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Circular 46, Superfinanciera modifica formatos NIIF

Viernes, 18 Noviembre 2016 13:52 Escrito por 

La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 046 del 10 de noviembre de 2016, por medio de la cual modifica los Formatos 443–NIIF (Proforma F.1000-119), 460–NIIF (Proforma F.1000-127), 281–NIIF (Proforma F.1000-44), 441 – NIIF (Proforma F.1000-117) y sus correspondientes instructivos.

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 46:

 

Apreciados señores:

En virtud de la expedición de las Resoluciones 9 y 10 de 2016 de la Junta Directiva del Banco de la República las cuales modificaron las Resoluciones 5 de 2008 y 3 de 2000 del Banco de la República, normas que regulan el cálculo del encaje requerido de los establecimientos de crédito y el de las inversiones forzosas en TDA y con la expedición de la Circular Externa 026 de 2016 de esta Superintendencia, se considera necesario realizar ajustes a los Formatos 443–NIIF (Proforma F.1000-119), 460–NIIF (Proforma F.1000-127) 281–NIIF (Proforma F.1000-44) y 441–NIIF (Proforma F.1000-117).

 

Así las cosas, esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades, en especial de las establecidas en el literal a) numeral 3 del artículo 326 y en el numeral 5 del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las señaladas en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario impartir las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA. Modificar las proformas e instructivos de los formatos que se relacionan a continuación:

1.1 Proforma del Formato 281–NIIF (F.1000-44) “Informe Semanal Principales Cuentas Activas y Pasivas - Saldos Al Cierre”.

1.2 Proforma e instructivo del Formato 441–NIIF (F.1000-117) “Informe Diario de Tasas de Interés de Captación y Operaciones del Mercado Monetario”.

1.3 Proforma e instructivo del Formato 443–NIIF (F.1000-119) “Declaración del Encaje en Moneda Legal”.

1.4 Proforma e instructivo del Formato 460–NIIF (F.1000-127) “Exigibilidades FINAGRO”.

 

SEGUNDA: Para asegurar la correcta transmisión de la información de los formatos a que se refiere la presente Circular, las entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias entre el 28 de noviembre y el 2 de diciembre de 2016, de acuerdo con las siguientes fechas de corte:

 

Formato

Información con corte a

281

28 de octubre de 2016

441

28 de octubre de 2016

443

Bisemana encaje requerido del 21 de septiembre y 4 de octubre de 2016

460

30 de septiembre de 2016

 

TERCERA: Las entidades deben realizar la primera transmisión oficial de los formatos relacionados en la instrucción primera de esta circular, de acuerdo con el siguiente cronograma y dentro del plazo establecido en el correspondiente instructivo:

 

Periodicidad del Formato

Formatos

Fecha de corte

Semanal

281

Al 6 de enero de 2017

Diario

441

Al 6 de enero de 2017

Bisemanal

443

De encaje requerido comprendido entre el 14 y 27 de diciembre

Trimestral

460

Marzo de 2017

 


CUARTA: Modificar el Capítulo XIII-6 de la Circular Básica Contable y Financiera.

 

La presente Circular rige a partir de su fecha de expedición.

 

Se adjuntan las páginas objeto de modificación y los formatos respectivos.

 

Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia

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