18-1 y 245 del Estatuto Tributario”, sobre la tarifa aplicable a los dividendos girados al inversionista de capital del exterior de portafolio.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades y la Superintendencia Financiera comenzaron una cooperación que permitirá fortalecer las capacidades de la Superintendencia de Sociedades en materia de prevención del riesgo del lavado de activos y financiación del terrorismo.

 

La Superintendencia Financiera capacitará a funcionarios de la Superintendencia de Sociedades encargados de realizar visitas de rutina a las sociedades vigiladas y a aquellas que deben poner en marcha sistemas de gestión del riesgo de lavado.

 

El ciclo de encuentros fue inaugurado por el superintendente delegado (e) para Asuntos Económicos y Contables de la Superintendencia de Sociedades, Andrés Parias, y por el superintendente delegado para Prevención del Riesgo de Lavado de Activos de la Superintendencia Financiera, César Octavio Reyes Acevedo.

El Decreto 1744 del 2 de noviembre del 2016, a través del cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo estableció un arancel máximo del 35% para las importaciones de calzado cuando el precio declarado sea inferior o igual al umbral definido entre 6 y 10 dólares por par de zapatos (dependiendo de la clase de calzado), no ha tenido ningún cambio.

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo explicó que las reglas definidas en el mencionado Decreto, no han aplicado y no aplican, para los países o bloque de países con los cuales Colombia tiene Acuerdo Comercial vigente.

 

Igualmente, que para los zapatos que ingresen al país con precios por encima de ese umbral, el arancel que se aplica es del 15% de conformidad con el decreto 2153 de 2016.

 

Consulte el Decreto 1744 haciendo clic aquí.

DIAN inaugura nuevos puntos NAF

Jueves, 03 Agosto 2017 08:52 Escrito por

La Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, abrió dos nuevos Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal – NAF-; iniciativa que tiene como objetivo la orientación y asistencia para el uso de los servicios en línea dispuestos por la DIAN, además de brindar asesoría fiscal a emprendedores, pequeños comerciantes y empresas del sector solidario, entre otros, que no cuentan con la posibilidad de contratar asesoría tributaria.

 

El primero es en Pereira, abierto en asocio con la Universidad Libre de esa ciudad. 20 estudiantes de las facultades de Administración de Empresas, Economía, Derecho y Contaduría de la Universidad Libre de Pereira, y sus docentes, recibieron capacitación por parte de la DIAN en el ámbito normativo y técnico, preparándose para atender las necesidades de la ciudadanía.

 

La ciudadanía podrá acceder a estos servicios en la sede del Consultorio Jurídico de la Universidad Libre, ubicado en la Calle 19 N° 6-66 o en la sede Centro Calle 40 N° 7-30 de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2: 00p.m a 6:00p.m.


El segundo es con la Universidad Cooperativa de Colombia en Arauca, en la cual 15 estudiantes de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables, atenderán en el consultorio empresarial, contable y solidario ubicado en la carrera 18 No. 17 – 21 para ayudar a los ciudadanos contribuyentes.

 

En los puntos NAF pueden resolver dudas como:

  • Orientación sobre el uso de los servicios en línea del Portal DIAN
  • Acompañamiento y orientación en trámites de inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario – RUT-
  • Orientación en actividades económicas y responsabilidades
  • Acompañamiento y orientación en el diligenciamiento de declaraciones de renta de personas naturales
  • Orientación tributaria para sucesiones ilíquidas
  • Orientación básica sobre el trámite de devoluciones y compensaciones
  • Orientación básica sobre el trámite de facturación
  • Información general básica sobre trámites y servicios Tributarios.
  • Orientación en responsabilidades sobre IVA e impuesto al consumo

El Ministerio de Hacienda, publicó para comentarios el proyecto de decreto por medio del cual se reglamenta el artículo135 de la Ley 1753 de 2015, que reglamenta el mecanismo de retención, liquidación y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y establecer los términos para la actualización de la planilla integrada de liquidación de aportes PILA.

 

La entidad recibirá comentarios hasta el 14 de agosto de 2017 a través de la página web del Ministerio.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades, mediante resolución de julio de 2017, fijó la tasa de contribución anual para las empresas vigiladas en 15.37 centavos por cada mil pesos en activos.

 

Esto quiere decir que la Superintendencia de Sociedades mantuvo sin cambios el cobro a los empresarios, en línea con el actual mandato de austeridad y transparencia.

 

Por su parte, las empresas que se han acogido a procesos de insolvencia como reorganización, reestructuración, concordato y liquidación judicial pagarán la tarifa mínima permitida por la ley. Es decir, un salario mínimo legal vigente ($737.717).

 

A partir de la llegada de la cuenta de cobro las sociedades tienen 20 días calendario para hacer el pago correspondiente.

 

Para conocer la Resolución completa, haga clic aquí.

El Grupo de Gestión de Cobro Persuasivo Coactivo de la Superintendencia de Sociedades invita a todas las personas y sociedades que tengan títulos de depósitos judiciales sin reclamar a su favor a acercarse a la entidad para que puedan hacerlos efectivos.

 

¿Qué debe hacer?
Si usted o su empresa aparecen en el siguiente listado comuníquese con la entidad a las líneas de atención al ciudadano: en Bogotá al 2201000 y en el resto del país al 01-8000-114319.

 

También puede dirigirse a la Avenida el Dorado Número 51-80, oficina 2012 donde podrá verificar el valor del título y reclamarlo.

 

La entidad habilitó además el correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con el fin de resolver las inquietudes de los interesados.

 

Una vez tenga en sus manos el título podrá hacerlo efectivo ante el Banco Agrario de Colombia.

 

Recuerde que por ley los títulos judiciales no tienen una fecha límite para ser reclamados, ni pueden ser transferidos a personas distintas al titular.

 

Para ver el listado completo, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios, hasta el 14 de agosto, el Proyecto de Decreto “Por el cual se regulan las Conciliaciones Contencioso Administrativas Tributarias, y las Terminaciones por mutuo acuerdo en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de acuerdo a lo establecido en los artículos 305 y 306 de la Ley 1819 de 2016”.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

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