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Decreto 2623, fija plazos para declarar y pagar en impuestos en 2015

Lunes, 22 Diciembre 2014 08:18 Escrito por 
Mediante el Decreto 2623 del 17 de diciembre de 2014, el Gobierno Nacional fijó los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente durante 2015.

Para la presentación de las declaraciones litográficas del impuesto sobre la renta y complementarios, impuesto sobre la renta para la equidad CREE, de ingresos y patrimonio, del impuesto sobre las ventas, impuesto nacional al consumo, impuesto nacional a la gasolina y ACPM, retenciones en la fuente y autorretenciones, el decreto establece que se se harán por ventanilla en los bancos y demás entidades autorizadas para recaudar ubicados en el territorio nacional, salvo aquellos contribuyentes y responsables obligados a declarar virtualmente quienes deberán presentarla a través de los servicios informáticos electrónicos.

Sobre la corrección de las declaraciones señala que la inconsistencia a que se refiere el literal d) del artículo 580 del Estatuto Tributario podrá corregirse mediante el procedimiento previsto en el artículo 588 del citado Estatuto, siempre y cuando no se haya notificado sanción por no declarar, liquidando una sanción equivalente al dos por ciento (2%) de la sanción por extemporaneidad prevista en el artículo 641 ibídem, sin que exceda de mil trescientas (1.300) UVT ($36.763.000 año 2015).

El Decreto también aborda temas como el pago de las declaraciones y demás obligaciones en bancos y entidades autorizadas para recaudar; cumplimiento de obligaciones por las sociedades fiduciarias; y formularios y contenido de las declaraciones.

Para conoce el Decreto 2623 del 17 de diciembre de 2014, haga clic aquí.
 
Modificado por última vez en Sábado, 06 Junio 2015 13:45
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