La Superintendencia de Industria y Comercio recordó a todos los comerciantes del país (personas naturales o jurídicas), a renovar su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio antes del 31 de marzo de 2018.
De conformidad con el artículo 33 del Código de Comercio, es obligación de todo comerciante (persona natural o jurídica), renovar su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio, dentro de los tres (3) primeros meses de cada año.
“Renovar la Matrícula Mercantil genera seguridad para hacer negocios. Hace que los clientes sepan que los comerciantes con los que tratan juegan de manera legal y son cumplidores de sus deberes. La invitación desde la Superintendencia de Industria y Comercio es que hagan ese registro pronto y no lo dejen para última hora, porque este año la fecha coincide con Semana Santa”, indicó el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo.
Es importante recordar que los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar la Matricula Mercantil antes de la fecha establecida (antes del 31 de marzo de 2018) podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas que ascienden a los TRECE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO CATORECE PESOS M/C ($13.281.114.oo), que equivalen a DIECISIETE SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (17 SMLMV).
¿Cómo renovar la Matrícula Mercantil?
Para cumplir con el proceso de renovación de la Matrícula Mercantil, el comerciante sólo debe dirigirse a cualquiera de las más de 220 oficinas de las 57 Cámaras de Comercio que funcionan en todo el territorio colombiano o a través de su respectiva página web, diligenciar los formularios y cancelar los respectivos derechos de matrícula que se liquidarán según los activos reportados.
En cuanto las tarifas, se pueden encontrar en la página Web de cada Cámara de Comercio y están asociadas al valor de los activos que están incorporados a cada empresa.
Todas las Cámaras de Comercio otorgan beneficios para quienes realicen el registro de manera anticipada a la fecha límite.